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ANÁLISIS DE LAS FACILIDADES ADMINISTRATIVAS EN EL SECTOR AGRÍCOLA-GANADERO


Enviado por   •  25 de Febrero de 2015  •  4.412 Palabras (18 Páginas)  •  416 Visitas

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ANÁLISIS DE LAS FACILIDADES ADMINISTRATIVAS EN EL SECTOR AGRÍCOLA-GANADERO

REVISAR Y ACTUALIZAR

RESUMEN

El presente trabajo tiene la finalidad de investigar y estudiar las facilidades administrativas que se otorgan al sector primario, es decir a todos aquellos contribuyentes que se dedican exclusivamente a las actividades agrícolas, silvícolas y/o ganaderas; así como de las ventajas a las tienen derecho y el por qué de las creación de dichas facilidades a este sector en especifico. Las facilidades administrativas son reglas de carácter opcional al contribuyente, por el que este puede decidir si opta o no por lo establecido en dichas facilidades.

Es importante tener en cuenta que cuando el artículo de una ley no hace mención que se remita a lo dispuesto en las reglas que al efecto emita la SHCP y sin embargo exista una Regla relacionada con dicho artículo esta regla es inaplicable.

Es importante mencionar que en caso de ser aprobada la reforma fiscal propuesta e el 2014, este sector dejaría de existir y todos aquellos que tributan bajo este régimen se incorporarían al régimen general por lo que las Facilidades Administrativas serian inaplicables.

Palabras Claves: Reforma Fiscal 2014, Reglas previstas en las Facilidades Administrativas, Facilidades de Comprobación y Informalidad Tributaria.

Abstract

This work has an aim to study the administrative facilities that are given to the Mexican agricultural sector. This sector is composed of all those taxpayers that are directly dedicated to the farmer industry. The advantages that are given to this sector are the main reason of the existence of these facilities. The Administrative Facilities are rules, which optional to the agricultural sector, this is why they are free to choose if they uses it or not.

It is very important to have in mind that when an article from any law doesn’t mention that you can apply any rules that SHCP proposes, and there is a rule from SHCP related to this article, said rule won’t be applicable.

It is also important to mention that if the new fiscal reform for 2014 is approved, this sector won’t be exiting anymore and all the taxpayers who belong to this regimen will have to migrate to the general regime, that’s why these facilities won’t exist anymore.

Keywords: Fiscal reform 2014, Rules given to the Administrative Facilities, Verification Facilities, Tax Informality.

INTRODUCCIÓN

El régimen simplificado es considerado un régimen fiscal especial de recaudación tributaria, que surgió en 1990 para las personas físicas (PF) bajo el nombre de “Régimen de Bases Especiales de Tributación”. En este periodo el método con el que se realizaban los pagos de impuestos consistía en registrar en un cuaderno las entradas y salidas de dinero y la diferencia entre estas era la base gravable. Referencia bibliográfica

En 1991, las Personas Morales (PM) se incorporaron a este régimen, por lo que surgió el Titulo II-A en la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) denominado en ese entonces “Del Régimen Simplificado de las Personas Morales”. Referencia bibliográfica

Posteriormente en el 2002, mediante la reforma a la LISR el régimen simplificado termina como se había estado manejando y entran nuevas reformas en las que básicamente se dice que solo se considerarán los ingresos y gastos respectivamente cobrados y pagados que está regulado en el Capítulo VII del título II de la LISR con el nombre de “Del Régimen Simplificado”, aplicable a contribuyentes del sector primario, comprendido este como los contribuyentes que se dedican a actividades agrícolas, ganaderas, de pesca y silvicultura, así como para quienes se dedican al transportes terrestre de personas y bienes. Referencia bibliográfica

En el mencionado capítulo se da apertura para la emisión de las nombradas “Facilidades Administrativas” (FA) y que a la letra señala: “El Servicio de Administración Tributaria (SAT), mediante reglas de carácter general, deberá otorgar facilidades administrativas para el cumplimiento de las obligaciones fiscales para cada uno de los sectores de contribuyentes a que se refiere este Capítulo”.

Es así que a partir del 2002 se ha estado publicando anualmente la resolución de las FA en la miscelánea fiscal de una manera periódica, tendientes a lograr un adecuado y sencillo cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

Las FA fueron creadas con el fin de dar seguridad jurídica al sector agropecuario y autotransporte considerando el modo de operación que tienen dichos sectores. Referencia

Conforme han transcurrido los años, la autoridad ha ido disminuyendo y tratando de eliminar los porcentajes que señalan las FA en beneficio de los contribuyentes del sector primario, con el fin de tener una recaudación más eficaz. Referencia

En la actualidad, se está dando la reforma fiscal para el ejercicio 2014 y, en ella se prevén cambios importantes para este sector en cuánto se refiere a las FA, lo que ha ocasionado un inseguridad jurídica contrario a lo que se pretendía al momento de su creación.

Considerando que las FA han tendido a la baja en el transcurso de los años y que se espera un cambio significativo para el siguiente año, es importante analizar el objetivo que persiguen las mismas y a lo que se puede enfrentar el Sector Primario en caso de desaparecer o no darle la seguridad jurídica que todo contribuyente requiere.

REVISIÓN LITERARIA

Legalidad de las Facilidades Administrativas (FA).

Las FA se encuentran referenciadas en diversas disposiciones fiscales y que se enuncian a continuación.

La LISR señala en los artículos 85, segundo párrafo, 133 último párrafo y 136 último párrafo que “El Servicio de Administración Tributaria, mediante reglas de carácter general, deberá otorgar facilidades administrativas para el cumplimiento de las obligaciones fiscales para cada uno de los sectores de contribuyentes a que se refiere este Capítulo”.

El reglamento de la Ley del Impuesto al valor agregado (IVA) en su artículo 77 establece lo siguiente:

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