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Cinco fábulas Sobre Los Derechos Humanos


Enviado por   •  29 de Junio de 2014  •  1.573 Palabras (7 Páginas)  •  1.620 Visitas

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Cinco fábulas sobre los derechos humanos

Steven Lukes analiza la cuestión de los derechos humanos a través de cinco corrientes que pueden considerarse como dominantes en la actualidad. Según el autor, el principio que determina que los derechos humanos deben defenderse, se ha convertido en una de las premisas fundamentales de nuestro tiempo. No obstante, en ocasiones se ha desafiado la universalidad de los derechos humanos, así de aquellos derechos proclamados históricamente se dice que son eurocéntricos e inapropiados para otras culturas y circunstancias. También se dice que la apelación a los derechos humanos, o el lenguaje en que se redactan, no sirve de ayuda o incluso es contraproducente en determinadas campañas o luchas. Pese a esto, prácticamente nadie rechaza el principio de defensa de los derechos humanos. Parece que este principio se acepta virtualmente en todas partes, en unos lugares más que en otros (aunque en la práctica se esté violando constantemente en todos ellos).

Considera Lukes que es importante analizar a fondo el significado de esta aceptación, observando y preguntándose cuáles son las formas de pensamiento que niegan y cuáles las que suponen los derechos humanos, así como la posibilidad de imaginar un mundo sin ellos. Así comienza el autor a proponernos una serie de sociedades en el que el principio de los derechos humanos es desconocido:

Desde una perspectiva utilitarista (Sociedad llamada Utilitaria) creo que Lukes considera que los derechos humanos no sirven casi de nada ya que las personas que creen en ellos podrían comenzar a cuestionar que los cálculos utilitaristas debieran utilizarse en cualquier circunstancia. La idea de tales derechos es un absurdo, ya que no existe ningún derecho que, cuando su abolición sea provechosa para la humanidad, no deba ser abolido. Dado que el espíritu público de los utilitarios, está tan desarrollado que están dispuestos a sacrificarse ellos mismos y, por supuesto, a los demás, siempre que los cálculos demuestren su necesidad.

La segunda sociedad es la llamada Comunitaria, para Lukes los comunitaristas rechazan estos derechos como consecuencia de la abstracción que suponen en referencia a las formas de vida locales, concretas y reales. Creen en el multiculturalismo, reconociendo la identidad de cada subcomunidad en las instituciones del país, pero surge en este tipo de sociedad multitud de conflictos derivados de las diferencias y fricciones que se suscitan entre las diversas culturas. La perfección abstracta de tales derechos es su defecto práctico; las libertades y las restricciones varían con los tiempos y las circunstancias, admitiendo infinitas modificaciones que no pueden acordarse por ninguna norma abstracta. En este sentido, los razonamientos de teóricos suponen un incremento al ataque, al considerar que los derechos humanos son ficciones al igual que la utilidad; es más, todo intento de demostrar con buenos razonamientos que existen esos derechos, ha fracasado.

La tercera sociedad es Proletaria, desde esta perspectiva, el rechazo de los derechos humanos se remonta al profeta de su revolución Karl Marx, según el cual hablar de ellos era un "absurdo ideológico", por dos motivos: en primer lugar porque tiende a ablandar los corazones en el calor de la lucha de clases; cuando la cuestión era ganar, no sentir simpatía por los enemigos de clase. En segundo lugar, Marx consideraba los derechos humanos como elementos anacrónicos porque sólo habían sido necesarios en una etapa prehistórica en la que los individuos necesitaban protección contra daños y peligros generados por un mundo imperfecto, conflictivo y desgarrado por las clases. Así, una vez se transformara ese mundo y naciera un mundo nuevo del comunismo, los seres emancipados nacerían libres de la necesidad de derechos.

Desde el punto de vista de estos tres enfoques la defensa de los derechos humanos supone, en primer lugar, un obstáculo o constricción a lo que se considera "ventajoso" para la sociedad. En segundo lugar, invocan cierto tipo de abstracción sobre las prácticas específica y socialmente locales: significa ver a las personas más allá de sus etiquetas identificadoras y garantizarles un espacio protegido dentro del cual vivir sus vidas desde dentro. Y, en tercer lugar, presuponen una serie de hechos permanentes sobre la condición humana: que los seres humanos se enfrentarán a la crueldad de unos contra otros, que siempre habrá escasez de recursos, que los seres humanos siempre darán prioridad a sus propios intereses y a los de los que están próximos a ellos, etc...

Sin embargo, desde otra perspectiva, defender los derechos humanos puede suponer una protección para los individuos en referencia a los sacrificios utilitarios o las imposiciones comunitarias; eso sí, no se podemos considerarlos al margen de las condiciones económicas, legales, políticas o culturales de las sociedades. Pero defender los derechos humanos, no significa simplemente proteger a los individuos, sino también proteger las actividades y relaciones que hacen sus vidas más valiosas y que no pueden concebirse reductivamente como simples bienes individuales (de ahí que, por ejemplo, el derecho a un juicio justo, un sistema legal, o el derecho a la libre asociación que proteja a sindicatos, movimientos sociales o manifestaciones político-democráticas).

Desde un punto de vista doctrinalmente liberal, en la sociedad Libertaria, a pesar de que se respetan derechos como los civiles de carácter básico -sufragio universal, imperio de la ley, libertad de expresión y asociación o igualad formal de oportunidades-, para Lukes, parece que los derechos humanos no son tomados del todo en serio si tenemos en cuenta que no se respeta por igual a los titulares de los mismos. Siguiendo a teóricos como Anatole France, si bien todos los miembros de la sociedad pueden tener derecho a votar, los marginados y excluidos no tienen el mismo poder para organizarse y para influir sobre las decisiones políticas, ni el mismo acceso a los tribunales, ni la misma oportunidad de articular y transmitir sus puntos de vista, ni la misma representación en la vida pública e institucional, ni las mismas posibilidades en la carrera por las cualificaciones, cargos y recompensas.

Lukes considera que otro de los motivos para considerar que en esta postura no se toma totalmente en serio el concepto de derechos humanos reside en la esencia de los "derechos característicamente liberales". Los liberales creen que tienen un derecho ilimitado a cualquier recompensa que su capacidad y esfuerzo pueda obtener en el mercado; y el derecho ilimitado a realizar elecciones voluntarias que les beneficien a ellos y a sus familias. Por tanto, no se sale jamás del avance en propio interés o, como mucho, de la familia. En consecuencia, se es insensible a la idea que otros puedan tener necesidades de recursos más urgentes, o que algunos de sus propios beneficios puedan conseguirse a expensas de las desgracias de otros, o que la estructura de la vida liberal sea una estructura de injusticia.

Tras las posturas observadas, en último lugar, Lukes, analiza el prisma de la postura igualitarista, caracterizada por un concepto de sociedad con un único status, en el que el bienestar y la libertad de una persona tiene el mismo valor que los de cualquier otra, bajo el imperio de la ley, tolerancia e igualdad de oportunidades garantizados constitucionalmente y fruto del compromiso social que determina que las condiciones de vida de todo el mundo sean tales que estos derechos tengan el mismo valor para todos sus titulares. A pesar de que podría ser un modelo ideal, Lukes señala dos razones importantes que hacen dudar de esta perspectiva.

La primera de estas constricciones se halla en la esfera económica; el criterio igualitarista se encontraría extremadamente interesado en alcanzar el máximo crecimiento económico para conseguir una economía capaz de proporcionar el más elevado nivel de igualdad de condiciones de mayor facticibilidad económica. En este sentido, si el coste de más igualdad es una menor perspectiva de prosperidad económica para una mayoría, el sueño de alcanzar el modelo igualitarista, se desvanece. Al mismo tiempo, desde esta perspectiva igualitaria, se sabe que ninguna economía puede funcionar únicamente sobre la base del altruismo y los incentivos morales, y que los incentivos materiales son indispensables para el buen funcionamiento de una economía. En resumen, la postura igualitarista no desconoce que cualquier economía factible y viable ha de basarse en procesos de mercado e incentivos materiales. Existen, además, otros motivos que incrementan el escepticismo sobre las posibilidades de una sociedad igualitarista. El hecho de pertenecer a cierto tipo de grupos, con culturas de autorreconocimiento, identificándose y siendo identificados como integrantes de los mismos, es cada vez más esencial para el bienestar de muchas personas, y en la medida que esto se produce queda amenazada la "política de igual dignidad" que trataría a los individuos equitativamente, independientemente de sus afiliaciones al grupo.

Tras el análisis detallado de estas cinco perspectivas dominantes en la concepción de la teoría política de nuestro tiempo, Lukes saca la conclusión sobre la preservación y tratamiento de los derechos humanos. En este sentido, se atreve a aconsejar una lista de derechos humanos que debería mantenerse, razonablemente corta y razonablemente abstracta.

En esta lista se deberían incluir los derechos civiles y políticos considerados básicos (de aquí se podría generar una nueva polémica al considerar cuáles son básicos y cuáles no, lista que, indudablemente se modificaría en función de algunos elementos claves como la cultura, la sociedad, la perspectiva teórica utilizada, etc.), el imperio de la ley, la libertad de expresión y asociación, la igualdad de oportunidades y el derecho a un nivel básico de bienestar material. Según el autor, probablemente nada más, ya que sólo estos derechos tienen la posibilidad de garantizar un consenso en el vasto espectro de la vida política contemporánea.

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