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Consejo Federal De Gobierno (Venezuela)


Enviado por   •  14 de Enero de 2013  •  914 Palabras (4 Páginas)  •  942 Visitas

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CONSEJO FEDERAL DE GOBIERNO.

Es un cuerpo u organismo perteneciente al Sistema de Planificación y Participación Ciudadana integrado por diversos elementos, factores o instancias: Poderes Municipales, Estadales y Nacionales de la República Bolivariana de Venezuela, orientado a ahondar, penetrar y profundizar lo que se encuentra constitucionalmente establecido: la descentralización del Estado.

Este se argumenta en el artículo 185 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela el cual reza que: “El Consejo Federal de Gobierno es el órgano encargado de la planificación y coordinación de políticas y acciones para el desarrollo del proceso de descentralización y transferencia de competencias del Poder Nacional a los Estado y Municipios. Estará presidido por el Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva e integrado por los Ministro y Ministras, los Gobernadores y Gobernadoras, un Alcalde o Alcaldesa por cada Estado y representantes de la sociedad organizada, de acuerdo con la ley.

El Consejo Federal de Gobierno contará con una Secretaría, integrada por el Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva, dos Ministros o Ministras, tres Gobernadores o Gobernadoras y tres Alcaldes o Alcaldesas. Del Consejo Federal de Gobierno dependerá el Fondo de Compensación Interterritorial, destinado al financiamiento de inversiones públicas dirigidas a promover el desarrollo equilibrado de las regiones, la cooperación y complementación de las políticas e iniciativas de desarrollo de las distintas entidades públicas territoriales, y a apoyar especialmente la dotación de obras y servicios esenciales en las regiones y comunidades de menor desarrollo relativo. El Consejo Federal de Gobierno, con base en los desequilibrios regionales, discutirá y aprobará anualmente los recursos que se destinarán al Fondo de Compensación Interterritorial y las áreas de inversión prioritaria a las cuales se aplicarán dichos recursos” , y en la Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno dictada por la Asamblea Nacional el 30 de junio año 2005, la cual en su artículo 1 traza su objeto: “La presente Ley tiene por objeto regular la organización y funcionamiento del Consejo Federal de Gobierno y, en virtud de ello, y a fin de desarrollar las competencias que el texto constitucional le ha trazado, establecer los lineamientos de la planificación y coordinación de las políticas y acciones necesarias para el adecuado desarrollo regional. Igualmente, atiende al establecimiento del régimen para la transferencia de las competencias entre los entes territoriales, y a las organizaciones detentadoras de la soberanía originaría del Estado”..

Es entonces, el miembro comisionado para la coordinación, organización y la planificación de políticas y operaciones para el adelanto y progreso del proceso de descentralización y delegación de competencias del Poder Nacional a los Estados y Municipios, así como el perfeccionamiento ecuánime de las regiones, respetando los principios esenciales que administran al Estado Federal Descentralizado: justicia social, participación ciudadana, integridad territorial, cooperación,

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