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Caracteristicas Especiales Del Derecho Laboral


Enviado por   •  5 de Mayo de 2012  •  5.378 Palabras (22 Páginas)  •  7.445 Visitas

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Las características fundamentales del derecho laboral son las siguientes:

• Se trata de un Derecho nuevo, de formación reciente y en continua expansión y formación. Tiene un significado protector ya que entre la relación trabajador-empresario la parte más dévil es el trabajador y éste debe ser protegido.

• Es un Derecho obligatorio, no obstante, al margen de la ley los representantes de los trabajadores y empresarios se reunen para negociar las condiciones laborales.

• Por último, tiene un significado profesional notorio, es decir, que solamente regula a un el sector de la población dedicado a la relación laboral.

http://iesdolmendesoto.org/wiki/index.php?title=1._Definici%C3%B3n_y_caracter%C3%ADsticas_del_Derecho_Laboral._Los_sujetos_de_la_relaci%C3%B3n_laboral

CARACTERISTICAS DEL DERECHO DEL TRABAJO

SOCIALES: ESTABLCER O LOGRAR, LA JUSTICIA SOCIAL ENTRE LOS FACTORES DE LA PRODUCCION, CAPITAL Y TRABAJO

AUTONOMAS: CONJUNTO DE NORMAS PROPIAS E INDEPENDIENTES

DINAMICO:

EXPANSIVO:RACIO PROTEGIENDO A LOS TRABAJADORES, OBRERO Y LUEGO A LOS EMPRESARIOS

IMPERACTIVO: NO PUEDEN RENUNCIARSE, NO

http://www.mitecnologico.com/Main/CaracteristicasDerechoDelTrabajo

Características del Derecho del Trabajo

• Es autónomo: Porque a pesar de que forma parte del Derecho Positivo tiene sus propias normas, es independiente.

• Es dinámico: Porque regula las relaciones jurídicas laborales, establecidas entre los dos polos de la sociedad capitalista.

• Es de gran fuerza expansiva: Porque nació protegiendo a los obreros y luego a los empleados. Es eminentemente clasista.

• Es imperativo: Como normas del Derecho Público es imperativo y por lo tanto no puede renunciarse ni relajarse por convenios particulares.

• Es concreto y actual: Si bien es cierto que en la Ley del Trabajo existen normas de carácter abstracto, la normativa esta adaptada a las necesidades del país, teniendo en cuenta la diversidad de sexos, los regímenes especiales del trabajo como por ejemplo del trabajo de menores, aprendices, mujeres, trabajadores domésticos, conserjes, trabajadores a domicilio, deportistas y trabajadores rurales.

http://www.monografias.com/trabajos27/derecho-laboral/derecho-laboral.shtml

Lemus & Raya, P. (2001). Derecho del trabajo Editorial, México: Mc Graw Hill.

1.1.3 Características Derecho del Trabajo

LOS CARACTERES DEL DERECHO DEL TRABAJO

La historia y la naturaleza de nuestro derecho del trabajo, ricas en ideas en acontecimientos y en matices, han determinado un acervo de caracteres que le dan a nuestras normas e instituciones laborales una fisonomía propia y pionera en muchos aspectos.

1) EL DERECHO DEL TRABAJO COMO NORMA PROTECTORA

2) EL DER. DEL TRABAJO COMO UN DERECHO Y UN DEBER SOCIALES.

3) UN DERECHO EN CONSTANTE EXPANSIÓN

4) EL DERECHO DEL TRABAJO ES EL DERECHO DE LA CLASE TRABAJADORA.

5) EL DERECHO DEL TRABAJO ES DERECHO UNITARIO COMPUESTO POR VRIAS PARTES.

6) EL DERECHO DEL TRABAJO ES DERECHO INCONCLUSO.

7) EL DERECHO DEL TRABAJO ES DERECHO IMPERATIVO.

EL DERECHO DEL TRABAJO COMO NORMA PROTECTORA

Cuando aparecieron las primeras leyes del trabajo del siglo pasado, los maestros de derecho civil declararon, sin que conozcamos ninguna discrepancia, que se estaba en presencia de un derecho protector de la clase trabajadora. La afirmación se repitió continuadamente -y nosotros mismos la hemos usado en diferentes ocasiones, el derecho civil y el penal del siglo XIX eran los dos instrumentos de que se valió la burguesía para explotar mejor el trabajo, lo que explica que las leyes de aquella época nacieran con el nombre de leyes protectoras del trabajo, y de verdad lo eran, porque eran normas de excepción destinadas a evitar que el trabajo prematuro impidiera el desarrollo 9 Lic. María de Lourdes Reyes Jiménez Derecho Laboral

de los niños o que las jornadas excesivas minaran la salud de los hombres; la misma ley francesa de accidentes del trabajo de 1898 se proponía reparar los daños sufridos por las víctimas del progreso.

El derecho del trabajo, particularmente después de su constitucionalización en la constitución de Querétaro, cambió la perspectiva, pues desde entonces quedó establecida, por declaración del pueblo, no solamente la igualdad del trabajo y del capital para la creación del derecho individual del trabajo en los contratos colectivos, sino en muchos aspectos, la supremacía del trabajo, porque los sindicatos disponen de la huelga para luchar contra el capital sin intervención del estado, en tanto los empresarios carecen de un derecho correlativo. El derecho colectivo del trabajo, no fue una concesión de la burguesía y de su estado, sino un derecho impuesto por el trabajo al capital.

Frente a este fenómeno, quienes quieran sostener la idea del derecho del trabajo, es un aparato protector del capital, pues ¿no protege a las instituciones bancarias en contra de sus trabajadores mediante la aplicación de un reglamento que es una afrenta a la Constitución y a la justicia, La clase trabajadora debe volver a una toma de conciencia para darse cuenta de que, al igual que en pasado tiene que conquistar los fines del derecho del trabajo en lucha con el capital.

Un ejemplo concreto nos ayuda a completar la exposición: el artículo 18 de la Ley dispone, que “en los caos de duda, prevalecerá la interpretación más favorable al trabajador”, pero esta fórmula, debe ser contemplada como una norma protectora del débil contra el fuerte, porque su esencia es más bella, ya que nos dice que en la oposición entre los valores humanos y los intereses materiales de la economía, la justicia impone la supremacía de aquéllos, la idea de protección a la clase trabajadora por el estado de la burguesía

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