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Defendoria Del Pueblo


Enviado por   •  3 de Mayo de 2015  •  3.197 Palabras (13 Páginas)  •  160 Visitas

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La institución de la Defensoría del Pueblo es lo más cercano a un proyecto de Nación, en el sentido que su titular y el órgano en pleno, están llamados a representar a todos los sectores y a los distintos grupos de la Nación, al punto de poder encarnar y defender sus intereses. En ese sentido, el criterio más elemental será el concebir legalmente una institución que, debiendo enfrentarse diariamente al aparato del Estado, aleje paradójicamente su misión del conflicto de coyuntura y pueda ser percibida por todos, en un horizonte de largo plazo, donde los intereses menudos se difuminen en el tiempo. Una de las características sustanciales de la Defensoría del Pueblo es su poder moral, lo que se traduce normativamente en que no constituye procedimiento o instancia y carece de capacidades resolutivas o vinculantes. La Defensoría del Pueblo, aun siendo parte del Poder Público, se concreta como un organismo social extra poder, en el sentido de encontrarse al margen de los poderes clásicos del Estado y esgrimir el grado de presión moral de la Institución, con el apoyo de la sociedad, frente al aparato del Estado.

Es posible rastrear el origen histórico de un poder que aparece como fenómeno social, que compele moralmente al responsable de los actos ilegales o abusivos de gobierno y que aparece asociado principalmente a los derechos civiles y políticos, tales como de reunión, de opinión, etc., y se va abriendo cada vez con más claridad hacia una mejor y más digna calidad de vida. Al momento de proponer un Poder distinto a los tres clásicos, Simón Bolívar resuelve la encrucijada en que se encontraba la República, proponiendo la audaz idea de un Poder Moral que sirva para ligar y armonizar la necesaria división de Poderes y recíproco control, pero que al mismo tiempo controle el poder que van tomando quienes lo administran en nombre del pueblo, para exigirles más allá de la Ley y las pruebas, el compromiso que tienen con el destino de la República; y eso es lo que el mundo actual conoce como el Ombudsman o Defensor del Pueblo. Acudimos al espíritu que inspira la adopción del Poder Moral Republicano en el discurso pronunciado por el Libertador ante el Congreso de Angostura, el 15 de febrero de 1819, día de su instalación, no para invocar un argumento de autoridad, sino más bien para buscar su más exacto sentido. Bolívar se encontraba devolviendo a los Representantes del Pueblo el "terrible y peligroso encargo de Dictador Jefe Supremo de la República" confiesa que respira devolviendo esa autoridad y advierte que "nada es tan peligroso como dejar permanecer largo tiempo en un mismo Ciudadano el Poder. El pueblo se acostumbra a obedecerle, y él se acostumbra a mandarlo; de donde se origina la usurpación y la tiranía." El "Espíritu de las Leyes" le confirma que éstas "deben ser propias para el Pueblo que se hacen" y que la razón del fracaso de la Constitución Federal de Venezuela, es que se trata de un pueblo diferente al de ese modelo de Norte América; que no se debe olvidar "jamás que la excelencia de un Gobierno no consiste en su teórica, en su forma, ni en su mecanismo, sino en ser apropiado a la naturaleza y al carácter de la Nación para quien se instituye." Recomienda una Constitución popular en la que lo fundamental sea, "la división y el equilibrio de los poderes", que posibiliten las libertades ciudadanas y puedan servir de modelo a cuantos aspiren al goce de los derechos ciudadanos, como forma de lograr toda la felicidad política que pueda ser "compatible con nuestra frágil naturaleza" humana.

Aunque reclama un mayor poder para el Ejecutivo, postula una estricta división y control recíproco de los Poderes del Estado, porque "nada es tan contrario a la armonía entre los Poderes, como su mezcla." Dice: "Mi deseo es que todas las partes del Gobierno y la Administración, adquieran el grado de vigor que únicamente puede mantener el equilibrio, no sólo entre los miembros que componen el Gobierno, sino entre las diferentes fracciones de que se compone nuestra sociedad." La estabilidad de un Gobierno está en un sistema que sea capaz de "moderar la voluntad general, y limitar la autoridad pública". El visionario aporte del Libertador es "inventar un Poder Moral" que tome la experiencia de la historia de la humanidad para "corregir las costumbres con penas morales, como las Leyes castigan los delitos con penas aflictivas", para que "purifique lo que se haya corrompido en la República."

La Defensoría del Pueblo (del sueco Ombudsman) es una de las instancias del Poder Ciudadano de Venezuela en conjunto con el Ministerio Público y la Contraloría General de la República, el mismo tiene su asiento en la ciudad de Caracas. La misma tiene su origen con la constitución de 1999 en la cual se reconoce por primera vez al Poder Ciudadano.

La Defensoría del Pueblo según la Constitución tiene como finalidad la promoción, vigilancia y defensa de los Derechos humanos (DDHH) en el país. La misma es dirigida por el Defensor del pueblo quien se encarga de velar por el buen funcionamiento de la instancia. El defensor es elegido por una comisión especial de diputados de la Asamblea Nacional por un período de 7 años. La defensoría del pueblo de la República Bolivariana de Venezuela hace parte de diversas instituciones internacionales, como el Comité Internacional de Coordinación de Instituciones Nacionales de Promoción y Protección de los Derechos Humanos (CIC), la Federación Iberoamericana de Ombudsman (FIO), la Red de Instituciones Nacionales de Promoción y Protección de los Derechos Humanos del Continente Americano, y el Consejo Andino de Defensores del Pueblo (CADP).

Defensoría del Pueblo:

Funciones de la Defensoría del Pueblo:

Copia textual del artículo 281:

Artículo 281. Son atribuciones del Defensor o Defensora del Pueblo:

• 1. Velar por el efectivo respeto y garantía de los derechos humanos consagrados en esta Constitución y en los tratados, convenios y acuerdos internacionales sobre derechos humanos ratificados por la República, investigando de oficio o a instancia de parte las denuncias que lleguen a su conocimiento.

• 2. Velar por el correcto funcionamiento de los servicios públicos, amparar y proteger los derechos e intereses legítimos, colectivos o difusos de las personas, contra las arbitrariedades, desviaciones de poder y errores cometidos en la prestación de los mismos, interponiendo cuando fuere procedente las acciones necesarias para exigir al Estado el resarcimiento a las personas de los daños y perjuicios que les sean ocasionados con motivo del funcionamiento

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