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Contrato Arrendamiento


Enviado por   •  26 de Agosto de 2012  •  2.560 Palabras (11 Páginas)  •  2.007 Visitas

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CONTRATO DE ARRENDAMIENTO

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, que celebran el C. ( en lo sucesivo el Arrendador) y, como arrendatario el C. , ( en lo sucesivo el arrendatario), en la ciudad de ,, de conformidad con las siguientes:

C L Á U S U L A S

PRIMERA.- El arrendatario pagará al arrendador o a quien sus derechos represente, la renta mensual de $.00, ( PESOS 00/100 M.N.), por el arrendamiento de un inmueble ubicado en la CASA marcada con el No. en las calles de , MANZANA LOTE , FRACCIONAMIENTO en el municipio de , . La renta deberá pagarse precisamente en el domicilio del arrendador, en moneda de curso legal con toda puntualidad y por mensualidades adelantadas dentro de los primeros cinco días antes del vencimiento de la fecha que abarca el mes del contrato. La omisión de este cumplimiento dará lugar a que el arrendatario cubra al arrendador como pena la cantidad que resulte del 10% de la mensualidad por cada día que transcurra hasta la liquidación respectiva. En concordancia con lo dispuesto en los artículos 2274, 2300 Fracciones. I, 2302 y, 2327 del Código Civil del Estado de Oaxaca en vigor.

SEGUNDA.- La vigencia del presente contrato se inicia con fecha de de , y su duración será de SEIS MESES a partir de dicha fecha forzoso para el arrendatario y opcional para el arrendador, en la inteligencia de que si al vencimiento de dicho contrato el arrendatario desea seguir arrendando el inmueble en cuestión, tendrá la prioridad ante cualquier otro con la observación de que el importe del arrendamiento se incrementará de acuerdo con el porcentaje de inflación que emita el Banco de México, S.A. más 5 cinco puntos.

TERCERA.- El arrendatario queda facultado para llevar a cabo en la localidad arrendada, las adaptaciones necesarias sin lesionar muebles, puertas, canceles, enseres, estanterías, lambrines, pisos, techos, paredes, jardineras, etc. los cuales son propiedad del arrendador; en consecuencia el arrendatario será responsable de los daños y perjuicios que se ocasionen al inmueble, propiedad del arrendador y por el menoscabo voluntario y negligencia debiendo proceder inmediatamente a su reparación, con la aclaración de que los permisos, licencias y en general todo lo que se relacione con autorizaciones para las adaptaciones ya citadas ante las diversas autoridades, serán a cargo y cuenta exclusiva del arrendatario, obligándose éste al fenecer el presente contrato a devolver al arrendador el inmueble en las condiciones en que lo recibe, es decir, a entregarlo limpio, sin hoyos en la pared o pisos, obligándose a reparar el deterioro que haya ocasionado a satisfacción del arrendador de conformidad con lo que establecen los Artículos, 2300 Fracción II, 2316, 2318 y, 2319 del Código Civil vigente para el estado de Oaxaca.

CUARTA.- Toda mensualidad deberá ser pagada íntegramente y por adelantada, aún cuando el arrendatario ocupe el inmueble un solo día conviniendo en que por falta de pago de las mensualidades, podrá la arrendadora solicitar la desocupación, dándose por rescindido el contrato, en término de los Artículos 2300, Fracción I y 2304 del Código Civil del estado de Oaxaca.

QUINTA.- Aunque el arrendador reciba las rentas en fechas distintas de la estipulada, no se entenderá renovado este contrato ni en cuanto a los términos ni en cuanto a la forma de pago, (Art. 2327 del Código Civil vigente para el Estado de Oaxaca). En caso de enajenación de la propiedad queda a voluntad del propietario continuar o rescindir este contrato, con el simple aviso al arrendatario para que desocupe el inmueble con antelación de diez días naturales.

SEXTA.- El inmueble se destinará básicamente para CASA HABITACIÓN, si el arrendatario hace otro uso distinto a ello, avisará por escrito al arrendador, pudiendo este, si lo cree pertinente, rescindir el contrato, obligando al arrendatario a que desocupe el local en un plazo improrrogable de diez días naturales, no pudiendo el arrendatario Subarrendar, ceder o traspasar en todo o en parte la superficie arrendada a cualquier otra persona física o moral, Art. 2300 Fracción III, del Código Civil del estado de Oaxaca.

SÉPTIMA.- Cuando se requiera hacer alguna reparación substancial al inmueble, el arrendatario lo notificará al arrendador para los efectos consiguientes, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 2290,2294 y 2296 del Código Civil del estado de Oaxaca. Así mismo, el arrendatario deberá pagar el consumo que hiciere de energía eléctrica así como del agua; de igual manera, se obliga a exhibir los originales del recibo de pago de los servicios mencionados a satisfacción del arrendador. Se hace la aclaración que el consumo de gas doméstico es por cuenta del arrendatario. Se establece que el Arrendador deberá cubrir el impuesto predial, aportaciones y derechos o contribuciones por mejoras que correspondan al inmueble.

OCTAVA.- El arrendatario respetará las normas de la comunidad de vecinos como uno más, tendrán especial cuidado con los ruidos evitando escandalizar o molestar a los vecinos. En ningún caso están permitidas las fiestas en el inmueble; No se puede introducir animales en el piso y no está permitida la tenencia de armas, ni explosivos, ni el consumo de cualquier tipo de drogas (incluida la marihuana o el cannabis), ni el consumo abusivo de bebidas alcohólicas; tampoco está permitida la ostentación de material pornográfico ni de cualquier otro que atente contra la dignidad, igualdad y sensibilidad común de las personas.

NOVENA.- El arrendatario no podrá tener sustancias

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