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Criticas Al Derecho Penal Venezolano Vigente A La Actividad Sancionadora De La Administraciòn


Enviado por   •  7 de Marzo de 2012  •  369 Palabras (2 Páginas)  •  1.672 Visitas

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Puede observarse de la Historia del Derecho Penal en Venezuela que la mayoría de las leyes penales dictadas con anterioridad al Código de 1863 y con posterioridad al de 1873, tuvieron por objeto la tipificación y sanción de delitos relacionados con la estabilidad y seguridad de los gobiernos imperantes a partir de 1830(conspiración, traición a la patria, rebelión, sedición, asonada, etc.),y establecer los procedimientos criminales para el juzgamiento delos autores de tales hechos, lo cual encuentra justificación si se toma en cuenta que, desde la primera presidencia de Páez, fueron muy numerosos y recurrentes los "levantamientos" e insurrecciones en armas contra cada uno de los gobernantes de turno. Esta característica provocó que para finales del gobierno de José Antonio Páez y los hermanos José Tadeo y José Gregorio Monagas no existiera un cuerpo de leyes unificado en el país, con lo que para el año de 1863 bajo el Gobierno de Juan Crisóstomo Falcón se publica, el 19 de abril, el primer Código Penal venezolano con una directa y clara influencia española. De acuerdo a su DISPOSICIÓN FINAL, el Código Penal del 19 de Abril de 1863, comenzaría a regir "desde el 5 de julio del presente año, y en esa fecha quedan derogadas todas las Leyes penales anteriores a su publicación, salvo las relativas a delitos y faltas no sujetas a las disposiciones del mismo Código…" , lo que significa que su vigencia efectiva fue de apenas Treinta y cuatro días(no de "tres meses escasos" ,como sostiene Chiossone), pues fue derogado el 8 de Agosto del mismo año por Decreto de Juan Crisóstomo Falcón, quien había sido nombrado Presidente por la Asamblea Constituyente de La Victoria, el 15 de Junio de 1863. Este Decreto declaró nulas y de ningún valor las disposiciones dictadas con posterioridad al 15 de marzo de 1858, a excepción del Código de Comercio de 1862. De allí que es poco probable que hubiese llegado a tener aplicación por los Tribunales de la época. El Código de 1897 entró en vigencia el 20 de Febrero de 1898, quedando derogado desde esa fecha el de 1873, así como todas las Leyes relacionadas con la materia. Fue sustituido luego por los de 1904, 1912, 1916 y 1926.

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