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SOCIEDADES ANONIMAS BURSATILES


Enviado por   •  4 de Abril de 2013  •  1.915 Palabras (8 Páginas)  •  2.430 Visitas

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SOCIEDAD ANONINA BURSATIL (SAB)

CONTABILIDAD Y GESTION ADMINISTRATIVA

PROFESORA MARIA BARBARA BARBOSA

INDICE:

INTRODUCCION 3

SOCIEDAD ANONIMA BURSATIL 3

CARACTERISTICAS DE LAS SAB 3

ADMINISTRACION 4

VIGILANCIA 5

BENEFICIOS 5

LEY DE MERCADO DE VALORES 5

¿COMO FORMAR MI SAB? 6

CEMEX 7

LIVERPOOL 7

VITRO 8

REFERENCIAS 8

Introducción:

El presente trabajo es una breve semblanza sobre las sociedades anónimas bursátiles en México, el objetivo del mismo es conocer y comprender la forma en que estas sociedades mercantiles operan y llevan a cabo sus actividades en el mercado empresarial nacional. Así mismo nos interesa conocer que normas son las que regulan este tipo de sociedades y bajo que lineamientos y requerimientos se forman.

Para la presente investigación hemos consultados fuentes bibliográficas que son ambas tanto de libros especializados en gestión administrativa, fiscal y de ciertos sitios de internet que preferentemente fueran seguras, confiables y que estuvieran bajo la supervisión de instituciones normadoras de dichas sociedades.

LA SOCIEDAD ANONIMA BURSATIL

Es una persona moral formada por dos o más personas físicas o morales que adopta la modalidad de la sociedad anónima común pero de una forma especializada, ya que emite y comercializa sus acciones en la Bolsa Mexicana de Valores, lo cual implica un mayor valor de las mismas para sus accionistas y una estructura financiera tal que le permite optimizar costos financieros, obtener liquidez inmediata, modernizarse, crecer, entre otros. Esta modalidad también garantiza los derechos de los accionistas minoritarios y la revelación de la información a todo el público.

CARACTERÍSTICAS ESPECIALES DE LA SOCIEDAD ANÓNIMA BURSÁTIL

• La denominación social es elegida por Los accionistas y debe ir seguida de las palabras "Sociedad Anónima Bursátil" o las siglas "S.A.B".

• Los socios reciben el nombre de accionistas.

• La responsabilidad de los accionistas es limitada al monto de sus aportaciones. Si un accionista está dentro del consejo de administración, este responde por daños y perjuicios.

• El capital social está representado por acciones inscritas en el Registro Nacional de Valores, entidad a cargo de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, es público y en él se inscriben los valores objeto de oferta pública e intermediación en el mercado de valores. Su valor es determinado por los accionistas.

• Deben tener la aprobación de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores si su constitución es por suscripción pública.

• No hay limitación en el número de acciones que puede tener un accionista.

• Los títulos de las acciones deben cumplir con ciertos requisitos.

• Los accionistas de la sociedad tienen derecho preferente para comprar las acciones de los demás.

• Los accionistas no pueden hacer préstamos o anticipos sobre sus propias acciones.

• No pueden emitirse nuevas acciones, hasta que las anteriores se encuentren totalmente pagadas.

• Sólo podrán emitir acciones en las que los derechos y obligaciones de sus titulares no se encuentren limitados o restringidos (acciones ordinarias).

• La Comisión Nacional Bancaria y de Valores podrá autorizar la emisión de acciones distintas de las ordinarias, siempre que las acciones de voto limitado, restringido o sin derecho a voto no excedan del veinticinco por ciento del total del capital social pagado.

FORMA DE ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD

Deberá tener un consejo de administración y un director general de manera obligatoria.

El consejo de administración tendrá las siguientes características:

1. Deberá estar integrado por un máximo de veintiún miembros y de estos por lo menos el 25% deben de ser consejeros independientes.

2. Se designa un suplente por cada consejero propietario.

3. Se designará a un secretario, quien no formará parte de dicho consejo.

4. El consejo de administración contará, para el auxilio de sus funciones, con el apoyo de uno o más comités de prácticas societarias, los cuales serán delegados por el mismo órgano, sin embargo cuando la sociedad sea controlada en un 50% o más del capital por una o varias personas y esto sea conocido por el público, será integrado en su mayoría por consejeros independientes.

5. Los miembros del consejo de administración deben actuar en beneficio de la sociedad, sin favorecer a un determinado accionista o grupo de accionistas.

El Director General tendrá las siguientes funciones:

1. Gestionar y conducir los negocios.

2. Proponer lineamientos de control y estrategia de negocio.

3. Preparar el contenido de la información importante para la sociedad.

4. Supervisar los estados contables.

VIGILANCIA DE LA SOCIEDAD

Está integrado por el comité de auditoría y el auditor externo.

El comité de auditoría desempeña las siguientes acciones:

1. Vigilar que el director general cumpla con los acuerdos de las asambleas.

2. Investigar los incumplimientos de los que tenga conocimiento.

3. Discutir los estados financiaros

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