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Reforma Fiscal 2014 En México ISR Personas Físicas


Enviado por   •  12 de Marzo de 2014  •  1.978 Palabras (8 Páginas)  •  552 Visitas

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REFORMA FISCAL 2014

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE PERSONAS FÍSICAS

DISCREPANCIA FISCAL

Las erogaciones se presumen ingresos cuando:

– Las PF no estén inscritas en el RFC (el SAT procederá a inscribirlas).

– Estando inscritas, no presenten declaraciones estando obligados.

– Si aún presentándolas, declaran ingresos menores a las erogaciones.

– Cuando se compruebe la discrepancia esta se entenderá que es un ingreso gravado y se calculara el impuesto con la tarifa de las personas físicas emitiéndose la liquidación respectiva al contribuyente.

• Se tienen 20 días para aclarar el origen de los ingresos.

• Las autoridades fiscales podrán requerir por única ocasión información que se deberá presentar en un plazo de 15 días.

EXENCIONES

Se reduce exención por enajenación de casa habitación

• Limitada a 700 mil UDIS (aproximadamente 3.5 millones de pesos)

• Se elimina la exención que había a dicho limite si se habitaba la casa por un periodo de 5 años.

• Se mantienen los requisitos de formalizar ante fedatario publico la operación y de no haber estado exento por la enajenación de otra casa habitación en los 5 ejercicio anteriores a la enajenación de que de trate

Enajenación de parcelas y ejidos.

• Se adicionan requisitos para la exención, incluyendo que el vendedor deberá acreditar que es la primera transmisión que realiza y proporcione la documentación que lo acredite como ejidatario original o titular de los derechos comuneros, en caso contrario el fedatario público que formalice la operación, calculará y enterará el impuesto correspondiente.

Viáticos

• Es necesario comprobar los viáticos con comprobantes fiscales

Actividades Agropecuarias

• Se elimina la exención de 40 VSMG elevado al año en el artículo 93 pero se conserva en el artículo 74 de la LISR.

En materia de Derechos de Autor

• Se elimina la obligación de que los comprobantes fiscales contengan la leyenda “Ingreso percibido en términos de la fracción XVIII del artículo 109 de la Ley del Impuesto sobre la Renta”

Se elimina la exención en ganancias por enajenación de acciones realizada por personas físicas a través de la bolsa de valores, debido a que las ganancias por este concepto son equivalentes a otras formas de ingreso que se encuentran gravados.

Exención de pensión universal

• La pensión universal será un ingreso exento, siempre que el monto diario no exceda de 15 vsmgzg.

INCREMENTO DE TASAS A PERSONAS FÍSICAS

Incremento de ISR para Ingresos Mensuales de las Personas Físicas:

A PARTIR DE TASA MARGINAL

41,666.68 31%

62,500.01 32%

83,333.34 34%

250,000.01 35%

Incremento en las Tasas Anuales:

DE TASA MARGINAL

500,000 31%

750,000 32%

1,000,000 34%

3,000,000 35%

SERVICIOS PROFESIONALES (HONORARIOS)

Se deben sujetar al procedimiento general para la deducción de inversiones, es decir aplicando el porcentaje de deducción anual correspondiente, según el tipo de bien.

OBLIGACIONES A QUIEN PAGEN SALARIOS

Se establece la obligación a cargo del patrón de expedir y entregar comprobantes fiscales a las personas que reciban pagos por sueldos y salarios, los cuales podrán utilizarse como constancia o recibo de pago para efectos de la LFT.

RÉGIMEN DE INCORPORACIÓN FISCAL

• Régimen de pago gradual por 10 años:

– Primer año de reducción del ISR al 100%.

– 9 años subsecuentes, reducciones escalonadas del 10%

– Onceavo año incorporación al régimen de actividades empresariales y servicios profesionales.

• Imposibilidad de volver a tributar bajo este régimen, incluso mediante cesión del negocio.

• Eliminación del régimen intermedio y de REPECOS.

• Objetivo del régimen: preparar a las personas físicas para que se integren al régimen general.

• Aplicable a personas físicas que realicen actividades empresariales o presten servicios por los que no requiera para su realización titulo profesional, con ingresos anuales de hasta $2,000,000.00.

• Pagos definitivos bimestrales para ISR, sobre base de efectivo, en caso de perdida en un bimestre se podrá deducir en los siguientes.

• Tratamiento especial a sus trabajadores y pago del IMSS con facilidades que se darán a conocer.

CONTRIBUYENTES QUE NO PODRÁN EJERCER LA OPCIÓN

– Socios, accionistas o integrantes de personas morales.

– Cuando sean partes relacionadas en los términos del articulo 90 de esta ley.

– Cuando exista vinculación en términos del citado articulo con las personas que hubieren tributado en los términos de esta sección.

– Contribuyentes que realicen actividades relacionadas con bienes raíces, capitales inmobiliarios, negocios inmobiliarios o actividades financieras, salvo:

• Aquéllos que únicamente obtengan ingresos por la realización de actos de promoción o demostración personalizada a clientes personas físicas para la compra venta de casas habitación o vivienda, y dichos

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