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¿CUÁLES SON LOS PRECEPTOS DE LA IGLESIA CATOLICA FRENTE A LA INCLUSION SOCIAL DEL TERCER GÉNERO EN LOS ULTIMOS 5 AÑOS?


Enviado por   •  23 de Mayo de 2015  •  2.175 Palabras (9 Páginas)  •  416 Visitas

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¿CUÁLES SON LOS PRECEPTOS DE LA IGLESIA CATOLICA FRENTE A LA INCLUSION SOCIAL DEL TERCER GÉNERO EN LOS ULTIMOS 5 AÑOS?

Introducción

La diferencia sexual entre una persona y otra e incluso en una determinada comunidad no solo esta dada por sus condiciones físicas, sino además por sus inclinaciones sobre las cuales determina su identidad sexual. A través de la historia humana el homosexualismo ha estado presente en las sociedades, y son sus connotaciones de lo antimoral lo que ha sido cuestionado por aquellas instituciones que aun no aceptan el tercer sexo como parte e identidad de una persona en un ámbito particular. Es claro que en la época moderna lo sexual ha reflejado una posición fundamental para la sociedad, llegando a ser más tolerante con lo que refiere a tendencias, genero, identidad sexual y derechos humanos.

La identidad sexual en una persona integra elementos que en la actualidad son factores de grandes debates, cuestionamientos y fundamentos constitucionales, es así como en Colombia instituciones como la academia, el Congreso de la República, Partidos Políticos, La Procuraduría y la Iglesia, ponen en manifiesto posiciones sobre las cuales se considera el tercer sexo como una condición en la que las personas si bien son sujetos de derechos y ante la ley nacen libres e iguales, aduce la ley que no se discriminaran por razones de sexo, raza, religión, opinión política o filosófica. No obstante, los paradigmas que se han creado alrededor del tema de genero han dividió opiniones y se presenta en las instituciones una tendencia confusa de moral frente a la posición del cómo ver y cómo abordar la homosexualidad en un ámbito social cada vez más complejo ante diferencias tanto ideológicas, políticas, culturales y antropológicas.

A continuación se aborda la temática del tercer sexo desde los preceptos de la iglesia católica en los últimos años, tópico sobre el cual se describe posiciones constitucionales, bases ideológicas de la iglesia y sociales del contexto político del país.

Los preceptos de la iglesia Católica frente altercar sexo.

El derecho del que goza toda persona y reconocimiento de libertad, igualdad ante la ley, y de los mismos derechos de libertades y oportunidades sin discriminación de su raza, sexo, opinión o religión es una norma suprema constitucional que se estableció en los derechos fundamentales para la ciudadanía colombiana. Sin embargo, los movimientos de grupos de género que reclaman sus derechos a la identidad e igualdad de sus derechos aducen posiciones sobre sus libertades en un contexto de supuesta discriminación. Pese a los intentos y antecedentes de proyectos de Ley sobre los cuales se pretendía el reconocimiento jurídico de la unión de parejas del mismo sexo, En la sentencia T-725 de 2004 la Corte garantiza derechos para los homosexuales como individuo y no en calidad de pareja, y ha sido esta posición la que ha generado confrontaciones ideológicas y de grupos de genero, estos últimos no conformes por los planeamientos y dediciones de la Corte y recientemente del Congreso de la Republica, posición esta última sobre la cual la iglesia católica sienta sus preceptos sobre los cuales argumentan -por decirlo de alguna manera- el por qué no comparte la idea de reconocer la unión marital entre personas del mismo sexo.

En este orden, la Constitución Política de Colombia cita en su Articulo 13 que: “Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica”, pero, de otra parte, el Articulo 42 señala que “La familia es el núcleo fundamental de la sociedad. Se constituye por vínculos naturales o jurídicos, por la decisión libre de un hombre y una mujer de contraer matrimonio o por la voluntad responsable de conformarla”.

De acuerdo con el anterior precepto Constitucional, la Iglesia Católica se apoya, al reconocer la familia como un núcleo sobre el cual se estructura una sociedad y se determina su condición, quiere esto decir, una familia en el orden jurídico y social del país, esta fundado en la unión que establece un hombre y mujer, y que no es lo mismo la figura que se crea en una familia donde se integra por dos personas cuya base de genero es igual entre si.

De acuerdo con argumentos expuestos por (De los Ríos y otros, 2007) en su articulo “El derecho a la libre opción sexual” los representantes de la iglesia no condicionan el ser homosexual como acto ético reprobable en condición individual, finalmente ello es una estado personal de cada individuo y como tal implica derechos fundamentales que respetar, sin embargo, es el acto de dar crédito a que las parejas del mismo sexo institucionalicen una familia, pues de ser así contrariarían los ordenamientos en los que se funda una familia y la sociedad como tal.

Para la iglesia, la familia se conforma por un hombre y una mujer que en su contexto y estructura están en capacidad de generar una reproducción de la especie de forma que no irrumpe el núcleo esencial de la sociedad, en tanto, una familia o pareja conformada por dos hombres o dos mujeres, deja de lado la función biológica que posibilita el núcleo que conforma como tal la familia, y por ende, ello incide en el desarrollo y estructura de la sociedad. Pues no se trata de discriminación ante un grupo de minoría y genero, sino de un orden que determina la estructura social, ya que de la familiar emana la sociedad. Por tanto, la dinámica de sociedad esta soportada para la iglesia desde un contexto naturalista, en la cual hombre y mujer están en capacidad de reproducirse y desde un contexto de derechos fundamentales, los hijos de estos tienen derecho a nacer, crecer en un hogar con padres y madres de genero tal que les brinde la posición y función de familia.

De acuerdo con los anteriores argumentos, (De los Ríos y otros, 2007) señalan que la posición de la iglesia, contraria a determinar una naturaleza jurídica de reconocimiento de derechos igualitarios para parejas del mismo sexo respecto a los derechos actuales de las familias, por cuanto pondría en igual circunstancia a una sociedad que en su naturaleza cumple una función biológica sin esfuerzo alguno por imponer un papel que por naturaleza divina se le otorgo desde su creación.

De otra parte, al darse reconocimiento jurídico del matrimonio entre parejas del mismo sexo para constituir una familia, estas podrían en un momento determinado adoptar niños y estarían vulnerando derechos de estos, toda vez que estos menores no tienen voz, conciencia y crecerían en un ambiente contrario a lo que el articulo 42 de la Carta Magna establece, en cuanto que: “Los hijos habidos en el matrimonio o fuera de él, adoptados o procreados naturalmente o con asistencia científica, tienen iguales derechos y deberes”, además violando el articulo 44 de la Constitución Política que establece el derecho del niño o niña a tener una familia; esta norma es clara en cuanto que los derechos de los niños prevalecen sobre los derechos de los demás.

Sin duda, los preceptos y argumentos de la iglesia católica crean una dicotomía no solo temática, sino de contexto político, social, cultural, religioso y jurídico. Si bien es cierto, todas las personas tienen derecho a la igualdad y de gozar de los mismos derechos, la norma y enfoque jurídico de este tema de tercer genero o sexo aplica desde un aspecto meramente individual “como persona con derechos” pero desde el ámbito colectivo no aplica porque ello incide en un criterio transversal sobre el cual incide en la figura de la familia, los derechos de los niños, la dinámica social, entre otros aspectos.

Ahora bien, desde el punto de vista de la teoría Michael Foucault en sus apreciaciones respecto a la homosexualidad aduce ser diferente la homosexualidad premoderna a la moderna, dada las características sobre las cuales esta identidad sexual ha estado presente en todas las sociedades, incluso identificada en la biología de algunas especies de animales sobre los cuales se presenta esta condición. (Millar, 1993).

La historia ha mostrado que el homosexualismo no era tan notorio y promovido como en la actualidad, pero si ha tenido un factor común entre épocas, esto ha sido el construir identidad a partir de lo sexual, con lo cual no es el genero en si lo que determina la persona como tal sino su comportamiento y conocimiento frente a las relaciones sociales en comunidad, (Córdoba, 2003).

La sexualidad como un ámbito, derecho y necesidad física de las personas en la actualidad no esta sujeto a criterios meramente moralistas o éticos, pues este no es el fundamento del presente ensayo, sino de cómo a partir del reconocimiento de genero del tercer sexo se da participación (inclusión) igualitaria a una población que denota identidad por una tendencia sobre su condición y orientación sexual y sobre la cual se limita su posible configuración de una estructura organizativa dentro de la sociedad.

Sobre la base de los planteamientos expuestos, uno de los aspectos que suscita importancia frente al tema descrito son los imaginarios que se tienen frente a la población homosexual en una determinada sociedad, pues, estos son considerados en muchas ocasiones personas con un rol que enmarca una tendencia y comportamiento antimoral, y si bien la popularidad del tercer genero se ha concentrado en su mayoría en actos donde se promueve la prostitución y otras acciones que denigran al hombre y la mujer, no siempre ha sido así, pues es evidente el papel que desempeñan altos funcionarios en cargos públicos, centros de investigación científica e incluso en las fuerza pública, siendo estas, personas con cualidades y una ética profesional en su quehacer diario, en cuya base de vida las relaciones interpersonales juega un papel fundamental para construir y ser parte de la sociedad, por tal motivo, se debe diferenciar del genero, respecto a la posición y comportamiento de la persona, pues la iglesia en su fundamento religioso y filosófico no esta en contra de la persona como tal, sino de los actos que a partir de su identidad puedan afectar al ámbito social. Por tanto, esta posición conduce a una amplia crítica frente al tema de la homosexualidad, pues, una sociedad cada vez más influenciada por una transculturalidad, la comunicación, la tecnología, el desarrollo y globalización, así como la moda y las tendencias sociales tiende a ser dinámica y como algunos llamarían una sociedad en constante cambio y sobre la cual debe adoptar un nuevo modelo de relaciones entre lo social, lo político, cultural, económico y por ende en lo que infiera de los derechos fundamentales y universales.

La participación de la población homosexual ha mostrado ganar atención, respeto e inclusión en países como España, China, India, Holanda, sin embargo en Latinoamérica y especialmente en Colombia, la inclusión del tercer genero aun esta en proceso de integración con los ámbitos de la sociedad. Lo cierto es que, pese al terreno y pasos que han dado la comunidad LGTBI en cuanto a sus defensas de derechos, la iglesia no acepta que esta población constituya una familia por no ser ellos parte de una creación divina, lo cual pone en otro ámbito de un debate, entre los derecho a la libre expresión, sexo e identidad y por el otro a profesar una fe basada en un orden político sobre el cual la tradición ideológica de los dirigentes se sustenta en el catolicismo y cristianismo.

En síntesis, pese a las posiciones que la iglesia tiene sobre la inclusión de la población y parejas del mismo sexo, las tendencias de la sociedad moderna, y como referente naciones donde se acepta la unión marital, indican que en un mediano plazo, se darán mayores derechos a los homosexuales en Colombia; esto hace parte de un proceso de culturización, inclusión y desarrollo social; y sin tener interés en crear o gestar una postura a favor o en contra, lo mas posible es que las empresas, instituciones de educación, entidades estatales e incluso instancias gubernamentales, entre otras, tendrán que dar participación igualitaria a los tres géneros (hombres, mujeres y otros), es en este sentido, es donde los derechos de las personas se verán o no afectados por dar prelación ante un genero más que a otro.

Referencias

Constitución Política de Colombia de 1991. Republica de Colombia. En línea: http://web.presidencia.gov.co/constitucion/index.pdf

David Córdoba García. (2003). Identidad sexual y performatividad. Athenea Digital, núm. 4: 87-96 (otoño) Universitat Autónoma de Barcelona.

De los Ríos y Otros. (2007). EL DERECHO A LA LIBRE OPCIÓN SEXUAL. Univ. Estud. Bogotá (Colombia) N° 4: 23-49, enero-diciembre de 2007. Pontificia Universidad Javeriana. Bogotá.

Miller, J. (1993). La Pasión de Michel Foucault. Editorial Andres Bello. Barcelona.

Sentencia T-725 de 2004 Corte Constitucional. Magistrado Ponente:Dr. Rodrigo Escobar Gil. Bogotá, D. C., treinta (30) de julio de dos mil cuatro (2004).

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