ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Concesion Minera


Enviado por   •  4 de Abril de 2013  •  1.302 Palabras (6 Páginas)  •  770 Visitas

Página 1 de 6

La concesión minera.

Es el conjunto de Derechos y Obligaciones que otorga el Estado (materializado en un título) y que confiere a una persona natural, jurídica o al propio Estado, la facultad para desarrollar las actividades de exploración y explotación del área o terreno solicitado.

La Ley de Minas en su artículo 24 la define como un acto realizado por el Ejecutivo Nacional, mediante el cual se otorgan derechos e imponen obligaciones a los particulares para el aprovechamiento de recursos minerales existentes en el territorio nacional. La concesión minera confiere a su titular el derecho exclusivo a la exploración y explotación de las sustancias minerales otorgadas que se encuentren dentro del ámbito .Según una serie de autores Venezolanos, la concesión minera," Es el otorgamiento de derechos de aprovechar las riquezas minerales, o el derecho mismo otorgado el cual no puede concederse sino a término..."

Naturaleza jurídica de la concesión minera.

La concesión es un contrato y para otros un acto administrativo, Sin embargo, hay quienes afirman, que la concesión es un acto administrativo contractual.

la concesión minera es un sector complejo que nace como acto administrativo y finaliza como contrato, al estudiar detenidamente la naturaleza jurídica de la concesión minera observamos que aún y cuanto esta tiene rasgos de acto administrativo, los cuales se manifiestan en el hecho de que la concesión es para algunos autores el otorgamiento a un particular de la explotación de un bien de dominio público ,que en este caso son las minas, y por lo tanto el particular va a estar facultado por la administración para la realización de la explotación de un bien del dominio público, esto desde el momento en que el Estado expone a la explotación de los particulares un bien del dominio como lo son las minas y por lo tanto estamos frente a un acto administrativo y decimos que la concesión minera nace como un acto administrativo, pero luego nos damos cuenta que las mismas carecen de otros de los requisitos que es indispensable a la existencia de un acto administrativo como lo es la unilateralidad por parte del Estado administrativo y es aquí donde se evidencia la naturaleza jurídica de la concesión minera como contrato, ya que la concesión no es obra de la voluntad unilateral del Estado sino que por el contrario el Estado del concesionario establece un nexo, se pone de acuerdo en diversas partes de la concesión como por ejemplo en las escogencias de las parcelas para la explotación y así observamos que en esta base la concesión minera adopte forma de contratos.

Adquisición de las concesiones mineras.

Para solicitar una concesión minera, hay una serie de requisitos y un procedimiento establecido en la Ley de Minas:

• Identificación del solicitante con indicación de su domicilio, nacionalidad, estado civil llenar todas las formalidades establecidas en el artículo 19 de la mencionada Ley; y carácter con que actúa. Si fuere una Compañía, su nombre o razón social, su domicilio y el lugar de su constitución; y si ésta hubiere sido en el extranjero deberá

• Indicación de la clase del mineral, superficie aproximada y los linderos del área solicitada, ubicación geográfica acompañada del croquis de área, debidamente firmado por un Ingeniero de Minas, Geodesta, Agrimensor o cualquier otro profesional legalmente autorizado para ello, la denominación que le dé el solicitante, ventajas especiales que se ofrezcan a la República y demás datos exigidos por la Ley;

• Indicación de la declaración de si el terreno es baldío, ejido o de propiedad particular y sus colindantes, y en el último caso, expresar el nombre del propietario;

• Comprobar a satisfacción del Ministerio de Energía y Minas, su capacidad técnica, económica y financiera;

• Cualquier otra, información que establezcan los reglamentos o solicite el Ministerio de Energía y Minas, conforme a los procedimientos establecidos en la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos y demás Leyes de la materia;

• Cuando, el concesionario ofreciera ventajas especiales conforme a lo establecido en el artículo 35 de dicha Ley, las mismas deberán ser presentados en sobre separado y cerrado, el cual será abierto en el momento de la toma de decisión de la solicitud, por un comité integrado por el Ministro, el Consultor Jurídico y el Director de Minas.

Presentada

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (8.2 Kb)  
Leer 5 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com