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DESARROLLO LOCAL EN VENEZUELA Y SU REGULACIÓN LEGAL.


Enviado por   •  9 de Noviembre de 2013  •  3.922 Palabras (16 Páginas)  •  336 Visitas

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COORDINACION DE POSTGRADO

ESPECIALIZACION DE DERECHO ADMINISTRATIVO

DESARROLLO LOCAL EN VENEZUELA Y SU REGULACIÓN LEGAL.

Ensayo

Autor: Lesbia Ferrer

C.I. V.- 10.080.571

MSC: María Segovia

Santa Bárbara, 30/04/2012

Venezuela en la etapa final del siglo XX, ha dejado de transitar de un modelo de economía de mercado de tipo mercantilista e individual cuyas bases se encuentran sustentadas en el modelo capitalista, para transitar hacia un modelo de desarrollo enmarcado en ideas y principios socialistas que definen la conducción gubernamental de las políticas del presidente Hugo Rafael Chávez Frías, es por ello que durante el periodo 1999-2006, el gobierno obtuvo como principales logros generar la mayor suma de felicidad posible en el pueblo venezolano, una vez asentadas estas bases se continúa con dicha línea de trabajo durante el período 2007-2013, al ser ratificado éste en el cargo de primer mandatario nacional, realzando y fortaleciendo sus bases con la participación protagónica del pueblo, articulada a los distintos sectores vinculados con la economía, para que sean el factor de desarrollo y progreso del modelo económico socialista, humanista y progresista, siendo la figura del Municipio el eje central que permita de forma más efectiva lograr su fortalecimiento económico, para obtener eficazmente los planes de desarrollo que impulse la Nación

Nuestro país es definido además en la vigente Carta Magna, como un estado Federal Descentralizado, que cumple las funciones gubernamentales en cada uno de los tres niveles territoriales de gobierno en forma concurrente y exclusiva, orientados en los principios de coordinación, solidaridad y cooperación, articulados estos tres niveles de gobierno territorial, con el Consejo Federal de Gobierno y los Consejos Estadales de Planificación y Coordinación de Políticas de las competencias exclusivas de cada nivel territorial. Cabe advertir, que las competencias exclusivas establecidas en los artículos 156, 164 y 178 Constitucional, se distribuyen entre los tres niveles territoriales del Poder Público, las cuales resultan ser en realidad materias de la competencia concurrente entre la República, los Estados y los Municipios, o entre la República y los Municipios o entre la República y los Estados.

El proceso de Descentralización política venezolana, es concebida en los actuales momentos como la distribución espacial del poder, teniendo como eje central la democracia participativa y protagónica y su gran influencia en el desenvolvimiento de la sociedad civil en la toma de decisiones gubernamentales a nivel local, a través de la conformación de los Consejos Comunales y Comunas, que permitan su desarrollo cuantitativo y cualitativo en demanda de la satisfacción de sus necesidades básicas y una mejor calidad de vida. El desarrollo entendido como un proceso esencialmente endógeno, siempre descentralizado, y siempre con una dinámica de tipo capilar de “abajo hacia arriba y hacia los lados” (Boisier, 2005, p.51), y determinado por la espacialidad del poder.

En la realización del presente ensayo, se persigue enfocar la descentralización política como elemento fundamental del desarrollo local y su traslado a la esfera del poder de la Sociedad Civil, como corolario de ello el Artículo 62 Constitucional, la define:

...todos los ciudadanos y ciudadanas tienen el derecho de participar libremente en los asuntos públicos, directamente o por medio de sus representantes elegidos o eligidas. La participación del pueblo en la formación, ejecución y control de la gestión pública es el medio necesario para lograr el protagonismo que garantice su completo desarrollo, tanto individual como colectivo...

La democracia protagónica se concreta en el proceso de elaboración, planificación, ejecución y evaluación de políticas públicas, este protagonismo persigue el desarrollo integral tanto del individuo como de la sociedad. Por otra parte el art. 70 de la Constitución Bolivariana de Venezuela, establece los medios para realizar la participación, tanto en el plano político como en lo social - económico:

Son medios de participación y protagonismo del pueblo en ejercicio de su soberanía, en lo político: la elección de cargos públicos, el referendo, la consulta popular, la revocatoria del mandato, la iniciativa legislativa, constitucional y constituyente, el cabildo abierto y la asamblea de ciudadanos cuyas decisiones serán de carácter vinculante, entre otros; y en lo social y económico, las instancias de atención ciudadana, la autogestión, la cogestión, las cooperativas en todas sus formas , incluyendo las de carácter financiero, las cajas de ahorro, la empresa comunitaria y demás formas asociativas guiadas por los valores de la mutua cooperación y la solidaridad.

Los mecanismos de participación política, con un protagonismo de base diverso, pero que incluye la asamblea de ciudadanos y ciudadanas cuyas decisiones tienen carácter vinculante, sientan las bases para construir un nuevo modelo social, circunscrito no solo en el ámbito político, sino también en el plano económico-social, cuando se postula la empresa comunitaria y otras formas asociativas guiadas por los valores de la solidaridad y la cooperación.

La participación del Poder Popular en Venezuela se expresa en forma incipiente en el establecimiento de los consejos comunales, que vendrían a ser las instancias territoriales locales de participación, articulación e integración más pequeñas, que permiten a la sociedad civil organizada, ejercer claramente la gestión de las políticas públicas, profundizando los niveles de democracia y descentralización.

La Ley de los Consejos comunales en el Artículo 2, los define como:

Los consejos comunales en

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