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Delitos Informativo Venezzuela


Enviado por   •  3 de Mayo de 2014  •  4.847 Palabras (20 Páginas)  •  268 Visitas

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1.- PAPEL DE LAS REDES SOCIALES EN LA ESTABILIDAD POLÍTICA, SOCIAL Y ECONOMICA DEL PAÍS.

Las Redes Sociales: Se define como una estructura que organiza la manera en que se relacionan las personas y la manera en que se mueve, crea y transforma la información entre ellas, por lo que se trata de toda una trama social

Si bien las redes sociales se han vuelto a mostrar como una poderosa arma de denuncia, también lo son para la desinformación, pues no siempre llegan con cosas precisamente ciertas: por ejemplo, fotos de las marchas de abril de 2002 o incluso de protestas que no ocurrieron en Caracas sino en Teherán.

En Venezuela, los signos más evidentes y notorios de la fractura en la estabilidad económica y política fueron el “Caracazo” de 1989, los dos intentos de golpe de Estado en 1992, la destitución de Carlos Andrés Pérez en 1993 y la formación de un gobierno de transición. Es en este marco de profunda inestabilidad surge el liderazgo de Hugo Chávez, quien asciende al poder en 1999, con la promesa de llevar a cabo transformaciones radicales para acabar con la pobreza y la corrupción.

Cada uno de los países mencionados tiene conflictos que afectan directamente a su sociedad y las redes sociales pueden ser una herramienta de ayuda, Es decir los movimientos y protestas solo se generaran de la iniciativa de los ciudadanos que quieran hacer valer sus derechos y garantías, y las redes sociales son una herramienta útil para generar resultados

2.- PAPEL DEL ESTADO COMO REGULADOR DE LA TIC.

La actual Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela reconoce como de interés público la ciencia, la tecnología, el conocimiento, la innovación y sus aspiraciones y los servicios de información, a los fines de lograr el desarrollo económico, social y político del país, y que el Ejecutivo Nacional a través del Ministerio de Ciencia y Tecnología donde actualmente asume y absorbe al ministerio del poder popular para las Telecomunicaciones.

Por consiguiente uno de los objetivos que persigue el estado según el decreto 825 y conforme al artículo 110 de dicha constitución, incluir el uso de Internet, en el progreso social y económico del país, en la generación de conocimientos, en el incremento de la eficiencia empresarial, en la calidad de los servicios públicos l, económico, social, cultural y político de la República.

Según del Decreto 1290 el estado venezolano se compromete al financiamiento de la Tecnología para estimular el desarrollo de todos los estratos de la vida nacional. Por otra parte, con lo dispuesto en los artículos 110 y 226 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en lo que respecta a los derecho educativos y culturales.

El Ministerio de Educación y Deportes, en su art 10 en coordinación con el Ministerio de Ciencia y Tecnología, establecerá las políticas para incluir el Software Libre desarrollado con Estándares Abiertos, en los programas de educación básica y diversificada.

La informática educativa en Venezuela como lo refleja la Lopna en su artículo 73 fomentara y difundirá información y materiales informativos y audiovisuales a los niños y adolescentes para la promoción de valores y la paz, sin ninguna discriminación social.

Las tics juegan un papel muy importante en la definición y ejecución de las políticas públicas a nivel nacional y su impacto produce grandes avances en los diferentes sectores como el social y educativo contribuyendo al desarrollo del país al acceso de la información y a la adquisición del conocimiento.

3.-Delito de la privacidad y los mecanismos reguladores por parte del Estado.

Para entrar en detalles sobre el tema debemos estar muy claro sobre el termino Delito informático, crimen genérico o crimen electrónico, que agobia con operaciones ilícitas realizadas por medio de Internet o que tienen como objetivo destruir y dañar ordenadores, medios electrónicos y redes de Internet. Sin embargo, las categorías que definen un delito informático son aún mayores y complejas y pueden incluir delitos tradicionales como el fraude, el robo, chantaje, falsificación y la malversación de caudales públicos en los cuales ordenadores y redes han sido utilizados. Con el desarrollo de la programación y de Internet, los delitos informáticos se han vuelto más frecuentes y sofisticados.

Existen actividades delictivas que se realizan por medio de estructuras electrónicas que van ligadas a un sin número de herramientas delictivas que buscan infringir y dañar todo lo que encuentren en el ámbito informático: ingreso ilegal a sistemas, interceptado ilegal de redes, interferencias, daños en la información (borrado, dañado, alteración o supresión de data crédito), mal uso de artefactos, chantajes, fraude electrónico, ataques a sistemas, robo de bancos, ataques realizados por hackers, violación de los derechos de autor, pornografía infantil, pedofilia en Internet, violación de información confidencial y muchos otros.

En Venezuela, se concibe como bien jurídico la protección de los sistemas informáticos que contienen, procesan, resguardan y transmiten la información.

Es de señalar que en el ordenamiento jurídico de nuestro país han existido leyes que han regulado el derecho a la privacidad e Intimidad, de las que podemos mencionar: Ley sobre Protección a la Privacidad de las Comunicaciones del 16-12-1991. Ley Orgánica de Telecomunicaciones del año 2000 (Derogada). Ley Especial Contra los Delitos Informáticos. 30 de Octubre de 2001. Ley de Orgánica de Telecomunicaciones del 28- 12-2010, reimpresa en G. O. de la RBV por error material y publicado en fecha 07-02-2011. Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos. De fecha 07-02-2011.

Haciendo un breve análisis de nuestro ordenamiento interno sobre esta materia podemos destacar los siguientes:

a) Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela:

• Derecho a la Intimidad y Privacidad Electrónica. CRBV año 1.999 El amparo a este derecho se manifiesta en dos claros preceptos, constituidos por los Artículos 60 en su encabezado y 48 de nuestra Carta Magna, que establecen lo siguiente: ARTÍCULO 60.” Toda persona tiene derecho a la protección de su honor, vida privada, intimidad, propia imagen, confidencialidad y reputación”. ARTÍCULO 48. “Se garantiza el secreto e inviolabilidad de las comunicaciones privadas en todas sus formas. No podrán ser interferidas sino por orden de un tribunal competente, con el cumplimiento de las disposiciones legales y preservándose el secreto de lo privado que no guarde relación

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