ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

El presidente de la republica


Enviado por   •  20 de Septiembre de 2011  •  Tutoriales  •  9.679 Palabras (39 Páginas)  •  739 Visitas

Página 1 de 39

CODIGO CIVIL

DECRETO LEGISLATIVO Nº 295

Promulgado : 24.07.84

Publicado : 25.07.84

Vigencia : 14.11.84

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

Que la Ley Nº 23403 creó la Comisión Revisora del Proyecto de Código Civil preparado por la Comisión establecida mediante Decreto Supremo Nº 95 de 1 de marzo de 1965, y, al mismo tiempo, facultó al Poder Ejecutivo para que, dentro del presente período constitucional y mediante Decreto Legislativo, promulgue el nuevo Código Civil, con cargo de fijar la fecha en que éste debe entrar en vigencia;

Que el artículo 2 de la Ley Nº 23756 dispuso, con la finalidad expresada en su artículo 1, que el nuevo Código Civil podrá ampliar, modificar o derogar disposiciones de códigos u otras leyes diferentes al Código Civil de 1936, en los términos del Proyecto que apruebe la Comisión Revisora creada por la Ley Nº 23403;

Que la mencionada Comisión Revisora ha presentado, para su promulgación, el Proyecto del nuevo CÓDIGO CIVIL, aprobado por ella de conformidad con la Ley Nº 23403 y el artículo 2 de la Ley Nº 23756;

De conformidad con los artículos 188 y 211, inciso 10, de la Constitución Política del Perú;

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y,

Con cargo de dar cuenta al Congreso;

Ha dado el Decreto Legislativo siguiente:

Artículo 1.- Promúlgase el CÓDIGO CIVIL aprobado por la Comisión Revisora creada por la Ley Nº 23403, según el texto adjunto, que consta de 2,132 artículos distribuidos en doce partes, como sigue:

TITULO PRELIMINAR : Artículo I a X;

LIBRO I : Derechos de las Personas: Artículos de 1 al 139;

LIBRO II : Acto Jurídico: Artículos 140 a 232;

LIBRO III : Derecho de Familia: Artículos 233 a 659;

LIBRO IV : Derecho de Sucesiones: Artículos 660 a 880;

LIBRO V : Derechos Reales: Artículos 881 a 1131;

LIBRO VI : Las Obligaciones: Artículos 1132 a 1350;

LIBRO VII : Fuente de las Obligaciones: Artículos 1351 a 1988;

LIBRO VIII : Prescripción y Caducidad: Artículos 1989 a 2007;

LIBRO IX : Registros Públicos: Artículos 2008 a 2045;

LIBRO X : Derecho Internacional Privado: Artículos 2046 a 2111;

TITULO FINAL : Artículos 2112 a 2122.

Artículo 2.- El nuevo Código Civil entrará en vigencia el 14 de noviembre de 1984.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla y se dé cuenta al Congreso.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticuatro días del mes de julio de 1984.

FERNANDO BELAUNDE TERRY

Presidente Constitucional de la República

MAX ARIAS SCHREIBER PEZET

Ministro de Justicia

-----------------------------------------

NOTA: El texto del Código Civil, correspondiente al presente Decreto Legislativo, aparecerá publicado en fecha próxima por partes, en una Separata Especial.

INDICE

Título Preliminar

Libro I : Derecho de las Personas

Sección Primera : Personas Naturales

Título I

Principio de la Persona (Artículo 1 al 2)

Título II

Derechos de la Persona (Artículo 3 al 18)

Título III

Nombre (Artículo 19 al 32)

Título IV

Domicilio (Artículo 33 al 41)

Título V

Capacidad e Incapacidad de Ejercicio (Artículo 42 al 46)

Título VI

Ausencia (Artículo 47 al 60)

Capítulo Primero

Desaparición (Artículo 47 al 48)

Capítulo Segundo

Declaración de Ausencia (Artículo 49 al 60)

Título VII

Fin de la Persona (Artículo 61 al 69)

Capítulo Primero

Muerte (Artículo 61 al 62)

Capítulo Segundo

Declaración de Muerte Presunta (Artículo 63 al 66)

Capítulo Tercero

Reconocimiento de Existencia (Artículo 67 al 69)

Título VIII

Registros del Estado Civil (Artículo 70 al 74)

Sección Segunda : Personas Jurídicas

Título I

Disposiciones Generales (Artículo 76 al 79)

Título II

Asociación (Artículo 80 al 98)

Título III

Fundación (Artículo 99 al 110)

Título IV

Comité (Artículo 111 al 123)

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (64 Kb)  
Leer 38 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com