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Antecedentes Del Sistema Juridico


Enviado por   •  1 de Octubre de 2012  •  2.858 Palabras (12 Páginas)  •  851 Visitas

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http://www.flacsoandes.org/dspace/bitstream/10469/1042/1/Tesis_Matilde_Rodriguez.pdf

COMPONENTES DEL SISTEMA JURIDICO

El Sistema Jurídico es el conjunto de leyes y normas vigentes de un país, de toda clase y jerarquía, que forman un sistema unitario y coherente, a cuyo cumplimiento están sujetas todas las personas.

COMPONTENTES DEL SISTEMA JURIDICO

1.- Formal normativo.- En ella se encuentran las leyes formalmente promulgadas, comprende las normas escritas

2.- Estructural.- se integran las normas – no siempre escritas- conformadas o creadas por el contenido que las y los funcionarios que administran justicia le dan a las reglas y principios que se encuentran en el componente formal-normativo, al crear, seleccionar, combinar, aplicar e interpretarlos. De tal manera se puede establecer que en el componente estructural la existencia de normas escritas o no que no necesariamente fueron promulgadas por el órgano legislativo, pero que son aplicadas por quienes administran justicia.

3.- Político-cultural es donde se emplazan las reglas no escritas o no formalmente promulgadas que se van creando del contenido y significado que se le va dando a la ley por medio de la doctrina jurídica, las costumbres, actitudes, tradiciones y conocimiento que la gente tenga de la ley, así como el uso que la gente haga de las leyes existentes, de las que en la vida diaria siguen vigentes aunque hayan sido derogadas y de las relaciones entre las leyes no escritas y las escritas. Es decir, que también en este componente existen normas no escritas, aquéllas que no están formalmente promulgadas. Estos tres componentes están relacionados entre sí de tal manera que se influyen, limitan y/o define al otro. Por tal razón es que no se puede conocer el contenido y efectos que puede tener una determinada ley, una doctrina jurídica si no se toman en cuenta estos componentes.

1 ESTRUCTURA JERARQUICA DEL SISTEMA JURIDICO NORMATIVO PERUANO

Para la doctrina jurídica de Hans Kelsen el ordenamiento jurídico, es el “Sistema de normas ordenadas jerárquicamente entre sí, de modo que traducidas a una imagen visual se asemejaría a una pirámide formada por varios pisos superpuestos. A la vez esta jerarquía demuestra que la norma inferior encuentra en la superior la razón o fuente de su validez. La Constitución Política del Perú, establece una rígida sistematización jerárquica del ordenamiento jurídico peruano, por lo que a continuación pasaremos a conceptualizar todas y cada una de ellas, de acuerdo a su relevancia, en el plano nacional, local y regional:

1.1. EN EL PLANO NACIONAL

A) LA CONSTITUCIÓN

La Constitución viene a ser la norma primaria de nuestro ordenamiento jurídico, constituye el marco dentro del cual deben ubicarse las normas jurídicas. Contiene además entre otros, los principios básicos que permiten asegurar los derechos y deberes de las personas, así como la organización, funcionamiento y responsabilidad del Estado. Esta norma suprema prima sobre cualquier otra norma jurídica y es expedida por el Congreso Constituyente o también por la Asamblea Constituyente, tal como lo demuestra nuestra historia republicana.

Las Constituciones como leyes fundamentales de los Estados, sistematizan y ordenan el poder político. A partir de ella se desprenden todas las demás normas que integran el ordenamiento jurídico del Estado, así como los derechos y deberes fundamentales de la sociedad, por lo tanto, es el cuerpo normativo de mayor jerarquía de un país u Estado.

Así también, podemos señalar que la Constitución es uno de los aportes que ha adquirido mayor importancia histórica. Desde el punto de vista jurídico es la norma suprema, Ley de Leyes que establece el marco de los criterios orientadores del sistema jurídico del país. A decir de Jurista Hans Kelsen, la Constitución es la base sobre la cual se estructura un sistema jerárquico de leyes, que permite la organización y el normal desenvolvimiento del Estado y de la sociedad. La pirámide jurídica y la certeza de la subordinación de unas normas a otras, son la mayor garantía de sistemas políticos que funcionan en base a la seguridad jurídica y la credibilidad de las normas.

En el Perú a lo largo de nuestra historia hemos tenido 13 constituciones, siendo la primera la Constitución de Cádiz de 1812 y la última Constitución aprobada y que actualmente nos rige de 1993.

a.1) Partes de la Constitución

Nuestra Constitución Política del Perú se inicia con el PREÁMBULO: que viene a los principios básicos que rigen el Estado, en él se recoge una proclamación filosófica y poética de los ideales y valores más sentidos; recoge sintéticamente postulados doctrinarios, principios y valores que desarrolla en su artículo la Ley Superior. Algunas de sus características son:

 El sujeto creador de la Constitución es el pueblo como poder constituyente originario, que adquiere realidad con la aprobación directa de la Constitución mediante referéndum popular.

 El señalamiento a la refundación de la república como son supremo del constituyente, en función de la realización de un amplio abanico de principios, intenciones y valoraciones, que se especifican luego en la normativa constitucional.

Nuestra Carta Política se divide en dos partes:

 Parte Dogmatica.- Tiene validez universal, señala los derechos de las personas, referida a la forma del Estado y os regímenes de los derechos, deberes y las garantías constitucionales.

 Parte Orgánica.- Referida a la estructura del Estado, poderes, atribuciones, funciones, protección de la Constitución y las modalidades para su reforma.

Dentro del sistema legislativo, la Constitución Política es la norma jurídica de mayor jerarquía; la misma que se sostiene en sí misma a diferencia de las otras normas que se sustentan en la constitución para garantizar dicha supremacía, existen mecanismos de defensa como el control difuso ejercido por los jueces y las garantías constitucionales, tales como los procesos de hábeas corpus para la defensa de los derechos fundamentales asociados a la libertad individual; de hábeas data, para la defensa de los derechos fundamentales asociados a la libertad de información; de amparo, para la defensa de los demás derechos fundamentales; de inconstitucionalidad, para verificar la constitucionalidad de las leyes; y popular, para supervisar la constitucionalidad y legalidad de los reglamentos administrativos. A grandes rasgos la Constitución puede

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