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Bases Legales De Protección Civil


Enviado por   •  9 de Febrero de 2015  •  5.604 Palabras (23 Páginas)  •  591 Visitas

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1.- BREVE REVISIÓN DE ARTÍCULOS QUE FUNDAMENTAN JURÍDICAMENTE LA ACCIÓN DE PROTECCIÓN CIVIL EN VENEZUELA:

LA PROTECCIÓN CIVIL EN VENEZUELA

En Venezuela, el 7 de noviembre de 1943 a través del Decreto N° 175, se crea la Junta Nacional de Socorro, adscrita al Ministerio de Sanidad y Asistencia Social, con el fin de prestar asistencia a las personas que resultaron afectadas por las inundaciones ocurridas en ese año.

Pasaron 15 años para que, el 21 de mayo de 1958, el mismo Ministerio creara la División de Socorro y Defensa Civil, cuyo comité consultivo, estaba integrado por: la Cruz Roja de Venezuela, la Sanidad Militar, la Gobernación del Distrito Federal, los Seguros Sociales (servicios médicos), el Hospital Universitario y dos miembros del ministerio; posteriormente, se amplió con representantes del Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal, la Asociación Scout de Venezuela, el Radio Club Venezolano y el Aeroclub Caracas.

En julio de 1961 se crea, por Decreto Presidencial, la Comisión Nacional de Socorro, cuyo objetivo principal era coordinar la ayuda y asistencia técnica a sectores y personas afectadas por eventos naturales y/o tecnológicos.

El 29 de julio de 1967 se produce un movimiento sísmico, cuya intensidad en la zona epicentral fue de 8.0 en la escala de Richter y en Caracas 6.5, el cual ocasionó graves daños en el Distrito Federal y numerosas pérdidas humanas; a raíz de este evento se crea el Comando Unificado Médico Asistencial (CUMA), integrado por los organismos de salud del Estado y del Distrito Federal.

Sin embargo, es el 16 de junio de 1969 cuando se emite el Decreto Presidencial número 96, a través del cual se crea un organismo con las bases de la futura Defensa Civil como lo es el Fondo de Solidaridad Social (FUNDASOCIAL). Este organismo tenía por misión la coordinación de las tareas de prevención y las labores de reparación de los daños que pudieran ocasionar eventos en la colectividad.

Como dijimos anteriormente, este organismo fue el primer intento de crear algo parecido a Defensa Civil, por eso el 7 de septiembre de 1971, por el Decreto Presidencial número 702, se crea la Comisión Nacional de Defensa Civil, cuyas funciones serían las de planificar y coordinar las acciones de prevención, educación y reparación de daños que pueda ocasionar cualquier desastre. Esta comisión estaba presidida por el Ministerio de Relaciones Interiores, e integradas por el Ministerio de Obras Públicas (MOP), Ministerio de la Defensa (MD), Ministerio de Transporte y Comunicaciones (MTC), Ministerio de Sanidad y Asistencia Social (MSAS), Oficina Central de Coordinación y Planificación (CORDIPLAN), Cruz Roja de Venezuela y un representante del sector privado.

El 12 de noviembre de 1974 se emiten los Decretos N° 532 Y 533. El primero modificó e Decreto N° 96 Y el segundo estableció que Defensa Civil era parte integrante de la Defensa Civil Nacional además creó las comisiones regionales de Defensa Civil, las cuales funcionaran en cada entidad federal.

A fin de reforzar lo anterior, el 18 de agosto de 1976, se promulgó la Ley Orgánica y Defensa, la cual se refiere en el título V, artículos 27, 28, 29 y 30, a La Defensa civil y establece que el Presidente de la República, oído al Consejo Nacional de Seguridad y Defensa, dictará todas las disposiciones para regular la organización y funcionamiento de la Defensa Civil.

El 10 de agosto de 1979, por Decreto Presidencial No. 231, la Comisión Nacional de Defensa Civil pasó a formar parte del Consejo Nacional de Seguridad y Defensa y adecuó sus funciones a la Organización de la Administración Pública Central. Sin embargo, ante un desastre las organizaciones trabajaban en paralelo, lo cual era totalmente ilógico. Por eso, el 3 de octubre de 1986, por resolución No. 28, se disuelve FUNDASOCIAL, quedando en escena solamente Defensa Civil. Ésta reglamentó sus funciones y actividades el 18 de septiembre de 1996, a través del Decreto Presidencial No. 1.636 y publicado en Gaceta Oficial No. 36.136 de fecha 29 de enero de 1997, el cual contempla el "Reglamento Parcial No. 3 de la Ley Orgánica de Seguridad y Defensa relacionado con la Defensa Civil". El 15 de diciembre de 1999 se aprueba, en Referéndum Nacional, la nueva Constitución de Venezuela, la cual en su Capítulo IV, referido a los Órganos de Seguridad Ciudadana, Art. 332, establece que el Ejecutivo Nacional constituirá: "una Organización de Protección Civil y Administración de Desastres", Es o se hizo efectivo a partir de su aparición en Gaceta Oficial No. 5.557 (Extraordinaria) de fecha 13 de noviembre de 2001, en la cual se indica el "Decreto con Fuerza de la Ley de la Organización Nacional de Protección Civil y Administración de Desastres". A partir de este momento se oficializa el cambio de Defensa Civil por Protección Civil y se establece en dicho decreto los objetivos, misión, y funciones de la nueva organización.

MARCO DE ACCIÓN

PROTECCIÓN CIVIL Y ADMINISTRACIÓN DE DESASTRES

El 15 de diciembre de 1999, la nueva Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, impone al Ejecutivo Nacional la obligación de establecer, de conformidad con la Ley: "una Organización de Protección Civil y Administración de Desastres". Esta se hizo efectiva a partir de 2001 con el "Decreto con Fuerza de Ley de la Organización Nacional de Protección Civil y Administración de Desastres".

Según esta ley: "Protección Civil es el conjunto de disposiciones, medidas y acciones destinadas a la preparación, respuesta y rehabilitación de la población ante desastres".

"La Organización de Protección Civil y Administración de Desastres está especialmente dedicada a prestar la asistencia por parte del Estado y a coordinar la participación ciudadana, frente a situaciones de desastres".

"La Organización de Protección Civil y Administración de Desastres" (nacional, estadales y municipales, cada una de ellas dentro del ámbito de su propia competencia territorial) están dedicadas a:

• Ejecutar la Política Nacional de Protección Civil y Administración de Desastres.

• Garantizar la coordinación de los esfuerzos interinstitucionales.

• Dotar de recursos materiales y equipos.

• Entrenar el personal de Protección Civil.

• Realizar los programas educativos formales e informales, de preparación de la ciudadanía frente a desastres.

Esta

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