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Contestacion De Demanda Laboral


Enviado por   •  4 de Julio de 2012  •  1.693 Palabras (7 Páginas)  •  1.041 Visitas

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NUMERO DE EXPEDIENTE 21/2012

ACTOR: EDUARDO SIGARROA URAM

VS

DEMANDADO: ALEXANDER DOMINGUEZ GUTIERREZ

H.JUNTA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE EN TURNO

TUXTLA GUTIERREZ, CHIAPAS

PRESENTE:

C.ALEXANDER DOMINGUEZ GUTIERREZ, mexicano por nacimiento, mayor de edad, en mi carácter de Presidente del consejo de Administración y Representante Legal de la empresa denominada DISTRIBUIDORA COMERCIAL C.A DE C.V, personalidad que se acredita desde este momento con la copia certificada de la Escritura Pública número DIEZ MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y TRES, volumen ccxxxvII, basada ante la Fe del C. Lic. JUAN RAMON HERNANDEZ ARREOLA, Notario Público número 38 en el Estado de Chiapas, qué contiene la protocolización del Acta de Asamblea General Extraordinaria de la citada Empresa denominada DISTRIBUIDORA COMERCIAL C.A DE C.V, y señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones en el domicilio ubicado en Avenida Hidalgo, número #100,de esta ciudad de Tuxtla, Gutiérrez, Chiapas, y autorizando para ello y para que tenga acceso al expediente al C. Lic. RENE LORENZO MARTINEZ, ante esta H.JUNTA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE EN TURNO comparezco y expongo:

Por medio del presente escrito y con fundamento en los artículos 873, 875,878 y demás relativos de la Ley Federal de Trabajo estando en tiempo y forma se procede a dar contestación a la INFUNDADA DEMANDA planteada por el C.EDUARDO SIGARROA URAM, en las siguientes consideraciones:

PRESTACIONES

A).-Carece de derecho y de acción para reclamar el pago de la suma de $21280.00 (veinte y un mil doscientos ochenta pesos 00/100 M.N) por concepto del pago de 3 meses de indemnización, más 20 días por cada año, teniendo como base para el pago de esta prestación el salario diario de $133.00 (ciento treinta y tres pesos 00/100 M.N) a que se refiere el artículo 50 fracción III de la Ley Federal del Trabajo. Reclamado en el inciso “A” del escrito de demanda, ya que mi representante no despidió al actor en forma justificada ni injustificadamente sino que presento su renuncia con carácter de irrevocable al cargo de Almacenista de Oficio.

B).-Respecto a la prestación demanda por parte actor en el inciso “B” referente al pago de la suma de $467230.00(cuatrocientos sesenta y siete mil doscientos treinta pesos 00/100 M.N)por concepto del pago de los salarios vencidos mas lo que se sigan acumulando hasta la total cumplimentación de este laudo, es IMPROCEDENTE, toda vez que mi representante en ningún momento despidió ni justificada ni injustificadamente sino que el actor C.EDUARDO SIGARROA URAM, presento su renuncia con carácter de irrevocable al cargo de Almacenista de Oficio que desempeñaba ante mi representante en forma escrita el 15 de marzo del 2012,y por tal motivo se le cubrieron las prestaciones de Ley como lo fue la prima vacacional, aguinaldo proporcional, recibió de conformidad el hoy actor la cantidad de $30000.00(Treinta Mil Pesos 00/100 M.N)por esos conceptos, pará acreditar lo anterior se anexan la respectiva renuncia y recibo; aclarando desde este momento que el cargo que desempeñaba era de Almacenista de Oficio.

C).-Es improcedente porque mi representante en ningún momento despidió ni justificada ni injustificadamente al actor, ya que esta prestación como ya antes lo he citado presento su renuncia con carácter de irrevocable al cargo de Almacenista de Oficio que ostentaba con mi representante el día 15 de marzo del 2012,no prescribe, al igual que las demás prestaciones antes combatidas, la prestación reclamada por el actor en el inciso “C” ,consistente en el pago de la suma de $2266800.00(Dos millones doscientos sesenta y seis mil ochocientos pesos 00/100 M.N)por concepto de horas extras, sé reclama el pago de las horas extras de los 7 años laborado, por lo que supuestamente suman 2520 días laborados, cómo el actor laboraba 3 horas extras diarias, luego entonces supuestamente suman 7560 horas extras, y estas deben pagarse al actor precio doble $35.00(treinta y cinco pesos 00/100 M.N)la hora, multiplicadas las 7560 horas extras por la suma de $70.00(setenta pesos 00/100 M.N).

D).-Carece de derecho y de acción, el actor para demandar la prestación del inciso “D” ya que es improcedente el pago de la cantidad de $19789(diecinueve mil setecientos ochenta y nueve pesos 00/100 M.N)por

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