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SALARIO BASE DE COTIZACION


Enviado por   •  26 de Mayo de 2014  •  484 Palabras (2 Páginas)  •  273 Visitas

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SALARIO BASE DE COTIZACION

La aplicación correcta del SBC no es solo un compromiso y obligación fiscal, se trata también del bienestar y justicia social que marca la ley.

Todas las personas tienen derecho a un trabajo digno y socialmente útil, así lo marca la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos a través de leyes regulatorias como la Ley del Seguro Social, la cual establece que todo trabajador tiene el derecho a la salud, asistencia médica, la protección de los medios de subsistencia; y al final de la vida laboral acceder a una pensión. Para ello la ley obliga a los Patrones a registrarse e inscribir a sus trabajadores al régimen obligatorio.

Las aportaciones de seguridad social se constituyen de manera tripartita, Patrón-Trabajador-Estado, para su cumplimiento toman como base el salario de los trabajadores, por ello, es de suma importancia su correcta determinación, de lo contrario se podría constituir un delito de defraudación fiscal y verse afectado el patrimonio de los trabajadores.

La pensión de los trabajadores se creara con base en lo que haya logrado ahorrar en su cuenta individual de fondo de retiro, que se sustenta con un 2% que el patrón aporta sobre el SBC.

La LSS establece que ante una insuficiencia de recursos de la cuenta individual de retiro, el trabajador tendrá derecho a una pensión mínima que corresponde a un salario mínimo general para el Distrito Federal; y las demás prestaciones a que los trabajadores tienen derecho, así como sus ascendientes y descendientes en línea recta, acceden por el pago de las cuotas obrero-patronales, como Riesgo de trabajo, Enfermedad y maternidad, Invalidez y vida, Guarderías y prestaciones sociales, el pago de las primas se determina y paga precisamente con el SBC.

El SBC se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, alimentación, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquier otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo, de acuerdo con el artículo 27 de LSS.

La incorrecta determinación del SBC no solo va en detrimento (pérdida) del patrimonio de los trabajadores, sino también de los patrones ante un siniestro (riesgo de trabajo, enfermedad o muerte del trabajador), pues en caso de denuncia y comprobación de que se cotizo con un salario inferior al real, se le pueden fincar al patrón capitales constitutivos.

Además, eludir prestaciones integrables al SBC, repercutirá en las pensiones de cesantía en edad avanzada y vejez, ya que toda la carga pensionaria, caerá en manos del Estado con todos los efectos colaterales como hacer frente con los impuestos que aportan las personas físicas y morales fiscalmente responsables.

El cumplimiento de la seguridad social implica para los patrones un incremento

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