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Enviado por   •  6 de Febrero de 2013  •  1.392 Palabras (6 Páginas)  •  470 Visitas

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Las normas implican un conjunto de reglas o leyes que determinan el comportamiento y deben ser cumplidas por un determinado individuo en un específico lugar y tiempo. Existen distintos tipos de normas, dependiendo de quién las promulgue, ante quién deban respetarse, quién es el encargado de ejercer el castigo por incumplimiento, hacia quiénes son destinadas y de quién se espera su obediencia.

Normas sociales: estas normas son dictadas a partir de una serie de costumbres, tradiciones, y modas que prevalecen en una sociedad en particular y frente a la cual los sujetos deben responder con su cumplimiento. Estas reglas surgen de manera espontánea tras la repetición de determinadas costumbres a lo largo del tiempo pero no por esto no son percibidas por el individuo, a quien se las imponen, como no obligatorias. En caso de que un miembro de la sociedad, del que se espera que las respete, no lo haga, puede ser castigado con el rechazo y repudio social.

Normas religiosas: estas normas devienen de Dios, quien las destina a todos los seres humanos, quienes deben responder ante él con su cumplimiento. A pesar de esto, su cumplimiento se espera por parte de la comunidad de los creyentes. En caso de que no cumplan con las normas divinas, el individuo será castigado con la conciencia del pecado.

Normas morales: estas normas, a diferencia de las anteriores, no son dictadas por nadie más que por el propio individuo, es por esto que están destinadas a sí mismo y responden a la propia conciencia. Las normas morales, en caso de no ser obedecidas por el individuo, este será castigado con su propio remordimiento.

Normas jurídicas: estas leyes son formuladas por el poder legislativo y son dirigidas para todos los individuos de una comunidad política en particular, de quienes se espera su cumplimiento. El individuo debe responder, en caso de su incumplimiento, ante un tribunal y será castigado con aquello que dictamine la ley.

Tipos de normas Vínculo Albedrío Fuerza Valoración

MORALES Unilaterales Autonomía Incoercibles Interioridad

SOCIALES Unilaterales Heteronomía Incoercibles Exterioridad

RELIGIOSAS Unilaterales Autonomía Incoercibles Interioridad

JURÍDICAS Bilaterales Heteronomía Coercibles Exterioridad

Unilateralidad: significa que establece solamente deberes, por lo tanto, una persona no puede exigir un derecho a otro.

Por ejemplo: una persona salude a otra, no significa que le deba ser retribuido el saludo, más allá de que sea una regla de buena educación.

Bilateralidad: significa que a la vez que establece obligaciones para uno, concede facultades para otro. El deber se impone en función de los derechos de los demás individuos, es decir, que a la vez que establece obligaciones para unos, concede facultades para otros. Cuando la norma le dice al deudor que debe pagar, le está acordando al acreedor la facultad de cobrar. Esto es de esencia del Derecho; éste se refiere siempre a dos sujetos, pone en relación dos partes; determina la conducta de uno en función de la actividad ajena.

Ejemplo: un estudiante le presta un texto a otro. El que recibe el préstamo tiene la obligación de devolverlo en tiempo y forma y el que realizó el préstamo tiene la facultad de exigir el préstamo del mismo.

Autonomía: significa respetar algo que surge del convencimiento del propio sujeto, autorregulación.

Ejemplo: no mentir.

Heteronomía: significa que la norma le es impuesta a las personas desde fuera, no surge del propio sujeto.

Ejemplo: la moda, el pago de impuestos, las normas de tránsito.

Coercibilidad: significa que si no se cumple la norma, existe la posibilidad de recurrir a la fuerza. Es la sanción en potencia, actúa como elemento persuasivo, en tanto encauza la conducta de las personas.

Ejemplo: el que no pague en fecha la contribución inmobiliaria sufrirá recargos y multas.

Incoercibilidad: significa que no existe la posibilidad de usar la fuerza en caso de incumplimiento de la norma.

Ejemplo: no se puede imponer por la fuerza dar una limosna a quien lo solicita.

Interioridad: significa que rige los actos internos, pensamientos e intenciones. Pero no basta con que sean buenos pensamientos si estos no se plasman en actitudes.

Ejemplo: en el marco de una religión son importantes los actos de fe y la fe misma.

Exterioridad: significa que las normas jurídicas rigen la actividad externa de las personas, lo que no quiere decir que no se tome en cuenta la intencionalidad.

Por ejemplo: quien comete un delito con intención de daño o premeditación, será sancionado de manera distinta a quien lo realice sin intención de hacerlo.

http://sociologiaderecho11.blogspot.mx/2011/03/caracteristicas-de-las-normas-de.html

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