ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Sociedad En Comandita Simple


Enviado por   •  29 de Abril de 2013  •  3.628 Palabras (15 Páginas)  •  431 Visitas

Página 1 de 15

Sociedad en comandita

La sociedad en comandita es una sociedad de tipo personalista que se caracteriza por la coexistencia de socios colectivos, que responden ilimitadamente de las deudas sociales y participan en la gestión de la sociedad, y socios comanditarios que no participan en la gestión y cuya responsabilidad se limita al capital o comprometido con la comandita.

Índice

[ocultar]

• 1 Tipos

• 2 Escritura

• 3 Socios

o 3.1 Derechos de los socios

• 4 Fiscalidad

• 5 Ventajas e Inconvenientes

• 6 Normativa

• 7 Referencias

[editar]Tipos

Las sociedades comanditarias se dividen en comanditarias simples y comanditarias por acciones:

• Las sociedades comanditarias simples no están obligadas a auditar sus cuentas anuales ni a depositarias en el Registro Mercantil, salvo en el caso de que, en la fecha de cierre del ejercicio, todos sus socios colectivos sean sociedades españolas o extranjeras.

• En la sociedad comanditaria por acciones son sujetos con dos o mas entes comanditados que su obligación es responder al socio por ejemplo un socio que tiene mas de 200 mil pesos y uno 150 mil pesos le tiene que dar 25 mil pesos

. Las sociedades comanditarias por acciones están obligadas a auditar sus cuentas y depositarias en el Registro Mercantil, cuando superen los límites fijados en el artículo 257 de la Ley de Sociedades de Capital, aplicándose les las mismas normas que a las sociedades anónimas, con especialidades. Las sociedades comanditarias por acciones están consideradas sociedades de capital.1

La constitución de las sociedades comanditarias se formaliza en escritura pública que deberá ser inscrita en el Registro Mercantil. En la escritura se expresarán los mismos datos que en en la situación de las sociedades colectivas.

[editar]Escritura

En la escritura de constitución de la sociedad comandita simple se deberá expresar:

• El nombre, apellidos y domicilio de los socios.

• La razón social.

• El nombre y apellidos de los socios a quienes se encomiende la gestión de la compañía y el uso de la firma social.

• El capital que cada socio aporte en dinero efectivo, créditos o efectos, con expresión del valor que se dé a éstos o de las bases sobre las que haya de hacerse su valoración.

• La duración de la sociedad.

• Las cantidades que, en su caso, se asignen a cada socio gestor para sus gastos particulares.

• Los demás pactos lícitos que los socios estimen convenientes.

• Números de socios que componen

sol top

[editar]Socios

La responsabilidad de los socios comanditarios frente a las deudas sociales está limitada a la aportación efectuada o, en su caso, comprometida, en caso de ser mayor que aquélla.

Los nombres de los socios comanditarios no podrán figurar en el nombre de la sociedad; en caso de incumplimiento responderán de igual forma que los socios colectivos, sin poder aprovecharse de las ventajas de éstos.

[editar]Derechos de los socios

• No pueden participar en la gestión de la sociedad (artículo 148 del Código de Comercio) sólo los socios colectivos, salvo que en el contrato social se estipule otro régimen de gestión.

ARTÍCULO 148. <PROPIEDAD PROINDIVISO DE INTERÉS CUOTA O ACCIÓN>. Si una o más partes de interés, cuotas o acciones pertenecieren proindiviso a varias personas, estas designarán quien haya de ejercitar los derechos inherentes a las mismas. Pero del cumplimiento de sus obligaciones para con la sociedad responderán solidariamente todos los comuneros.

• No pueden examinar el estado de la administración y la contabilidad (artículo 150 del Código de Comercio).

ARTÍCULO 150. <DISTRIBUCIÓN DE UTILIDADES SOCIALES - PROCEDIMIENTO GENERAL>. La distribución de las utilidades sociales se hará en proporción a la parte pagada del valor nominal de las acciones, cuotas o partes de interés de cada asociado, si en el contrato no se ha previsto válidamente otra cosa.

• Participar en los beneficios.

[editar]Fiscalidad

Las sociedades comanditarias tributan a través del Impuesto de Sociedades y no pueden acogerse al Régimen Simplificado ni al del Recargo de Equivalencia del Impuesto sobre el Valor Añadido. El tipo impositivo aplicable en el Impuesto de Sociedades es el 30 por 100. Existe un régimen fiscal especial, dentro del Impuesto sobre Sociedades, para las empresas de reducida dimensión, quedando reducido al 25 por ciento el tipo impositivo para los primeros 120.202,41 euros de beneficios.

[editar]Ventajas e Inconvenientes

Como ventajas se pueden señalar:

• La principal ventaja que presenta la sociedad comanditaria por acciones es la posibilidad de atraer inversores capitalistas, más probable que en la comanditaria simple.

• Los socios colectivos pueden atraer el capital de otros sin que éstos interfieran en la gestión de la empresa.

• Responsabilidad limitada de los socios comanditarios.

Como inconvenientes se pueden señalar:

• La necesidad de contar con un capital mínimo de 60.000 euros (sólo las sociedades comanditarias por acciones).

• Trámites complicados en la vida social similares a los de las sociedades anónimas.

• Responsabilidad ilimitada y solidaria de los socios colectivos administradores.

[editar

]Normativa

Su régimen jurídico está contenido en el RDLeg 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital (para las sociedades comanditarias por acciones) y en

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (24.7 Kb)  
Leer 14 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com