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Amparo Por Omisión De Laudo


Enviado por   •  1 de Junio de 2014  •  1.273 Palabras (6 Páginas)  •  399 Visitas

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Quejoso: CALDERÓN GUILLÉN IGNACIO

Autoridad Responsable: JUNTA ESPECIAL NÚMERO TRES DE LA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE EN EL ESTADO

DEMANDA DE AMPARO

C. JUEZ DE DISTRITO EN TURNO.

P R E S E N T E.

LIC. MARÍA JOSÉ ROMERO CASTRO, en mi carácter de apoderada del hoy quejoso, personalidad que tengo debidamente acreditada y reconocida ante la Autoridad Responsable en el juicio laboral con número de expediente 3B-2690/2012, autorizando en términos del artículo 47 de la Ley de Amparo a los Licenciados José Joaquín Langarica López y Cristian Vallejo Ibarra, señalando como domicilio para oír y recibir todo tipo de subsecuentes notificaciones el ubicado en Nicolás Bravo s/n, esquina Corregidora, colonia Centro Histórico, en esta Ciudad, con el debido respeto comparezco a exponer:

Que por medio del presente escrito vengo a solicitar el AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL, por considerar que se viola en mi perjuicio la Garantía Individual consagrada en el artículo 17 Constitucional, en contra de la Autoridad a la que me refiero al dar cumplimiento a los dispuesto por el artículo 116 de la Ley de Amparo.

I. NOMBRE Y DOMICILIO DEL QUEJOSO: IGNACIO CALDERÓN GUILLÉN, con domicilio en Nicolás Bravo s/n, esquina Corregidora, colonia Centro Histórico, CP 58000, en esta Ciudad.

II. NOMBRE Y DOMICILIO DEL TERCERO PERJUDICADO: SEGURIDAD, PREVENCIÓN Y ESTRATEGIA EN CONTRA DE ILÍCITOS, S.A. DE C.V., con domicilio en Trabajadores de Agricultura número 181, colonia Fovissste José María Morelos o Fovissste Morelos, CP 58120, en esta Ciudad.

III. AUTORIDAD RESPONSABLE: La H. Junta Especial Número Tres de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado, con domicilio en Av. Lázaro Cárdenas número 950, colonia Ventura Puente, CP 58020, en esta Ciudad.

IV. ACTO RECLAMADO: La omisión por parte de la autoridad responsable de dictar el laudo dentro del expediente número 3B-2690/2012.

Bajo protesta de decir verdad manifiesto que los antecedentes que constituyen el acto reclamado se encuentran insertos en el expediente laboral número 3B-2690/2012 de la Junta Especial Número Tres de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado.

H E C H O S

1.- Mediante escrito de fecha 30 de Octubre de 2012 y presentado ante la Oficialía de Partes Común de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje con residencia en esta Ciudad en fecha 09 de Noviembre de 2012, promoví ante la Junta Especial Número Tres juicio en contra de la empresa SEGURIDAD, PREVENCIÓN Y ESTRATEGIA EN CONTRA DE ILÍCITOS, S.A. DE C.V., reclamándoles diversas prestaciones, radicándose con el número de expediente 3B-2690/2012.

2.- Previos los trámites de Ley, se señalaron las nueve horas del 17 de Mayo de 2013 para que tuviera verificativo la Audiencia de Conciliación, Demanda y Excepciones, Ofrecimiento y Admisión de Pruebas a que se refiere el artículo 873 de la Ley Federal del Trabajo, dentro de la cual la parte demanda no se presentó a defender sus derechos en juicio no obstante de encontrarse legal y debidamente notificada.

La audiencia a la que hago referencia en el párrafo que antecede fue celebrada con la certificación de la Secretaria de Acuerdos, licenciada Yolanda Pulido Rodríguez, en el sentido de que no se encontraba presente la parte demandada a pesar de haber sido legal y debidamente emplazada a juicio, así como que dentro del mismo no quedaban pruebas pendientes por desahogar.

3.- En esa misma fecha y en razón de lo anterior, la Secretaria de Acuerdos, licenciada Yolanda Pulido Rodríguez, concedió a las partes el término legal de 3 días para la formulación de alegatos.

4.- Transcurrido el término legal para la formulación de los alegatos, la hoy responsable ordenó fueran turnados los autos para la elaboración del proyecto de resolución en forma de Laudo.

5.- A la fecha, la Junta Especial Número Tres de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado no ha dictado la resolución en forma de Laudo, causando con ello un perjuicio a mi representado.

V.- PRECEPTOS CONSTITUCIONALES VIOLADOS: El artículo 17

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