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¿Quienes Ejercen El Derecho?


Enviado por   •  10 de Octubre de 2014  •  1.896 Palabras (8 Páginas)  •  210 Visitas

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La Deontología es conocida también bajo el nombre de “teoría del deber” y al lado de la Axiología es una de las dos ramas principales de la ética normativa, por lo tanto la Deontología trata del espacio de la libertad del hombre sólo sujeto a la responsabilidad que le impone su conciencia.

ESTUDIANTE DE DERECHO

FUNCIONES Y DEBERES DE ACUERDO A LA DONTOLOGÍA JURÍDICA

Asistir a todas las clases de enseñanza-aprendizaje

Ajustarse a los planes de estudio y exámenes.

Conocer las asignaturas de la carrera.

Respetar a todos sus tutores o profesores.

Conocer las estrategias educativas, métodos y técnicas de enseñanza

Aprender con responsabilidad el proceso de formación y adquisición de conocimientos.

Respetar la libertad de conciencia, las convicciones religiosas y morales, así como la dignidad, integridad de todos los miembros de la comunidad educativa.

Respetar el ejercicio del derecho al estudio de sus compañeros.

ACADÉMICOS DEL DERECHO

La programación y la enseñanza de las áreas, materias y módulos que tengan encomendados.

La evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado, así como la evaluación de los procesos de enseñanza.

La tutoría de los alumnos, la dirección y la orientación de su aprendizaje y el apoyo en su proceso educativo.

La coordinación de las actividades docentes, la gestión y de dirección que le sean encomendadas.

La investigación, experimentación y la mejora continua de los procesos de enseñanza correspondiente.

Asistir a las clases teóricas y prácticas de sus alumnos.

Defender los derechos y exigir los deberes del alumnado.

Respetar al alumnado en todos sus aspectos.

Respetar los objetivos del proyecto educativo

Informar a sus superiores, cualquier incidencia que se produzca en el centro de estudios.

Preparar las clases y llevar a cabo las programaciones de aula adecuadamente.

ABOGADOS POSTULANTES

Descubrir la verdad legal en los múltiples asuntos del derecho que sistematizan los códigos.

Proteger el libre ejercicio de las garantías individuales

Brindar asesoramiento y representación sobre cuestiones jurídicas.

Encargarse de la dirección y atención de litigios entre particulares que lleguen al ámbito judicial.

Asistir a sus clientes en la negociación de acuerdos en caso de conflicto de intereses.

Brindar asesoramiento sobre múltiples cuestiones de derecho y emprender acciones legales en su representación.

Preparar alegatos de querellante o del acusado y someterlos a los tribunales.

Examinar las circunstancias en que concurren los conflictos o delitos denunciados a fin de determinar los hechos y definir sus consecuencias jurídicas.

Atender de forma personalizada.

Servir con eficacia el desempeño sin sacrificar la libertad de conciencia del abogado.

No prometer el éxito a toda costa y saber aceptar una transacción justa.

Velar por la conducta correcta y respetuosa del cliente para con el Juez.

Velar por el progreso, prestigio y prerrogativas de la profesión de abogado.

Mantener la disciplina profesional.

Encontrar la verdadera interpretación de las normas jurídicas.

Actuar que probidad, lealtad y veracidad.

Respetar a los órganos administrativos y jurisdiccionales.

Tramitar con celo y diligencia todos los asuntos.

Estar actualizado en todas las Leyes y cambios de Leyes.

SERVIDORES PÚBLICOS

El Servidor Público es la persona que desempeña un empleo, cargo o comisión subordinada al Estado, en cualquiera de sus tres Poderes, independientemente de la naturaleza de la reacción laboral que lo ligue con el área a la cual presta sus servicios, obligada a apegar su conducta a los principios de legalidad, lealtad, honradez, imparcialidad y eficiencia.

Los Servidores Públicos únicamente pueden hacer aquello que expresamente les faculta la Ley.

ARTICULO 8.- Todo servidor público tendrá las siguientes obligaciones:

I. Cumplir el servicio que le sea encomendado y abstenerse de cualquier acto u omisión que cause la suspensión o deficiencia de dicho servicio o implique abuso o ejercicio indebido de un empleo, cargo o comisión;

II. Formular y ejecutar los planes, programas y presupuestos correspondientes a su competencia, y cumplir las leyes y la normatividad que determinen el manejo de recursos económicos públicos;

III. Utilizar los recursos que tenga asignados y las facultades que le hayan sido atribuidas para el desempeño de su empleo, cargo o comisión, exclusivamente para los fines a que están afectos;

IV. Rendir cuentas sobre el ejercicio de las funciones que tenga conferidas y coadyuvar en la rendición de cuentas de la gestión pública federal, proporcionando la documentación e información que le sea requerida en los términos que establezcan las disposiciones legales correspondientes;

V. Custodiar y cuidar la documentación e información que por razón de su empleo, cargo o comisión, tenga bajo su responsabilidad, e impedir o evitar su uso, sustracción, destrucción, ocultamiento o inutilización indebidos;

VI. Observar buena conducta en su empleo, cargo o comisión, tratando con respeto, diligencia, imparcialidad y rectitud a las personas con las que tenga relación con motivo de éste;

VII. Comunicar por escrito al titular de la dependencia o entidad en la que preste sus servicios, las dudas fundadas

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