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Elaborar Las Planillas Trimestrales Para Pago Al INCE, Ley De La Política Habitacional


Enviado por   •  9 de Enero de 2013  •  1.456 Palabras (6 Páginas)  •  1.113 Visitas

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Elaborar las planillas trimestrales para pago al INCE, ley de la Política Habitacional

Unidad Contable

Manejo de los libros Contables

Preparación de los Estados Financieros

Realización de los cierres de ejercicios de las empresas

Instruir en materia contable a los pasantes

Realizar carta de aceptación e informe de comisario

DEPARTAMENTO DONDE SE REALIZO DE PASANTIAS OCUPACIONALES (Unidad Tributaria)

Misión:

Ser un departamento altamente capacitado, capaz de orientar y dirigir los procesos tributario de forma optima, para asi ofrecer un mejor completo dirigido a los diferentes sectores.

Visión:

Lograr un alto nivel de aceptación por parte de clientela en cuanto al asesoramiento y orientación de todo lo referente a materia tributaria- fiscal se refiere.

Objetivos:

Lograr una correcta reciprocidad de información entre la empresa y el ente recaudador servicio nacional integrado de administración aduanera y tributaria

(SENIAT)

Informar a tiempo en cuanto a los cambios suscitados en el reglamento tributario. Concienciar a los clientes sobre los riesgos que se pudieren correr en el caso de omisión de información tributaria- fiscal de la empresa al ente recaudador, servicio nacional integrado de administración aduanero y tributaria (SENIAT).

Funciones:

Asesorar a los clientes sobre todo lo concerniente en materia tributaria se refiere. Elaborar las declaraciones el, impuesto sobre la renta (ISLR), instituto nacional de capacitación y educación socialista (INCES)

Proceder al llenado de planillas trimestrales para posteriormente realizar el pago al. Instituto nacional de capacitación y educación socialista (INCES), ley de política habitacional, (L.P.H).

CAPITULO II

(MARCO REFERENCIAL)

Antecedentes Históricos del Sistema tributario Venezolano.

El sistema tributario venezolano ha ido evolucionando y madurando paulatinamente, para así lograr la integración entre las características de los tributos que lo conforman y las particularidades y necesidades económicas del país. Es por ello, que las disposiciones legales que regulan los tributos que conforman el sistema tributario venezolano, han sido modificadas y reformadas en la medida que las condiciones económicas de Venezuela lo ameriten, como consecuencia de hacer frente a las necesidades públicas, que son aquellas que nacen de la vida colectiva y se satisfacen o se intentan satisfacer mediante la actuación del Estado, tales como: defensa y resguardo de la soberanía del país, salud, educación, crecimiento, desarrollo, entre otras, con el fin último de conseguir el beneficio colectivo.

Sin embargo, uno de los tributos que ha sido objeto de diversas modificaciones, es el Impuesto sobre la Renta, cuyo objetivo es gravar la renta o el enriquecimiento percibido por los contribuyentes, con ocasión de las diversas actividades que estos puedan ejercer. En líneas generales, Venezuela aplica el principio fiscal de la territorialidad, es decir, que las actividades económicas que se desarrollan en su espacio generan impuesto, sin que por ello estas operaciones den lugar a doble tributación. En esta línea, Venezuela tiene firmados convenios para evitar la doble tributación con la mayoría de los países con los que mantiene buenas relaciones económicas (Italia, Francia, Holanda, Bélgica y Suecia; en negociación con Estados Unidos, Polonia, España, Barbados, Canadá y Portugal). Además, no existen restricciones en cuanto a la repatriación de las utilidades o ganancias netas producto de la inversión ni hay obligación de reinvertir las mismas en el territorio nacional.

Tributos

Moya (2001) establece, los tributos han sido clasificados de muchas formas, al extremo que se ha llegado a decir que existen tantas clasificaciones como autores, pero entre todas predomina la tripartita: tasas, contribuciones especiales ò contribuciones parafiscales e impuestos, acogida en el Código Orgánico Tributario (2001), en este caso se hace referencia solamente a los impuestos.

Desde esta perspectiva, las prestaciones pecuniarias que el estado, o entre público autorizado al efecto por aquel, en virtud de su soberanía territorial: exige de sujetos económicos sometidos a la misma. Como nación general se dice que los tributos son “las prestaciones en dinero que el estado exige en ejercicio de su poder de imperio en virtud de una ley y para cubrir los gastos que le demanda el cumplimiento de sus fines”.

Impuestos

Impuesto: Rodríguez (2005) lo define como “una prestación pecuniaria, obtenida de los particulares autoritariamente, a titulo definitivo, sin contrapartida y, para la cobertura de las cargas públicas o para

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