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Amparo Constitucional Materia Laboral


Enviado por   •  7 de Febrero de 2015  •  7.061 Palabras (29 Páginas)  •  307 Visitas

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https://www.youtube.com/watch?v=loNspX4nlhE

Introducción

El presente trabajo tiene como objetivo desarrollar una investigación sobre el Amparo Constitucional en materia Laboral, así como la revisión de las jurisprudencias del Tribunal Supremo de Justicia sobre esta materia, la cual hemos considerado que es bastante abundante. Hemos observado que el Supremo Tribunal ha dado grandes avances, tratando de lograr que este procedimiento sea lo más uniforme, claro y sencillo posible, en atención al principio constitucional consagrado, librándolo de formalidades.

Amparar, proviene del Latín y significa favorecer, proteger, defender. Acogerse al favor o protección de alguien. El amparo es la institución que tiene su ámbito dentro de las normas del Derecho Político o Constitucional y que va encaminada a proteger la libertad individual o patrimonial de las personas cuando han sido desconocidas o atropelladas por una autoridad, sin importar su índole, que actúa fuera del ámbito de sus atribuciones legales, y de esta manera esta haciendo vulnerable las garantías de las personas establecidas en la Constitución o los derechos que ella protege.

El Derecho del trabajo es el más social de todos los derechos, en vista de que este es una rama autónoma que va a regir y a garantizar los derechos más relevantes del hombre, que van más allá de las relaciones pecuniarias o de los intereses entre las partes o terceros. Entre estos derechos podemos mencionar el derecho al empleo, el derecho al salario justo, el derecho a las 8 horas de trabajo a la estabilidad, libertad sindical entre otros que se encuentran consagrados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. El recurso de amparo viene a constituir el medio de rescate de algunos de estos derechos, que se hayan visto violados con la finalidad de proteger los intereses del trabajador

El amparo laboral es entonces la protección de los derechos y garantías de las personas en materia del Derecho Laboral. Es de gran importancia el amparo laboral por cuanto constituye el mecanismo de protección de los trabajadores cuando sus esferas jurídicas se ven afectadas o perturbadas por un tercero quien excediéndose de sus funciones o valiéndose de su autoridad atenta contra sus derechos. Derechos que por su naturaleza y su relevancia trasciende las relaciones individuales de las partes y se desprenden prerrogativas y garantías para la proyección de los mismos, que son inseparables del ser humano.

La importancia de este trabajo radica en que como futuros defensores de los derechos de las personas debemos conocer los mecanismos existentes para la defensa de los mismos y en este caso en materia laboral.

Para la realización de este trabajo fue necesaria la recopilación de material e información sobre el amparo y el amparo en el derecho laboral, basándonos en la constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la LOTTT, Ley Organica de Amparo sobre Derechos y Garantias Constitucionales, Jurisprudencias en materia Laboral, expediente laborales e Internet

EL AMPARO CONSTITUCIONAL:

El Amparo Constitucional es un derecho que tienen todas las personas de acudir a los tribunales para ser amparadas y protegidas cuando sientan que sus derechos, garantías constitucionales o cualquier derecho susceptible de protección, han sido violados o existe el peligro cierto de violación, a objeto de que se reestablezca la situación jurídica infringida.

La Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, sancionada en fecha 27 de septiembre de 1988, mediante Gaceta Oficial No. 34.060, conjuntamente con la nueva Constitución de 1999, regulan la materia de Amparo Constitucional, desde entonces esta ha tenido importantes transformaciones.

El amparo puede definirse como aquel procedimiento de carácter jurisdiccional, extraordinario y de gran flexibilidad formal para la protección de los derechos consagrados constitucionalmente, tendente a lograr el restablecimiento de los mismos de una manera efectiva e inmediata.

Establece el artículo 27 de la Constitución:

Artículo 27. Toda persona tiene derecho a ser amparada por los tribunales en el goce y ejercicio de los derechos y garantías constitucionales, aun de aquellos inherentes a la persona que no figuren expresamente en esta Constitución o en los instrumentos internacionales sobre derechos humanos. (…)

La acción de amparo constitucional es un mecanismo extraordinario destinado a restablecer los derechos y garantías de rango constitucional vulnerados o amenazados, constituyendo una vía sumaria, breve y eficaz, cuyo empleo no está permitido si el quejoso dispone de otros medios ordinarios idóneos para proteger sus derechos.

En este orden de ideas, según el primera parte del artículo 27 de la Carta Magna, el procedimiento de la acción de amparo constitucional será oral, público, breve, gratuito y no sujeto a formalidad, y la autoridad judicial competente tendrá potestad para restablecer inmediatamente la situación jurídica infringida o la situación que más se asemeje a ella. Todo tiempo será hábil y el tribunal lo tramitará con preferencia a cualquier otro asunto.

Características del Amparo Constitucional.

El procedimiento de amparo es oral, el debate se lleva a cabo mediante la celebración de una audiencia oral y pública.

Es breve: porque todo el tiempo será hábil y el tribunal dará preferencia al trámite del amparo sobre cualquier otro asunto.

Es gratuito: porque el Estado garantizará la gratuidad de la justicia en general, y en particular de este procedimiento, lo que en la práctica se traduce en la exención del pago, arancel o tributo alguna en la tramitación de dichas solicitudes.

No está sujeto a ninguna formalidad: porque se caracteriza por la simplificación de las formas procesales y su tramitación se desarrolla sin incidencias, formalismos ni reposiciones inútiles.

La acción de amparo procede contra normas, contra actos administrativos de efectos generales y particulares, contra sentencias y resoluciones emanados de los órganos jurisdiccionales, contra actuaciones materiales, vías de hecho, abstenciones u omisiones de las autoridades o particulares que violen o amenacen violar un derecho constitucional, cuando no exista un medio procesal breve, sumario y eficaz acorde con la protección constitucional.

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