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Administración


Enviado por   •  6 de Junio de 2013  •  475 Palabras (2 Páginas)  •  192 Visitas

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. INTRODUCCION

El presente trabajo trata las

no es más que una ajustada síntesis de un proyecto de ensayo denominado “HACIA UNA NUEVA VISION DE LA FUNCION PUBLICA EN EL PERU”, a través del cual se pretende cuestionar la actual concepción de la Función Pública prevista en los artículos 39°,40°,41° y 42° de la Constitución Política, dado que en vez de referirse a la Función Pública, ratio legis, trata de los Funcionarios y Servidores Públicos, cuando en realidad este capítulo bien concebido debería corresponde a la parte orgánica, por comprender a todos los actos estaduales, llámese legislativos, jurisdiccionales, de gobierno y de la administración propiamente dicha.

CAPÍTULO IV

DE LA FUNCIÓN PÚBLICA

Artículo 39°. Todos los funcionarios y trabajadores públicos están al servicio de la Nación. El Presidente de la República tiene la más alta jerarquía en el servicio a la Nación y, en ese orden, los representantes al Congreso, ministros de Estado, miembros del Tribunal Constitucional y del Consejo de la Magistratura, los magistrados supremos, el Fiscal de la Nación y el Defensor del Pueblo, en igual categoría; y los representantes de organismos descentralizados y alcaldes, de acuerdo a ley.

Artículo 40°. La ley regula el ingreso a la carrera administrativa, y los derechos, deberes y responsabilidades de los servidores públicos. No están comprendidos en dicha carrera los funcionarios que desempeñan cargos políticos o de confianza. Ningún funcionario o servidor público puede desempeñar más de un empleo o cargo público remunerado, con excepción de uno más por función docente.

No están comprendidos en la función pública los trabajadores de las empresas del Estado o de sociedades de economía mixta.

Es obligatoria la publicación periódica en el diario oficial de los ingresos que, por todo concepto, perciben los altos funcionarios, y otros servidores públicos que señala la ley, en razón de sus cargos.

Artículo 41°. Los funcionarios y servidores públicos que señala la ley o que administran o manejan fondos del Estado o de organismos sostenidos por éste deben hacer declaración jurada de bienes y rentas al tomar posesión de sus cargos, durante su ejercicio y al cesar en los mismos. La respectiva publicación se realiza en el diario oficial en la forma y condiciones que señala la ley.

Cuando se presume enriquecimiento ilícito, el Fiscal de la Nación, por denuncia de terceros o de oficio, formula cargos ante el Poder Judicial.

La ley establece la responsabilidad de los funcionarios y servidores públicos,

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