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COMPARACIONE DEL SISTEMA PENITENCIARIO VENEZOELANO CON EL COLOMBIANO


Enviado por   •  15 de Junio de 2014  •  1.892 Palabras (8 Páginas)  •  231 Visitas

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• SISTEMA PENITENCIARIO

El Sistema Penitenciario hace referencia, “ al conjuntio de normas, procedimientos y dependencias dispuestas por el Estado para la ejecución del régimen penitenciario; es decir, el conjunto de procedimientos, principios, programas, personal, dependencias e infraestructura que se encuentran relacionadas y destinadas a este propósito”(Andrade, 2003, s/n).

La situación vivida en las cárceles de nuestro país, se nos presenta como una bomba de tiempo, que en varias ocasiones ha tratado de estallar pero se ha frenado a tiempo, todo debiso a que las políticas que se han venido implementando no has sido las más idóneas ni eficazes para solucionar la situación que se presenta en cada uno de los centros penitenciarios a nivel nacional en nuestro país. Realmente es espantoso la cantidad de muertos que a diarios se producen en las cárceles, el hacinamiento, el tráfico de armas y drogas, el retardo procesal, las condiciones humillantes y degradantes que pasan día a día los reclusos, el transporte para los traslado de los mismos, la falta de funcionarios correctos que no se venda, la penosa forma de tratar a los familiares de los reclusos y tantas otros maltratos que revela la precaria situación que viven estos seres humanos en las cárceles de nuestro país.

En Venezuela, el próposito del Sistema Penitenciario por lo menos desde los últimos decenios, era alcanzar la rehabilitación y reinserción social del privado(a) de libertad y humanizar las cárceles.

La cárcel, entendida en nuestro tiempos, como una edificio destinado a la reclusión de los presos (Diccionario Larousse 1999), más que una edificación, representa aquel lugar a donde se envían a los sujetos que tienen una presunta deuda con la sociedad (Gómez Grillo, 1979) y que recibe como castigo la privación de su libertad.

En la actualidad, a las cárceles se les atribuye la función de reeducar a sus internos y reinsertarlos en la sociedad, sin embargo, esta competencia no es ninguna innovación de la era contemporánea, ya Platón en la época antigua planteaba que los reclusos no debían salir de las cárceles ni peores, ni iguales sino mejores (citado en Gómez Grillo, 1979). El Artículo 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Garantiza que los centros de reclusión tendrán tal función, al establecer que: El Estado garantizará un sistema penitenciario que asegure la rehabilitación del interno o interna y el respeto a sus derechos humanos..., en concordancia con el Artículo 2 de la Ley de Régimen Penitenciario (G.O. Nº 36.975, 19/06/2000) al plantear que: La reinserción social del penado constituye el objetivo fundamental del período de cumplimiento de la Pena.

Estos nuevos instrumentos legales que rigen la materia penitenciaria en el país, poco han influido en la cruenta realidad de las cárceles venezolanas. Y que presenta como características, según las descritas por la organización internacional Human Rights Watch, en el libro Castigado sin condena, como:

• abarrotadas,

• con personal insuficiente,

• deterioradas físicamente y plagadas de armas,

• drogas y bandas.

El penitenciarismo venezolano tiene una doble existencia, por un lado, lo que plantea la Constitución y las leyes del país, donde se hace hincapié en el respeto de los derechos fundamentales, dándole incluso rango constitucional a los tratados de Derechos Humanos celebrados por la nación que establezcan disposiciones más favorables para el individuo (Art. 23 CRBV), y por otra parte, la que se vive día a día en una prisión venezolana.

Como señala COFAVIC al describir tal situación: Los internos no tienen acceso a un médico, masivo en heridas graves, las lesiones menores son atendidas entre ellos mismos sin un conocimiento técnico, no hay agua potable ni un servicio regular de luz eléctrica, sus camas son hechas de periódico y cartón, visten harapos, sus familiares son innecesariamente vejados cuando los visitan, las actividades deportivas se realizan por grupos esporádicos y de manera improvisada, no hay un plan educativo continuo y sistemático..., por señalar algunos de los problemas menores de la cotidianidad en una cárcel, pues realmente, estar dentro de una cárcel en este país es muy semejante a haber realizado un viaje al pasado, la realidad para el interno sigue siendo igual, pudiendo describirse como desesperante, desigualitaria, injusta y por supuesto, fuera del imperio de la ley. Observando que fuera de este imperio de la ley, se violan los derechos de los privados de libertad, quienes el único derecho que se les debes restringir es el derecho a la libertad, ya que todos los demás derecho están garantizados en la ley de régimen penitenciario, y aun así no se cumplen.

En el caso de nuestro país hermano Colombia, el mismo no se escapa de poseer también una crisis en lo que respecta a el punto que hemos venido tratando sobre el Sistema Penitenciario, debido a la insostenibilidad del mismo; ya que, este responde a problemas en el diseño de la política criminal, al déficit financiero y a la inoperatividad de las actividades de resocialización, así lo advierte el Grupo de Derecho de Interés Público y la Relatoría de Prisiones de la Universidad de los Andes.

La crisis del Sistema Penitenciario colombiano, ha sido un tema ampliamente documentado y es una situación conocida por el Gobierno,la ciudadanía y a nivel mundial. No en vano, ya no sorprenden las noticias que dan cuenta de las condiciones de vida infrahumanas a las que son sometidas las personas en los establecimientos de reclusión, o las que reportan, una y otra vez, los problemas de salubridad y hacinamiento que se presentan en las cárceles.

Como lo ha documentado el Grupo de Derecho de Interés Público y la Relatoría de Prisiones de la Universidad de los Andes,

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