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Aproximacion Del Derecho Penal Como Mecanismo De Control Social Y Critica A La Funcion Represiva


Enviado por   •  6 de Marzo de 2012  •  678 Palabras (3 Páginas)  •  1.185 Visitas

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Relaciones Humanas

Relaciones de hecho de vida, los contactos o lazos de todo tipo que establecen en la vida social entre los miembros de la comunidad.

Son las dedicadas a crear y mantener entre los individuos relaciones cordiales, vínculos amistosos, basados en ciertas reglas aceptadas por todos y fundamentalmente, en el reconocimiento y respeto de la personalidad humana.

A pesar que todos los seres humanos no pensamos igual tratamos en lo posible de entendernos para poder convivir en armonía.

Relaciones Jurídicas

Es el vínculo que une a dos o más personas, respecto a determinado bienes o intereses y orgánicamente regulada por el derecho, como cauce para la realización de una función social merecedora de tutela jurídica.

Se le conoce como aquellas relaciones humanas que son reguladas por el derecho o que sin estarlo producen consecuencias jurídicas. Ejemplo: contrato laboral y el contrato de arredramiento.

Es el elemento más importante desde el punto de vista del derecho subjetivo y produce consecuencias jurídicas. Toda relación jurídica es una relación social, pero no toda relación social es una relación jurídica.

Hay cuatro tipos de relaciones jurídicas:

1. Relaciones obligatorias: el deber de cumplir los derechos del otro sujeto (devolución del préstamo al banco).

2. Relaciones jurídicas reales: el derecho de cobrar como considere oportuno el propietario de los bienes que posee y que tal derecho forma parte de los derechos reales (derecho de propiedad).

3. Relaciones familiares: dirigidos a garantizar el marco de estas instituciones (derecho de alimento entre parientes).

4. Relaciones Hereditarias o sucesorias: derechos y deberes de los sucesores de una persona fallecida.

Podemos decir que la relación jurídica es el nexo o vínculo que se establece entre dos o más personas (sujetos de derechos) a raíz de un acontecimiento (hecho jurídico) al cual la norma jurídica atribuye determinadas consecuencias.

Relaciones Contractuales:

Es un acuerdo de voluntades, verbal o escrita, manifestando en común entre dos o más personas con capacidad (partes del contrato), que se obliga en virtud del mismo, regulando sus relaciones relativas.

Hay un contrato cuando varias personas se ponen de acuerdo sobre una declaración de voluntad común destinado a reglar sus derechos.

Las relaciones contractuales de hecho son relaciones jurídicas iguales a las contractuales,

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