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Apeo O Deslinde


Enviado por   •  3 de Junio de 2013  •  517 Palabras (3 Páginas)  •  1.286 Visitas

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Procedencia

Artículo 3.30.- El Apeo o deslinde tiene lugar cuando no se hayan fijado los límites que separan un predio de otro u otros o que, habiéndose fijado, haya motivo fundado para creer que no son exactos.

Legitimación

Artículo 3.31.- Tienen derecho para promover el apeo o deslinde:

I. El propietario;

II. El poseedor con título bastante para transferir el dominio;

III. El usufructuario.

Contenido de la solicitud

Artículo 3.32.- La solicitud de apeo o deslinde deberá contener:

I. La ubicación del inmueble y su denominación, si la tuviere;

II. En su caso, la parte o partes específicas sobre las que se pretenda llevar a cabo;

III. Los nombres de los colindantes;

IV. El sitio donde están y donde deban colocarse las señales, y si éstas no existen, el lugar donde estuvieron;

V. Designación de un perito.

Documentos y planos

Artículo 3.33.- A la solicitud se acompañarán los planos, títulos de propiedad y demás documentos que sean necesarios para la práctica de la diligencia.

Notificación a los colindantes y señalamiento de fecha y lugar para la diligencia.

Artículo 3.34.- Presentada la promoción, el Juez la mandará notificar a los colindantes, para que dentro de tres días exhiban los títulos o documentos de su posesión y nombren perito si quisieren hacerlo, y señalará día, hora y lugar para que tenga verificativo la diligencia de apeo o deslinde.

Identificación de puntos

Artículo 3.35.- Si fuere necesario identificar alguno o algunos de los puntos de deslinde, los interesados podrán presentar dos testigos de identificación por cada uno, a quienes se examinará en el lugar y hora de la diligencia.

Diligencia de apeo o deslinde

Artículo 3.36.- El día y hora señalada, el Juez y Secretario, estando presentes los peritos, testigos de identificación e interesados, se llevarán a cabo la diligencia conforme a las reglas siguientes:

I. Se practicará el apeo o deslinde, asentándose acta en que consten todas las observaciones que hicieren los interesados;

II. La diligencia no se suspenderá por virtud de simples observaciones, sino en el caso de que alguna persona presente en el acto un documento debidamente registrado que

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