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Auxilio Por Incapacidad


Enviado por   •  27 de Noviembre de 2014  •  561 Palabras (3 Páginas)  •  185 Visitas

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El auxilio por incapacidad como la norma lo define es la prestación de tipo económico que le paga la Eps al afiliado no pensionado que se encuentra inhabilitado para desarrollar sus funciones diarias de trabajo , es decir es un derecho adquirido que tiene las personas, además La incapacidad temporal tiene una enorme incidencia económica para la empresa y el sistema de la seguridad social porque las empresas cuyo trabajador causa baja por la incapacidad temporal, la empresa no abona los salarios pero cotiza a la seguridad social por ese trabajador. La incapacidad temporal también lo paga el sistema de la seguridad social, paga un subsidio al trabajador dado de baja por la incapacidad temporal.es apenas justo que las personas reclamen dicho beneficio toda vez que esa familia se encuentra pasando por una contingencia que no se sabe hasta cuando tenga solución o recuperación en el caso de la persona que es quien lleva el sustento diario a la casa , el desconocimiento de dicha prestación con lleva a menoscabar el día a día de una familia que subsiste de un mínimo , cuando el empleador está cubriendo el pago de la seguridad social , cumpliendo así con sus deberes de empleador , si bien es cierto la es cubre hasta el día 180 y la entidad pensional tendría que cubrir a partir del día 181 , siendo este el competente para pagar pues el empleador está pagando la seguridad social , si bien es cierto además que dicha entidad solicita el concepto favorable para empezar a hacer el estudio y su posterior reconocimiento de pensión , este trámite a veces se demora un montón de tiempo tanto por parte de la Junta regional , como por el trabajador el cual está disfrutando del auxilio de incapacidad , por esto le corresponde a Corresponde al Instituto de Seguros Sociales, Administradora Colombiana de Pensiones COLPENSIONES, a las Administradoras de Riesgos Profesionales ARP, a las Compañías de Seguros que asuman el riesgo de invalidez y muerte, y a las Entidades Promotores de Salud EPS, determinar en una primera oportunidad la pérdida de capacidad laboral y calificar el grado de invalidez y el origen de estas contingencias. En caso de que la persona no esté de acuerdo con la calificación deberá manifestar su inconformidad dentro de los diez (10) días siguientes y la entidad deberá remitirlo a las Juntas Regionales de Calificación de Invalidez del orden regional dentro de los cinco (5) días siguientes, cuya decisión será apelable ante la Junta Nacional de Calificación de Invalidez, la cual decidirá en un término de cinco (5) días. Contra dichas decisiones proceden las acciones legales.

Esto en caso de la enfermedad común en los cuales existe concepto favorable y en los casos en que la persona a asistido a la rehabilitación de la enfermedad , en lo que respecta al concepto favorable es la Eps la encargada de emitir dicho concepto antes de cumplirse el día ciento veinte (120) de incapacidad temporal y enviarlo

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