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OBLIGATORIEDAD DE LA DOCTRINA ECLESIÁSTICA Y LIBERTAD DE LA TEOLOGÍA


Enviado por   •  23 de Septiembre de 2013  •  1.372 Palabras (6 Páginas)  •  435 Visitas

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Este tema es complejo por dos razones: “Por una parte, la obligatoriedad de la doctrina eclesiástica ha ido tomando a lo largo de la historia, desde la patrística hasta nuestros días, diversas formas y expresiones, a la vez que variaba su justificación. No menos polivalente se muestra la libertad de la teología” .

En el esbozo histórico sobre la obligatoriedad de la doctrina eclesiástica que presenta Hünermann, puede observarse como “el juicio sobre la verdad o falsedad de una doctrina y de su obligatoriedad o rechazo se halla ya en el NT. Condenaciones o delimitaciones son caracterizadas muchas veces con la palabra anatema, para marcar las fronteras de la comunidad cristiana, en la convicción de que la comunión de fe y su recta profesión común son inseparables” . “Y no sólo se condenan opiniones, sino también conductas que se desvían de la manera de pensar y actuar de la iglesia” .

“Al formarse una teología escolástica en la Edad Media, tiene lugar un profundo cambio. En París, y otras facultades teológicas, se enjuician textos y opiniones teológicas en las reuniones de profesores. A este fin, los textos teológicos en cuestión son resumidos en proposiciones que van acompañadas de censuras o notas. Este juicio universitario, al principio, sólo tiene importancia en el mundo académico. Ciertas doctrinas no se pueden enseñar en adelante ni los estudiantes pueden referirse a ellas en sus trabajos o exámenes. Esta forma de dictamen hecho por un gremio de especialistas se lo apropiarán rápidamente los obispos” . El procedimiento que se llevaba a cabo en París, “se impone muy rápidamente en los tribunales de la inquisición, que actúan por encargo regio o eclesiástico. Sobre la base de las proposiciones y de la diversidad de opiniones de los teólogos tiene lugar la deliberación de los obispos o cardenales y su decisión” .

Ahora bien cabe mencionar algo sobre la terminología especializada que se fue configurando respecto a lo que aborda nuestro autor. “Con la edad moderna (…) surgen nuevos términos especializados que dan nombre a las diversas formas de desviación o de peligrosidad de una doctrina” . Por ejemplo, “en el cuestionario para wyclifitas y husitas:<<se debe preguntar en especial a un erudito (…) si los mencionados 45 artículos de John Wycliff y los 30 de Jan Hus no son católicos, sino algunos de ellos claramente heréticos, unos erróneos, otros temerarios y sediciosos, otros ofensivos a los píos oídos (…)>>” .

Se puede constatar con la declaración de Clemente XI en el siglo XVII, a propósito de las discusiones sobre los errores de Pasquier Quesnel , el fin del magisterio de las facultades de teología. El papa mencionado declara que: “por renombrados que sean los teólogos, es vuestra tarea, ilustres prepósitos de las iglesias, el decidir definitivamente en las materias de fe; sólo se os ha otorgado a vosotros, a quienes el Espíritu Santo ha instituido obispos para regir la iglesia de Dios, el ser jueces en los asuntos discutidos de la fe; sólo a vosotros se ha confiado el santo legado de la fe, no a los presbíteros ni mucho menos a los laicos, por más dignidades con que hayan sido investidos” . Con lo anterior queda claro que el Magisterio auténtico de la Iglesia, es oficio del Sumo Pontífice y de los obispos en comunión con él.

Según la teoría del conocimiento teológico de Scheeben, hay cuatro proposiciones que fundamentan la obligatoriedad de la doctrina eclesiástica y libertad de la teología. En primer lugar aduce que “para corresponder a sus fines, la predicación de la Palabra de Dios debe realizarse mediante enviados que (…) lleven a cabo una misión real, con auténtico poder y autoridad divina (…), y debe ser por tanto una transmisión oficial, auténtica y autoritativa del objeto de la fe y una promulgación de la norma de la fe” . En segundo lugar dice que “debe ir ligada a la comisión y al encargo de predicar, a un triple don de Dios, de modo que se realice bajo garantía, legitimación y sanción divina. Y así pueda ser infalible, innegable e incuestionable” . En tercer lugar, expresa que “debe abarcar, como elementos constitutivos el compromiso

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