CODIGO TRIBUTARIO : IMPUESTO A LA RENTA
Enviado por PERCYAMAYA • 19 de Septiembre de 2012 • 2.872 Palabras (12 Páginas) • 996 Visitas
CÓDIGO TRIBUTARIO
EL TRIBUTO: CONCEPTO
Acepciones del término tributo:
como cuantía de dinero
cómo prestación correspondiente a un deber jurídico del sujeto pasivo
como derecho subjetivo del que es titular el sujeto activo
como sinónimo de relación jurídica tributaria
como norma jurídica tributaria
como norma, hecho y relación jurídica
Concepto:
Prestación pecuniaria, objeto de una relación cuya fuente es la ley, entre
dos sujetos: de un lado el que tiene derecho a exigir la prestación, el
acreedor del tributo, es decir el Estado o la otra entidad pública que
efectivamente, por virtud de una ley positiva, posee ese derecho, y de
otro lado el deudor, o los deudores, quienes están obligados a cumplir
la prestación pecuniaria.
CLASIFICACIÓN DE TRIBUTOS ADOPTADA POR LEGISLACIÓN NACIONAL
BASE LEGAL: Norma II Título Preliminar del TUO del Código Tributario
POTESTAD TRIBUTARIA
Es la facultad del Estado a tráves de la cual está habilitado para crear, modificar, suprimir o eximir de
tributos a los sujetos que se encuentran bajo su jurisdicción (Competencia Legislativa en materia
tributaria)
PRINCIPIOS TRIBUTARIOS
Mandatos prescriptivos que se constituyen como límites objetivos de la
potestad tributaria del Estado.
PRINCIPIOS TRIBUTARIOS
RECOGIDOS EN EL ORDENAMIENTO
NACIONAL
Legalidad tributaria
Reserva de ley
Igualdad
Respeto a los derechos fundamentales de la persona
No confiscatoriedad
PRINCIPIOS TRIBUTARIOS
NO RECOGIDOS EXPRESAMENTE
EN EL ORDENAMIENTO
NACIONAL
Seguridad jurídica
Capacidad contributiva
Beneficio y costo del servicio
BASE LEGAL: Artículo 74° de la Constitución Política del Perú
Norma IV del Título Preliminar del Código Tributario
JERARQUÍA DE LAS NORMAS TRIBUTARIAS
JERARQUÍA DE LAS
NORMAS TRIBUTARIAS
Normas de diferente tipo:
CRITERIOS
Prima la Constitución
Norma de mayor jerarquía
Jerarquía según importancia del funcionario
Normas del mismo tipo y rango:
Norma posterior
Norma especial
VIGENCIA DE LA NORMA TRIBUTARIA EN EL TIEMPO Y EN EL
ESPACIO
VIGENCIA EN EL TIEMPO
Las leyes rigen desde el día siguiente de
su publicación en el diario oficial (salvo
disposición en contra)
Leyes tributarias sobre tributos de periodicidad
anual rigen a partir del primero de enero del año
siguiente al de su publicación
Vínculo entre el Estado y particulares puede
extenderse más alla del ámbito territorial del Estado
EXCEPTO:
Designación agentes de
retención, percepción,
nuevos supuestos de
inafectación, supresión de
tributos
VIGENCIA EN EL ESPACIO TOTMAR EN CUENTA:
Criterios de vinculación
en función a nacionalidad
o domicilio
BASE LEGAL: Norma X del Título Preliminar del Código Tributario
COMPUTO DE PLAZOS: POR MESES O AÑOS Y POR DÍAS
POR MESES O AÑOS
Se cumplen en el mes del vencimiento y en
el día de éste correspondiente al día de inicio
del plazo
Si en el mes de vencimiento falta tal día se cumple
el último día de dicho mes
Se entenderán referidos a días hábiles
NOTA:
Día inhábil se prorroga
hasta el primer día hábil
siguiente.
Medio día laborable se
considera inhábil
POR DÍAS
T
BASE LEGAL: Norma XII del Título Preliminar del Código Tributario
NOTA:
Día inhábil se prorroga
hasta el primer día hábil
siguiente.
Medio día laborable se
considera inhábil
RELACIÓN JURÍDICO TRIBUTARIA
ESTADO
...