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Ley De Voluntad Anticipada


Enviado por   •  17 de Mayo de 2014  •  6.555 Palabras (27 Páginas)  •  458 Visitas

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INTRODUCCION

“Hay un tiempo para reír, y un tiempo para llorar, un tiempo para descansar y un tiempo para trabajar, un tiempo para dormir y un tiempo para despertar” dijo alguna vez el sabio maestro Jesús.

Se debe saber cuando es momento para cada cosa, para cada sentimiento, para cada experiencia, para cada sufrimiento y para cada enfermedad.

Desgraciadamente nuestra cultura no esta preparada para recibir el tiempo de la muerte (ni la nuestra ni la de un familiar cercano).

Debemos ver los acontecimientos diarios como algo normal, natural y que no nos de miedo o tristeza hablar con nuestros seres queridos sobre que hacer si llegamos a padecer una enfermedad terminal, sobre todo extremar bajo que lineamientos nos gustaría morir.

La Ley de Voluntad Anticipada es un paso importante que se ha dado en el Distrito Federal y en algunos estados de la República, aunque considero que es desde el vientre familiar en donde se tiene que “marcar” los valores, el respeto a la vida y el respeto al buen morir, ya que en base a ello, seria mas sano y menos complicada la vida de los enfermos en etapa terminal, quieres son los que en este trabajo nos merecen nuestro respeto y nuestra atención.

LEGALIZACION DE LA VOLUNTAD ANTICIPADA EN EL ESTADO DE GUANAJUATO.

Einstein afirmaba que: "El imperativo moral, no es asunto privativo de la iglesia y de la religión, sino la más preciosa posesión tradicional de toda la humanidad".

El cuestionamiento que nos ocupa seria si se justifica o justificaría la eugenesia, o la eutanasia?, partiendo de que la moral guía al hombre hacia la libertad, ¿pero la libertad es solo capacidad de decisión, capacidad de querer y de entender? Si lo fuera, no son entonces libres los incapacitados, los enfermos, los anormales.

Es impostergable, luego entonces, que el Derecho en México debe abarcar la eutanasia, pues es claro, que las circunstancias deben ser adecuadas a las necesidades de la época y crear los ordenamientos que regulen el nuevo estado de las cosas. Toda vez que la medicina ha superado al derecho, en virtud de que existen situaciones que se encuentran mal reguladas, al existir conductas originadas por nuevas situaciones que afectan bienes jurídicos tutelados que deben ser regulados en la especie y no por similitud, ya que esta prohibida la simple analogía y la mayoría de razón, por lo que debe de valorarse esa conducta y encuadrarla en un tipo penal específico. .

Es más humano ayudar a morir, que permitir sufrimientos, en los casos de enfermedades insoportables e insuperables, por lo que la muerte sin dolor puede ser una alternativa. .

La eutanasia no esta regulada en nuestra legislación, por lo que en caso de que una persona la practique, incurrirá en el delito penal de homicidio.

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LA BIOETICA Y EL DERECHO . .

La sociedad es una forma de epiorganismo y la evolución social no puede violar las leyes generales de la evolución biológica, por lo que ningún progreso médico vale y trasciende si escapa al influjo de la ética, de la moral. .

Se busca luego entonces, la sustitución de tratamiento curativo, por uno paliativo, permitiendo evolucionar a una enfermedad en su estado natural, por lo que se esta a favor de una vida, pero de una vida digna, se esta en la búsqueda del reconocimiento de autodeterminación, como garantía del ser humano, por la creación de una comisión nacional de bioética, por el respeto a la decisión de un enfermo terminal, para morir en las condiciones que el escoge y por la consecución de que el Estado garantice el Derecho a la vida, pero también la autodeterminación para encarar la muerte. .

MARCO TEORICO

La presente Ley es de orden Publico e interés social, y tiene por objeto establecer y regular las normas, requisitos y formas de realización de la voluntad de cualquier persona con capacidad de ejercicio, respecto a la negativa de someterse a medios , tratamientos y/o procedimientos médicos que pretendan prolongar de manera innecesaria su vida, protegiendo en todo momento la dignidad de la persona, cuando por razones medicas, fortuitas o de fuerza mayos, sea imposible mantener su vida de manera natural.

La Ley de voluntad anticipada con la que enfermos terminales podrán decidir dejar de recibir medicamentos que les prolonguen la agonía, como tal no es conocida en Chiapas.

En Tapachula he hecho una serie de entrevistas con médicos, trabajadores sociales y sacerdotes católicos y la gran mayoría de ellos desconoce dicha Ley, por obvias razones también es desconocida por el paciente.

Los médicos están a favor por la “no prolongación de la agonía del paciente”, hay en los trabajadores del Sector Salud una carga emocional que muchas veces son “ellos” quienes invitan a la familia a pedir una carta de “alta voluntaria” para que el paciente en esa fase Terminal pueda estar con su familia en casa y sobre todo con los cuidados afectivos que bajo esas circunstancias son los que dan la calidad de un “buen morir”.

El trabajo del Tanatólogo:

• Aspecto medico.

En el texto titulado “Medicina y valores sociales”, presentado dentro de la conferencia Magistral “Ignacio Chávez” 2008, el ex rector de la UNAM sostiene que “el medico debe conservar ante todo su compromiso de actuar de acuerdo con la voluntad del enfermo, en tanto que no implique afectar los derechos de otros. Cuando el medico defiende los derechos de sus enfermos, esta defendiendo sus propios derechos”.

Por parte del medico, en esos casos esta obligado a aplicar el conocimiento científico, técnico y humanístico vigente; además, debe apegarse a las instrucciones precisas de los procedimientos de diagnostico y tratamiento; debe defender la vida, salud, economía,

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