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Acta Constitutiva Consejo De Trabajadores


Enviado por   •  24 de Abril de 2014  •  4.487 Palabras (18 Páginas)  •  2.303 Visitas

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(PAPEL DE TRABAJO: DOCUMENTO EN ELABORACIÓN, (en las páginas impar van 30 líneas y en las par van 34 con interlineado de 2,0)

ACTA CONSTITUTIVA Y ESTATUTOS SOCIALES CONSEJO DE TRABAJADORAS Y TRABAJADORES DEL BANCO DE VENEZUELA POR UNA VIVIENDA DIGNA. (CTTBDV)

En el día de hoy, el que sea la asamblea, se reunieron en la ciudad de Caracas las ciudadanas y ciudadanos: todos los asociados; venezolanos, solteros, y de este domicilio, con el objeto de constituir una Asociación Civil, como en efecto la constituyen en virtud de este documento y, la cual se regirá por las disposiciones contenidas en los Artículos que en seguida se determinan, redactados con suficiente amplitud para que sirvan a la vez de Acta Constitutiva y Estatutos Sociales.

TÍTULO I

DENOMINACION, DOMICILIO, OBJETO Y DURACION

ARTICULO PRIMERO: La Asociación Civil se denominará CONSEJO DE TRABAJADORAS Y TRABAJADORES DEL BANCO DE VENEZUELA,POR UNA VIVIENDA DIGNA cuyas siglas son: CTTBDV, conformada por cultores y cultoras, científicas, científicos, obreras, obreros, empleadas, empleados, innovadoras, innovadores, trabajadoras y trabajadores en general como expresión del Poder Popular, lo que le da el carácter académico-popular, político-socialista, feminista, humanista, Cristiano, Anti Imperialista y socialista; su domicilio es la ciudad de colocar dirección exacta, pudiendo establecer representaciones u oficinas, cuando así lo decida la Junta Directiva basada en el interés de la ciencia, tecnología, innovación, religión o político-social, en cada entidad federal, región o cualquier unidad de ordenación del territorio del país, las cuales adoptarán la denominación de Capítulos, pudiendo hacer lo propio a nivel internacional; tales instancias tendrán autonomía funcional y administrativa, orientado en los principios de integración nacional y de geopolítica nacional e internacional con miras a la profundización del diálogo fraterno entre los pueblos, su autodeterminación, enajenación, independencia, perfil anti imperialista y el respeto de las libertades de pensamiento. ARTÍCULO SEGUNDO: La Asociación carece de fines de lucro, tiene personalidad jurídica propia, patrimonio propio y autónomo, y estará

capacitada para efectuar todos los actos lícitos, de cualquier naturaleza, que sean necesarios o conducentes para el cumplimiento de sus fines, y siempre que los proventos obtenidos de tales actos, sean utilizados en el cumplimiento del objeto. ARTICULO TERCERO: La Asociación tendrá como principal objeto el siguiente: 1) Desarrollar los principios humanistas, morales y ética socialista y cristiana contenidos en el Proyecto Nacional Simón Bolívar; 2) enmarcar las metas de la Asociación en los cinco (5) objetivos históricos del Proyecto Nacional para la Gestión Bolivariana Socialista 2013-2019 y en las doce (12) líneas estratégicos del Gobierno Nacional para el 2013-2019, 3) Impulsar la democratización y socialización de la ciencia, la tecnología, la innovación y sus aplicaciones a través del intercambio de saberes populares, artesanos, ancestrales, étnicos, culturales, científicos y tecnológicos, obrerita y anti hegemonía imperial, asegurando la participación protagónica y participativa de los Consejos Comunales, de las Comunas, de las Salas de Batallas Sociales, de los Movimientos Sociales, de los Consejos de Trabajadores y/o sindicatos y cualquier otras formas de participación o expresión del Poder Popular, como instancias de gestión para el Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, de manera de materializar el principio constitucional de corresponsabilidad, dando respuesta a las necesidades sociales de la población que oriente la investigación y acción participativa con la intención de buscar la mayor suma de felicidad existencial posible, como derecho individual, colectivo y difuso para un mejor bienestar social, entendido éste como la condición que permite al ser humano la satisfacción de sus necesidades básicas, intelectuales, culturales, espirituales y laborales en un ambiente seguro, sano y ecológicamente equilibrado; 4) Impulsar y apoyar el fortalecimiento del Poder Popular, como instrumento que permita consolidar el proceso de transformación revolucionario; 5) Contribuir con la concienciación de los sectores populares en la defensa integral de la Nación para ejercer la soberanía; siendo científica, tecnológica, innovadora, técnica, laboral, política, social, económicamente sostenible con el cuido ambiental inherente a todo revolucionario, pilares para el desarrollo socio-productivo integral y sustentable, llegando a ser sostenible y siempre generando los procesos doctrinarios y normativos del Poder Popular; 6) Respaldar la articulación entre los sujetos productores de saberes, bienes y servicios con la praxis de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ley Orgánica del Poder Popular y la ley Orgánica de los Consejos Comunales, Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación, la Ley Orgánica para el Trabajo, Trabajadoras y Trabajadores, ley de Simplificación de Trámites Administrativos, ley de Impuestos sobre Sucesiones, Donaciones y demás ramos Conexos, Proyecto Patria para la Gestión Bolivariana Socialista 2013-2019; 7) Promover y apoyar los planes, programas y proyectos que emanen de las instancias de organización y participación de las Trabajadoras y Trabajadores de los sectores populares, público y privado en general, de la academia, de los saberes, de los cultores y cultoras, de lo científico, de lo tecnológico e innovación y todo aquello que puede constituir modernización o transferencia de conocimiento para el Poder Popular, sin menoscabo de las diferentes alternativas de participación establecidas en el ordenamiento jurídico vigente; 8) Proponer, impulsar, hacer seguimiento y documentar los procesos y procedimientos y/o mecanismos destinados a democratizar y socializar la información innovadora, científica, técnica y humanística, tanto en el ámbito nacional como internacional; 9) Estimular la creación de los Observatorios Populares Socialistas en materias de ciencia, tecnología, innovación, laboral e industriales, empresas, cooperativas, asociaciones civiles o comunitarias; brindando acompañamiento con la intención de garantizar la sistematización de la información y la contraloría social por parte del Poder Popular; 10) Ser instrumento de articulación entre el poder constituyente y el poder constituido en las áreas de ciencia, tecnología, innovación y sus aplicaciones para la formación de saberes humanos; 11) Promover e impulsar el conocimiento de la población en cuanto al ordenamiento jurídico sobre ciencia, tecnología, innovación, laboral e industriales, empresas,

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