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Acta Constitutiva De Empresa Mercantil


Enviado por   •  10 de Septiembre de 2013  •  2.469 Palabras (10 Páginas)  •  1.661 Visitas

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CIUDADANO

REGISTRADOR (A) MERCANTIL PRIMERO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR CON SEDE EN PUERTO ORDAZ.

Su Despacho.-

Yo, DICSON VASQUEZ MARQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-24.336.333, suficientemente facultado para este acto por el Acta Constitutiva-Estatuaria, en su Artículo 12. Ocurro respetuosamente ante usted, de conformidad con el artículo 251 del Código de Comercio, para presentar el instrumento constitutivo de la Compañía REFRIGERACION LATINA, C.A., el cual ha sido redactado con amplitud suficiente, para que sirva a su vez de estatutos sociales, firmada en esta misma fecha, a fin de que sirva ordenar su registro, fijación y publicación. La mencionada compañía se ha constituido con un capital que se equivale a la cantidad de QUINIENTOS MIL BOLIVARES EXACTOS (500.000,00 Bs), totalmente suscrito y pagado en su cien por ciento (100%), mediante inventario de bienes, anexos al presente documento para que forme parte integrante del mismo. Solicito que una vez cumplidos los trámites legales correspondientes, me sea expedida copia certificada del Acta Constitutiva- Estatuaria y de la presente participación, a los efectos de cumplir con la publicación de los mismos. Es justicia en la Ciudad de Guayana, a la fecha de su presentación.

DICSON VASQUEZ MARQUEZ

C.I. V-24.336.333

ACTA CONSTITUTIVA- ESTATUARIA DE LA SOCIEDAD MERCANTIL REFRIGERACION LATINA, C.A.

Entre, AL HALABI YASIN WAGEH, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 15.930.739, Rif: V-15930739-1 , de este domicilio, y AL HALABI EL AYSAMI AMMAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 20.222.470, Rif: V-20222470-5, de este domicilio; por medio del presente documento declaramos: Hemos convenido en constituir una COMPAÑÍA ANONIMA, la cual en lo sucesivo se regirá por las disposiciones contenidas en el Código de Comercio y en especial por las siguientes clausulas:

CAPITULO I

DENOMINACION, OBJETO, DOMICILIO, Y DURACION

ARTÍCULO 1.- la compañía se denominara REFRIGERACION LATINA, C.A

.

ARTÍCULO 2.- El objeto de la sociedad lo constituye Compra y Venta e Importacion de Linea Blanca, Repuestos, Misceláneos, la Importación, Exportación, Distribución, comercialización. y la realización de todos los negocios y actividades licitas y actos jurídicos relacionados con el objeto principal.

ARTÍCULO 3.- El domicilio de la compañía se encuentra ubicado en el Avenida Guayana, Centro Comercial Zulia Nivel Planta Baja, Local 41 sector Alta Vista Puerto Ordaz, Jurisdicción del Municipio Autónomo Caroní del Estado Bolívar, sin perjuicio de que la Junta Directiva pueda disponer el estacionamiento de sucursales, agencias u oficinas en cualquier lugar de territorio nacional o del extranjero.

ARTICULO 4.- La duración de la compañía es de cincuenta (50) años, contados a partir de la fecha de la inscripción de esta Acta Constitutiva- Estatuaria, por ante el Registrador Mercantil. La Asamblea de Accionistas podrá, previo el cumplimiento de las disposiciones pertinentes del Código de Comercio prorrogar o reducir dicho lapso o decretar la disolución anticipada de la sociedad.

CAPITULO II

CAPITAL SOCIAL Y ACCIONES

ARTICULO 5.- El capital social de la compañía es de QUINIENTOS MIL BOLIVARES EXACTOS (500.000,00 bs), íntegramente suscrito y pagado en un Cien por ciento (100 %), dividido en QUIENIENTAS MIL (100.000) ACCIONES, nominativas no convertibles al portador con un valor nominal de CIEN BOLÍVAR (100,00 bs), cada una. Dicho capital ha sido suscrito por los accionistas de la siguiente manera: AL HALABI YASIN WAGEH, suscribió y pago en su totalidad el DOSCIENTOS CINCUENTA (250) ACCIONES, con un valor nominal de CIEN BOLÍVAR (100,00 bs), cada una, equivalente a la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES EXACTOS (250.000,00 bs); y AL HALABI EL AYSANI AMMAR, suscribió y pago en su totalidad DOSCIENTOS CINCUENTA (250.000) ACCIONES, con un valor nominal de CIEN BOLÍVAR (100,00 bs), cada una, equivalente a la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES EXACTOS 250.000,00 bs); por los accionistas de la compañía, mediante inventario de bienes que se anexa en original para que forme parte integrante de este documento.

ARTÍCULO 6.- Cada acción representa para sus titules, un voto en las Asambleas de la sociedad, quien no reconocerá más de un propietario por cada acción.

ARTÍCULO 7.- Los socios tendrán derecho de preferencia para adquirir las acciones que otros socios desearen vender o ceder, en proporción al número de las que sean titulares; y la intención de venderlas o realizar cualquier negociación que implique su traspaso de propiedad deberá comunicarse a estos por escrito, quienes tendrán el derecho de preferencia para adquirirlas, en un plazo no mayor de TREINTA (30) DIAS, siguientes a la notificación, entendiéndose que el accionista oferente queda en libertad de enajenarlas a terceros, en caso de transcurrir dicho lapso sin que ninguno de los socios haga uso del mencionado derecho preferente y en caso de que la Asamblea de Socios decidiera aumentar el capital Social, igualmente tendrán derecho de preferencia para suscribir las nuevas acciones, siempre en proporción al número de las que sean propietarios.

ARTÍCULO 8.- La propiedad de las acciones y su traspaso respectivo se establecerá y probara mediante su inscripción en el Libro o Libros de Accionistas de la Compañía firmado por el cedente, por el cesionario y por el Presidente y Vicepresidente de la compañía.

CAPITULO III

DE LAS ASAMBLEA

ARTICULO 9.- Las Asambleas serán ordinarias y Extraordinarias, y para la valides de cual quiera de ellas, en primera, segunda u otra convocatoria será necesaria la presencia del cincuenta y Uno por ciento (51%), del capital social.

ARTÍCULO 10.- La convocatoria a las Asambleas Ordinarias o Extraordinaria la hará la Junta Directiva en un diario de amplia circulación nacional, con cinco (5) días de anticipación por lo menos, al fijado para la reunión. Cuando esté representado en cualquier Asamblea, el cien por ciento (100 %), del Capital Social se podrá prescindir de la convocatoria. En toda convocatoria se expresara el objeto,

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