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CONTRATO SOCIAL


Enviado por   •  9 de Agosto de 2011  •  437 Palabras (2 Páginas)  •  1.054 Visitas

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CONTRATO SOCIAL DE “María Elena Walsh y CIA” SOCIEDAD COLECTIVA

En la ciudad de San Miguel, a los 15 días del mes de Julio de 2011 los suscriptos Schab, Milena Lilén y Yamanuha, Lucía Terumi de 15 años, estado civil soltera de profesión comerciante, de nacionalidad argentina, D.N.I………………….. , domiciliado en………………………………………………., De 15 años de edad, estado civil soltera, de profesión comerciante, de nacionalidad argentina, D.N.I………………….. domiciliado en………………………………………………., ambos mayores de edad, convienen en construir una sociedad comercial colectiva según las clausulas siguientes:

PRIMERA: La sociedad girará bajo la razón social María Elena Walsh y Cía. Sociedad Colectiva y tendrá su domicilio en la ciudad de San Miguel iniciando sus actividades en el local de Belgrano 957 San Miguel Provincia de Bs.As.

SEGUNDA: L a sociedad será administrada, conjunta o separadamente por todos los socios, quienes podrán hacer uso de la firma social, la que no podrán comprometer en operaciones ajenas al objeto de la sociedad.

TERCERA: La sociedad se dedicará a compraventa de libros y todo lo que tenga relación con la misma.

CUARTA: El capital social se fija en $200000 (doscientos mil pesos con 0/100)

QUINTA: L a sociedad, entre otras cosas, podrá adquirir por título oneroso o gratuito el dominio de bienes inmuebles, muebles, semovientes, enajenarlos por título oneroso; construir o aceptar derechos o garantías reales; dividirlos, subrogarlos, transferirlos o cancelarlos total o parcialmente.

SEXTA: anualmente se practicará el Balance General al día 30 del mes de noviembre. Las utilidades líquidas y realizadas que arrojare, se distribuirán por partes iguales.

SEPTIMA: Esta sociedad durará 1 años

OCTAVA: Todas las cuestiones sociales que se suscitaren entre los socios durante la existencia de la sociedad, su liquidación o participación, serán decididas por los juzgados de la ciudad de San Martín, Provincia. De Bs.As.

NOVENA: Disuelta la sociedad, los socios procederán a su liquidación, bajo su firma con el aditamento “en liquidación”. Los liquidadores deben hacer sabe la noticia de la disolución de la sociedad al Registro Público de Comercio, y harán publicar la noticia de ella del siguiente estado de liquidación, por tres veces, en el diario que se determine. L a participación se efectuará sobre la base de lo dispuesto en los art. 101 y sig. del decreto ley 19.550/72 y sus correlativos del Código Civil.

DÉCIMA: Los socios, a quienes este contrato acuerda el uso de la firma social, quedarán ampliamente facultados para gestionar la inscripción de esta sociedad en el Registro Público de Comercio, y para efectuar

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