ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Codigo Contensioso Administrativo


Enviado por   •  15 de Agosto de 2011  •  1.014 Palabras (5 Páginas)  •  781 Visitas

Página 1 de 5

Antiguo código contencioso administrativo.

Articulo 90 calidades para ser elegido consejero

Para ser elegido Consejero de Estado y desempeñar el cargo se requieren las mismas calidades que la Constitución Política exige para ser Magistrado de la Corte Suprema de Justicia.

Sin modificaciones.

Articulo 91 prueba de calidades

La persona que fuere elegida Consejero de Estado en propiedad deberá acreditar que reúne las calidades constitucionales, ante el Presidente de la República, al tomar posesión del cargo

Sin modificaciones.

Articulo 92. Prohibiciones e incompatibilidades de los consejeros de estado.

Los Consejeros de Estado estarán sujetos a las prohibiciones e incompatibilidades prescritas en la Constitución Política y la ley.

Sin modificaciones.

Articulo 93 Integración de las salas de consejo de estado

El Consejo de Estado ejerce sus funciones por medio de tres (3) Salas, integradas así: la Plena, por todos sus miembros; la de lo Contencioso Administrativo, por veintisiete (27) consejeros y la de Consulta y Servicio Civil, por los cuatro (4) consejeros restantes.

Sin modificaciones.

Articulo 94 Elección de dignatarios.

El Presidente del Consejo de Estado será elegido por la misma corporación para el período de un año y podrá ser reelegido indefinidamente.

El Consejo también elegirá un Vicepresidente, en la misma forma y para el mismo período del Presidente, encargado de reemplazarlo en sus faltas temporales y de ejercer las demás funciones que le asigne el reglamento.

Cada sala o sección elegirá un Presidente para el período de un año y podrá reelegirlo.

El Presidente, el Vicepresidente y los Presidentes de las Salas o secciones formarán la sala de gobierno de la corporación que ejercerá las funciones que determine el reglamento.

Articulo 108

El Presidente del Consejo de Estado será elegido por la misma corporación para el período de un (1) año y podrá ser reelegido indefinidamente y ejercerá las funciones que le confieren la Constitución, la ley y el reglamento interno.

El Consejo también elegirá un Vicepresidente, en la misma forma y para el mismo período del Presidente, encargado de reemplazarlo en sus faltas temporales y de ejercer las demás funciones que le asigne el reglamento interno. Cada sala o sección elegirá un Presidente para el período de un (1) año y podrá ser reelegido indefinidamente.

Articulo 95. Atribuciones del presidente del consejo de estado.

Código derogado por el artículo 309 de la Ley 1437 de 2011. Rige a partir del dos (2) de julio del año 2012. El texto vigente hasta esta fecha es el siguiente: El presidente del Consejo de Estado tendrá, además de las atribuciones que le confieren las normas vigentes, las que le señale el reglamento.

Sin modificaciones

Articulo 96 Atribuciones de la sala plena.

La Sala Plena del Consejo de Estado tendrá las siguientes atribuciones.

1. Conceptuar en los casos prescritos por los artículos 5o., 28, 120, numeral 10, 121 y 122 de la Constitución Política.

2. Emitir los dictámenes a que se refiere el artículo 212 de la Constitución Política.

3. Expedir el reglamento de la corporación.

4. Elegir Consejeros de Estado y Magistrados de los Tribunales Administrativos de conformidad con la Constitución Política y la ley.

5.

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (6.7 Kb)  
Leer 4 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com