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Clases De Actos Administrativos


Enviado por   •  10 de Mayo de 2014  •  1.244 Palabras (5 Páginas)  •  285 Visitas

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CLASES DE ACTOS ADMINISTRATIVOS

Teniendo en cuenta que la administración en aras de satisfacer las necesidades de la comunidad y de llevar a cabo los propósitos que se le han confiado de acuerdo al pacto social y al mandato constitucional, despliega su actuar desde y hacia múltiples sentidos lo que implica que los actos administrativos que usa como instrumentos para el desarrollo de dicha actividad, contienen a su vez diferentes características y se direccionan en una y otra trayectoria dependiendo de las necesidades que con el mismo se persigan. Por lo anterior, a continuación se presentarán las clasificaciones más relevantes en las cuales se enmarcan los actos administrativos, de acuerdo a la doctrina actual.

Teniendo en cuenta los sujetos a afectados, podemos clasificar los actos administrativos en:

GENERALES

Se les denomina de esta manera, puesto que en el momento en que la administración dirige y manifiesta su voluntad crea extingue o modifica situaciones jurídicas de una colectividad; es decir, dicho acto administrativo va dirigido a un número plural de personas (dos o más) que no están individualizadas ni identificadas pero que si se enmarcan dentro de los supuestos de hecho que trae el acto para que sea aplicable a ellas. La forma de notificación de estos actos se hace a través de medios masivos de comunicación pero no se podrán interponer recursos en contra de los mismos; además, éstos podrán ser revocados sin necesidad de que medie autorización por parte de los afectados. Ejemplo: las ordenanzas expedidas por las asambleas departamentales.

PARTICULARES

En contraposición, tenemos los actos que modifican y regulan situaciones específicas, ya sea de un individuo en particular o de un grupo de personas claramente identificado. Estos actos se notifican generalmente de forma personal y contra los mismos proceden los recursos de ley. Frente a la posibilidad de revocatoria directa del acto que tiene la administración, ésta tendrá que efectuarse con autorización expresa del particular.

Dependiendo de la declaración de voluntad que se emite en el acto, estos se clasifican en;

UNILATERALES

Se les denomina de esta forma, debido a que la entidad que los emite lo hace en expresión de la manifestación unilateral y la posición predominante en la que se encuentra el Estado, la cual está justificada en la defensa de los intereses generales. Por tanto, no se tiene en cuenta para la emisión y ejecución de los mismos la voluntad de los individuos afectados con el acto.

BILATERALES

Para la expedición del acto, convergen la voluntad y el consentimiento tanto de la administración como de los particulares. Esta clasificación incluye los actos emitidos por órganos colegiados y aquellos en donde participan varias entidades públicas.

En relación con lo anterior, es importante aclarar que no se comparte la idea de que existen actos administrativos de carácter bilateral, ya que desde el principio en la definición planteada se mencionó que éstos nacen como manifestación UNILATERAL de la voluntad de la administración, esto es, que el mismo se elabora únicamente con el consentimiento del ente público. En el evento de convergir la voluntad administrativa y la del particular en la creación de una actuación, estaríamos en presencia de un contrato o convenio y no de un acto administrativo como tal. No obstante es innegable la aceptación que tiene la anterior clasificación entre algunos tratadistas, lo que justifica su estudio en la actual lección con el propósito que el estudiante determine autónomamente que posición adopta al respecto.

Teniendo en cuenta la decisión que se toma con el acto,

DE TRÁMITE

Éstos no necesitan estar motivados ya que se emiten con el objetivo de surtir un trámite administrativo, a pesar de no decidir ni resolver el fondo del asunto son indispensables para agotar las etapas dentro del proceso administrativo.

ACTOS DEFINITIVOS

También llamados actos principales, éstos se pronuncian sobre la esencia del tema a resolver, contienen la decisión final que concluye un determinado procedimiento administrativo.

Desde

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