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Antecedentes Constitucionales De La Educación En México En Los años 1857, 1917, 1934, 1946, 1980, 1992 Y El Periodo 1993-2000


Enviado por   •  6 de Agosto de 2011  •  2.272 Palabras (10 Páginas)  •  4.540 Visitas

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INTRODUCCION

En la actualidad la base del desarrollo económico es la educación, como nos dice, Víctor Hugo Venezuela Rosenguaig es su obra; “Los sistemas de calidad en las instituciones educativas”; En la actualidad no cabe duda que uno de los aspectos claves para el desarrollo de los pueblos en su educación.

Como el gobierno se dio a la tarea de ofrecer la educación básica de forma gratuita, es tiempo de analizar sus reformas a la constitución que hablan de educación desde el año 1857 al 2003.

Está estipulado en la constitución actual, que la educación debe ser de manera gratuita, pero olvida que para conseguir mantener en buen estado una escuela, o mejor dicho un plantel educativo, se requiere de sustento económico, que el estado no satisface al cien por ciento. Es por eso que el gobierno solicita de forma muy sutil las aportaciones a los padres de familia, pero también les recalca que la educación es gratuita y al tomar esta actitud pone al maestro en tela de juicio frente a los padres de familia.

También se dice que la educación debe ser laica, sin embargo nos encontramos con organizaciones educativas con tendencias religiosas, quizás el gobierno no puede ser tan rígido en ese sentido, debido a que de no ser así no podría cumplir con el compromiso constitucional que adquirió en la constitución para con su pueblo.

Al analizar las reformas de la constitución enfocadas a educación, podemos observar como cada presidente durante su estancia en el poder quiere hacer uso de su facultad y quiere implementar un cambio, pero nos damos cuenta que en ocasiones simplemente hace uso de sinónimos para explicar cómo debe ser la educación.

Nos daremos cuenta como en cada reforma existen lagunas o no son muy concretas en lo que se dice de educación, otras se contradicen en lo expuesto, al no cumplir con lo establecido por el propio gobierno.

Algo de lo que si podemos decir es, en nuestro país existe la libertad de enseñanza, claro como todo con ciertas restricciones que tiene la finalidad de velar por el respeto a las instituciones, al ser humano y a la moral.

También se señala que el estado otorga a las instituciones superiores autonomía, gozando de la libertad que ya se dijo, siempre y cuando contravengan los principios establecidos por la constitución.

El artículo referido a educación se presenta en la parte dogmática de la constitución, en lo que son las garantías individuales, en el artículo 3, desde la constitución de 1857 y hasta la actualidad se mantiene en este orden y en ese aspecto no tubo modificación alguna.

Algunas de las garantías que se consagran en este artículo tercero constitucional son:

-Igualdad.

-Libertad de creencias.

-Libertad de asociación.

-Libertad de expresión.

A continuación se dará a conocer sobre un breve análisis de las reformas al artículo tercero, algunas de sus ventajas y desventajas. Y la comparación de lo que era el artículo tercero hace más de un siglo.

ANTECEDENTES CONSTITUCIONALES DE LA EDUCACION

La constitución mexicana vigente está conformada por dos partes conocidas como parte dogmática y parte orgánica.

En la parte dogmática se encuentran las Garantías Individuales, donde se reconocen los derechos y libertades sociales.

Dentro de las Garantías Individuales se menciona un tema importante sobre educación, tema de interés y análisis en esta ocasión, tomando en cuenta las reformas que se han dado desde el año 1857 hasta el año 1993.

Como sabemos la constitución política de los estados unidos mexicanos, también conocida como carta maga, es el documento que nos rige y que ha tenido diversas modificaciones en su contenido, es de observancia general para todo individuo que se encuentre en el país. Según su artículo primero que dice; “Todo individuo gozará de las garantías individuales que otorga esta constitución las cuales no podrán restringirse ni suspenderse, sino en los casos y con las condiciones que ella misma establece”

Una definición de constitución, según el diccionario enciclopédico Visual, nos dice: “es la ley fundamental de un estado que establece esencialmente los derechos y obligaciones de los ciudadanos y de sus gobernantes y la organización del mismo”, con tal definición podemos afirmar que es el documento que establece las condiciones necesarias para que un país este organizado de tal forma que exista el respeto, la tolerancia y demás valores que forman parte de un individuo y de una sociedad en su conjunto.

Para continuar con el análisis de los antecedentes constitucionales de la educación, señalare que la constitución de 1857, que fue publicada el 5 de febrero y estando como presidente Ignacio Comonfort, estaba formada por 8 títulos y 128 artículos, implanto el federalismo y la republica, uno de los artículos más relevantes fue el art. 3, que se refiere a la enseñanza y nos hace mención de que la enseñanza es libre, la ley determina que profesiones necesitan titulo para su ejercicio y con qué requisitos se debe expedir.

Dicha constitución en relación con la educación como que deja mucho que decir puesto que dice que es libre, al utilizar este término podemos caer en un campo muy amplio sobre cómo debe ser la educación y podemos decir que cada quien eduque o enseñe como mejor le acomode o como mejor convenga, pienso que si en la actualidad el art. 3, tiene deficiencias en el año 1857 tenía mucho mas.

Dentro de las reformas, se puede observar la del año de 1917, donde don Venustiano Carranza como presidente, establece el 5 de febrero; “La enseñanza es libre; pero será laica la que se dé en los establecimientos oficiales de educación, lo mismo que la enseñanza primaria, elemental y superior que se imparta en los establecimientos particulares. Ninguna corporación religiosa, ni ministerio de algún culto, podrán establecer o dirigir escuelas de instrucción primaria. Las escuelas primarias particulares solo podrán establecerse sujetándose a la vigilancia oficial. En los establecimientos oficiales se impartirá gratuitamente la enseñanza primaria”. (Constitución de 1917).

Podemos observar como en cada reforma, el art. 3, fue complementándose y aumentando términos que lo harían más especifico en cuanto a la educación,

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