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Contrato De Seguro De Carga Internacional


Enviado por   •  11 de Junio de 2013  •  1.368 Palabras (6 Páginas)  •  487 Visitas

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Contrato de Seguro de Carga Internacional

1. Contrato de seguro de carga internacional

1.1. Importancia del contrato de seguro de carga internacional

Los riesgos son la incertidumbre de que puede o no suceder algo y si ocurren, originan pérdidas que no solo pueden ser monetarias sino también vidas humanas. Las actividades del comercio internacional implican una gran cantidad de riesgos debido a todas las operaciones que se realizan en todo este procedimiento en la manipulación, carga, descarga y principalmente durante el traslado de las mercancías, ya que este momento es la acción principal del comercio entre países porque es la única manera en cómo llega la mercadería de un lugar de origen a un lugar de destino. Por estas probabilidades de que las cosas no salgas como se tienen planeadas, se crearon productos como los seguros que se encargan de cubrir dichas pérdidas.

“En el comercio internacional los envíos se aseguran (casi sin excepción) contra daños y pérdidas en tránsito, mediante algún tipo de seguro de la carga. Según el Incoterm pactado y el contrato, la empresa exportadora o la importadora deberán formalizar el Seguro. Para ello, es recomendable acudir a un agente o intermediario especializado en seguros.”

El contrato de seguro internacional es un documento en el que una de las partes llamada asegurador está obligado a pagar una indemnización o suma de dinero a otra llamada asegurado en caso de que la mercancía sufra algún daño desde el momento en el que el transportador recibe o ha debido hacerse cargo de la misma hasta la entrega al destinatario, basados en los lugares geográficos determinados en el respectivo contrato de seguro. El documento que refleja dicho contrato se le denomina póliza y para que éste valga deben cumplirse dos condiciones basadas en la buena fe y en que sea un hecho aleatorio.

“El seguro de transporte tiene como función la de reponer al asegurado, tras un siniestro, en una situación patrimonial lo más próxima posible a la anterior a sufrirlo; o, si ello no es posible, darle una compensación económica que atenúe los efectos del daño.”

En el comercio exterior, es impensable hacer una operación sin una cobertura de seguros, ya que el transporte es intrínsecamente peligroso puesto que hay movimiento y el transporte significa toda una serie de acciones como manipuleo que pueden significar clasificación de las mercaderías, el embalaje de las mismas y su distribución en sí. La importancia del contrato de seguro de carga internacional radica esencialmente en la de reponer al asegurado con una compensación económica que pueda atenuar los efectos del daño ocasionados en la mercancía, tras la ocurrencia de un siniestro.

Dentro de las características que describen a este contrato, podemos decir que es aleatorio porque no se sabe con exactitud en qué momento va a ocurrir el riesgo, bilateral porque origina derechos y obligaciones por ambas partes, consensual porque es bajo el consentimiento de las mismos, debe ser por escrito, de buena fe porque no debe haber intención de defraudar, oneroso, de adhesión y típicamente mercantil porque se realiza entre empresas.

1.2. Análisis de las obligaciones de las partes

Como todo contrato que genera obligaciones y derechos entre las partes intervinientes, el contrato de seguro internacional también específica las responsabilidades que tienen una parte con la otra, siendo todas tipificadas y delimitadas en el documento. En este contrato, las partes intervinientes son la aseguradora que es la persona jurídica que asume los riesgos, el asegurado o tomador del seguro es la persona que obra por cuenta propia o para un tercer y quien traslada los riesgos y el beneficiario es quien se beneficia de la posible indemnización. Los elementos personales del asegurado, tomador del seguro y beneficiario pueden recaer en una sola persona que cumpla con todos los requisitos pero existen situaciones en las que éstas posiciones recaen en personas distintas.

“En el artículo primero del decreto Supremo 1.147 publicado en el Registro Oficial 123 del 7 de diciembre de 1963 que reforma el título XVII del libro segundo del Código de Comercio que trata del Contrato de Seguros, el legislador conceptúa a este contrato como aquel mediante el cual una de las partes, el asegurador,

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