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CRITICA AL DERECHO POSITIVO


Enviado por   •  7 de Octubre de 2011  •  1.382 Palabras (6 Páginas)  •  7.219 Visitas

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CRITICA AL DERECHO POSITIVO

CONCEPCIONES SOBRE EL DERECHO

Que el Derecho es norma, sobre la base de una particular concepción del conocimiento y de la ciencia jurídica, un defensor de la teoría institucional podrá estar movido por particulares concepciones de los valores que el Derecho debería, en todo caso, satisfacer. También por esto, la discusión filosófica de este tipo de concepciones del Derecho corre el riesgo de permanecer en un terreno algo incierto hasta que sus tesis individuales no sean identificadas de alguna manera.

En todo caso, no cabe esperar que distintas concepciones del Derecho se contradigan abiertamente, dando respuestas directamente incompatibles a los mismos problemas. Por lo tanto, algunas de las distintas concepciones en esta voz pueden ser, entre ellas, compatibles y complementarias.

¿Qué es el Derecho Positivo?

El derecho positivo se refiere a un cuerpo de leyes que pueden regular la conducta en un área determinada. Este tipo de leyes se remontan a tiempos antiguos y es básicamente transmitido por el gobierno a nivel local, regional o nacional. El derecho positivo es a veces un contraste con la ley natural, que generalmente se basa en principios morales. El derecho positivo podría establecer las normas para actos que las requieran, así como las que están prohibidas. Las penas se dan generalmente a los que violan el derecho positivo.

CARACTERIZACIÓN

a-. Origen de la norma según el derecho positivo.

El concepto de Derecho positivo está basado en el iuspositivismo que es una corriente de pensamiento jurídico que considera al Derecho como una creación del ser humano. Por el contrario, según las corrientes iusnaturalistas (Derecho Natural), existen principios universales e inmutables que tienen su origen en Dios, la Razón o la Naturaleza; y el ser humano se limitaba meramente a descubrirlas y aplicarlas.

Para los Iusnaturalistas, las normas que contravengan ciertos principios universales son injustas (algunos incluso afirman que entonces carecen de imperatividad legal), aún cuando hayan sido promulgadas por la autoridad competente cumpliendo los requisitos formales exigibles. Al contrario, para el iuspositivismo, la validez de la norma jurídica es independiente de su valor moral.

b-. Universalidad y Unidimensionalidad

Universalidad: Declaración Universal de Derechos Humanos como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción

Unidimensionalidad:

Es una teoría del derecho clasificado según la cantidad de dimensiones ya que toma en cuenta solamente la dimensión formal o normativa. Es propia del positivismo puro (Kelsen).

c-. Formalización

La formalización del derecho, constituye el paso evolutivo hacia el perfeccionamiento y acondicionamiento de métodos que establecen procedimientos para hacer más efectiva la funcionalidad en la eficacia para la regulación de la convivencia del individuo en sociedad.

La realidad de lo jurídico, se encuentra siempre presente en nuestras vidas, por ello conscientes o no de dicha realidad, la vida humana posee una dimensión social necesaria donde hay elementos determinantes que obligan al hombre a desarrollarse en sociedad, para ver que sus intereses primigenios (supervivencia, libre albedrío y autonomía), se realicen. Siendo el propio hombre, quien amenaza el cumplimiento de estos intereses, es que se instituyen las reglas (jurídicas) que faciliten y aseguren la convivencia o cooperación social, con tal institucionalización de las leyes en poder de un Estado, el derecho expresará y protegerá los intereses fundamentales que se determinen por la autoridad, con la aparición del Estado las normas jurídicas no solo regularan las relaciones entre ciudadanos, sino que también las relaciones entre estos y el Estado, así como al Estado mismo, creando el Estado de Derecho; tal estado de derecho como parte del proceso de formalización en la institucionalización, le da de acuerdo al cumplimiento de los procedimientos establecidos, el carácter de legitimidad y legalidad a cada una de sus actuaciones.

Solo el derecho puede hacer uso de la coacción institucionalizada para hacer valer sus normas, en contraste con la moral y la religión, ya que cuando una norma en un sistema de derecho positivo es formada siguiendo un proceso formal, se le reconoce

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