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¿LOS PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES SON NORMAS?


Enviado por   •  17 de Febrero de 2012  •  1.002 Palabras (5 Páginas)  •  1.084 Visitas

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Inicialmente para desarrollar la pregunta objeto de la relatoría, debo precisar que es un principio es una axioma que plasma una determinada valoración de justicia, sobre las que se construyen las instituciones del Derecho y que en momento histórico determinado informa del contenido de las normas jurídicas de un Estado. Se establece que un principio es la base de una garantía.

El autor puntualiza que los principios constitucionales son reglas básicas que guía el funcionamiento coherente y equilibrado de la estructura de una Constitución formal de un Estado determinado.

Los principios constitucionales son fundantes del sistema jurídico, éstos impulsan a garantizar la formación, vigencia del orden de un Estado. Las normas son disposiciones que fijan obligaciones, prohibiciones y que tiene por objeto regular u ordenar de forma directa la vida humana, la realidad social.

Como reza el artículo primero de nuestra Constitución Política de 1991, Colombia es un Estado Social de Derecho… fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general. El titulo primero de la Carta enuncia los principios fundamentales del Estado Colombiano, con la finalidad de establecer las bases de la organización política, expresadas en el ámbito social, económico, cultural, etc.; promulgando la soberanía nacional en cabeza del pueblo, siendo exclusiva, en la cual emana su poder político.

Los principios constituyen lineamientos generales, un ejemplo es el artículo 1 de la Constitución, la dignidad humana, es el principio predominante en el Estado Social de Derecho, de nuestro estado colombiano, en el cual se fija los parámetros para la conducta de los órganos e instituciones de Estado y de la sociedad. La función creativa de los principios , es la que se consagra en nuestra Constitución en el título I "De los principios fundamentales", ya que son fuente formal y material por excelencia del ordenamiento, y en este caso, señalan las "pautas que deben acatarse en la elaboración, modificación y derogatoria de las normas", y por esto, esta función debe dirigir a los órganos encargados de la producción jurídica. Es así, como el principio fundamental de la Constitución es el respeto por la dignidad humana, consagrado en el art. 1º Constitución Política. El principio de principios en nuestro sistema jurídico es el respeto por la dignidad humana, y que desde que fue introducido en nuestra Carta Política, sólo adquirió un carácter positivo, más no su juridicidad, porque ésta la tenía aún antes de su positivización.

El principio de principios del derecho es la Justicia, enunciado por Aristóteles como "el derecho debe ser justo y su aplicación equitativa" y por Ulpiano como "Estos son los preceptos del derecho: vivir honestamente, no dañar al prójimo, dar a cada uno lo suyo".

Las normas jurídicas deben adecuarse a los cambios generados por los fenómenos sociales, desatando modificaciones en el proceso de poder, en aras que el derecho sea reflejo, que constituya un dispositivo de control social y pregone condiciones de vida en dignidad.

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