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Titulos De Credito


Enviado por   •  21 de Septiembre de 2011  •  710 Palabras (3 Páginas)  •  897 Visitas

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Títulos de Crédito

Son documentos privados que representan la creencia, fe, o confianza que una persona tiene en otra para que haga o pague algo, ya sea porque se le haya entregado un bien o porque se le haya acreditado una suma de dinero.

Requisitos

1. Cantidad cierta y determinada

2. Plazo

3. Tasa de interes

4. Si son nominatives o al portador

5. Si son emitidos con protesto o sin el

6. Son endosables por naturaleza para permitir su circulación

7. Tener clausula de no negociabilidad

8. Literalidad

9. Autonomia

Extinción

Se extingue cuando el contribuyente cumple con la obligación y satisface la prestación tributaria o cuando la ley extingue o autoriza a declarar extinguir la obligación.

Cheque

Por ello, se define al cheque como un título de crédito expedido a cargo de una institución bancaria por quien, previa existencia de fondos disponibles en ella, sea autorizado por la misma para librar cheques a su cargo.

Requisitos

- La mención de ser cheque, inserta en el texto del documento.

- El lugar y la fecha en que se expide.

- La orden incondicional de pagar una suma determinada de dinero.

- El nombre del librado.

- El lugar del pago; y

- La firma del librador.

Efectos Jurídicos

El cheque será siempre pagadero a la vista. Cualquiera inserción en contrario se tendrá por no puesta.

El cheque presentado al pago antes del día indicado como fecha de expedición, es pagadero el día de la presentación.

El cheque puede ser nominativo o al portador.

Aunque la ley dice que el cheque expedido por cantidades superiores a cinco millones de pesos, siempre deberá ser nominativo, cada año el Banco de México establece hasta qué cantidad se podrán expedir cheques al portador, por lo que rebasado ese límite, se deberán expedir de manera nominativa.

El cheque que no indique a favor de quién se expide, así como el emitido a favor de persona determinada y que, además, contenga la cláusula "al portador", se reputarán al portador.

Como ya se dijo, el cheque nominativo puede ser expedido a favor de un tercero, del mismo librador o del librado. El cheque expedido o endosado a favor del librado no será negociable.

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