ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Actos Y Hechos Juridicos


Enviado por   •  22 de Septiembre de 2013  •  1.561 Palabras (7 Páginas)  •  444 Visitas

Página 1 de 7

Se llama fianza a aquella garantía que principalmente busca asegurar el cumplimiento efectivo de una obligación, en tanto, el término es empleado, mayormente, con dos sentidos, como garantía real o como garantía personal.

Como garantía personal, la fianza lo que garantizará es el cumplimiento de una deuda o de una obligación a través de la existencia de la figura del fiador, quien es una tercera persona ajena a la deuda, es decir, que no se encuentra involucrada ni con la parte que prestó el dinero, ni con aquella que lo recibió. El fiador lo que hace es garantizar el cumplimiento efectivo de la fianza, incluso, comprometiéndose y asumiendo él mismo aquello que el deudor no asume o no pueda cumplir por si mismo.

A instancias del Derecho Civil, donde nos podemos encontrar con este tipo, el fiador y el deudor resultan ser dos personas diferentes, que se encontrarán ligados a través del llamado contrato de fianza.

Se llama fianza a aquella garantía que principalmente busca asegurar el cumplimiento efectivo de una obligación, en tanto, el término es empleado, mayormente, con dos sentidos, como garantía real o como garantía personal.

Como garantía personal, la fianza lo que garantizará es el cumplimiento de una deuda o de una obligación a través de la existencia de la figura del fiador, quien es una tercera persona ajena a la deuda, es decir, que no se encuentra involucrada ni con la parte que prestó el dinero, ni con aquella que lo recibió. El fiador lo que hace es garantizar el cumplimiento efectivo de la fianza, incluso, comprometiéndose y asumiendo él mismo aquello que el deudor no asume o no pueda cumplir por si mismo.

A instancias del Derecho Civil, donde nos podemos encontrar con este tipo, el fiador y el deudor resultan ser dos personas diferentes, que se encontrarán ligados a través del llamado contrato de fianza.

Se llama fianza a aquella garantía que principalmente busca asegurar el cumplimiento efectivo de una obligación, en tanto, el término es empleado, mayormente, con dos sentidos, como garantía real o como garantía personal.

Como garantía personal, la fianza lo que garantizará es el cumplimiento de una deuda o de una obligación a través de la existencia de la figura del fiador, quien es una tercera persona ajena a la deuda, es decir, que no se encuentra involucrada ni con la parte que prestó el dinero, ni con aquella que lo recibió. El fiador lo que hace es garantizar el cumplimiento efectivo de la fianza, incluso, comprometiéndose y asumiendo él mismo aquello que el deudor no asume o no pueda cumplir por si mismo.

A instancias del Derecho Civil, donde nos podemos encontrar con este tipo, el fiador y el deudor resultan ser dos personas diferentes, que se encontrarán ligados a través del llamado contrato de fianza.

Se llama fianza a aquella garantía que principalmente busca asegurar el cumplimiento efectivo de una obligación, en tanto, el término es empleado, mayormente, con dos sentidos, como garantía real o como garantía personal.

Como garantía personal, la fianza lo que garantizará es el cumplimiento de una deuda o de una obligación a través de la existencia de la figura del fiador, quien es una tercera persona ajena a la deuda, es decir, que no se encuentra involucrada ni con la parte que prestó el dinero, ni con aquella que lo recibió. El fiador lo que hace es garantizar el cumplimiento efectivo de la fianza, incluso, comprometiéndose y asumiendo él mismo aquello que el deudor no asume o no pueda cumplir por si mismo.

A instancias del Derecho Civil, donde nos podemos encontrar con este tipo, el fiador y el deudor resultan ser dos personas diferentes, que se encontrarán ligados a través del llamado contrato de fianza.

Se llama fianza a aquella garantía que principalmente busca asegurar el cumplimiento efectivo de una obligación, en tanto, el término es empleado, mayormente, con dos sentidos, como garantía real o como garantía personal.

Como garantía personal, la fianza lo que garantizará es el cumplimiento de una deuda o de una obligación a través de la existencia de la figura del fiador, quien es una tercera persona ajena a la deuda, es decir, que no se encuentra involucrada ni con la parte que prestó el dinero, ni con aquella que lo recibió. El fiador lo que hace es garantizar el cumplimiento efectivo de la fianza, incluso, comprometiéndose y asumiendo él mismo aquello que el deudor no asume o no pueda cumplir por si mismo.

A instancias del Derecho Civil, donde nos podemos encontrar con este tipo, el fiador y el deudor resultan ser dos personas diferentes, que se encontrarán

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (9 Kb)  
Leer 6 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com