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Defensoria Del Pueblo En Venezuela


Enviado por   •  23 de Octubre de 2011  •  8.835 Palabras (36 Páginas)  •  750 Visitas

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La Defensoría del Pueblo

La Defensoría del Pueblo de la República Bolivariana de Venezuela

Origen

La Defensoría del Pueblo en nuestro país es una institución novedosa creada a partir de la Constitución de 1999, pero que tiene su origen en la figura del Ombudsman, fundada en Suecia en 1809 que quiere decir: "el que actúa en nombre de otro", "su representante”, y en los principios educativos del Poder Moral propuesto por el Libertador Simón Bolívar.

Históricamente, la figura del Ombudsman surge de la necesidad de idear un mecanismo para oponerse al poder de la administración del Estado, cuando éste es ejercido desconociendo los derechos de los ciudadanos y ciudadanas.

El origen del Ombudsman se ubica en el siglo XVI, como un mecanismo de control de la Administración Pública, basado fundamentalmente en el prestigio y en el poder de persuasión y negociación de una persona frente a los Poderes del Estado.

La figura del Defensor del Pueblo, el Ombudsman o el Procurador de Derechos Humanos, como también se le conoce, fue creada para constituirse en un límite a los abusos cometidos por las autoridades estatales, así como para promover el respeto de los derechos humanos y contribuir a dotar a la sociedad de una cultura interior sobre la vigencia de los mismos.

Se trataba de un comisionado parlamentario encargado de supervisar el cumplimiento de la ley por parte de los funcionarios y funcionarias de la Administración Pública y de los tribunales de justicia. Algunos de los rasgos fundamentales del Ombudsman sueco se han mantenido y consolidado a lo largo del tiempo, cuestión que ha venido a caracterizar a la gran mayoría de las Defensorías del Pueblo.

Estas instituciones son autónoma, de carácter complementario, cuyo objetivo es supervisar la actuación los órganos de la Administración Pública y de justicia, aunque no sustituirlos en sus funciones, sino velar por el correcto funcionamiento de los mismos.

Asimismo, sus actuaciones no tienen carácter de cosa juzgada, pero están respaldadas por la autoridad del Parlamento y por la autoridad moral de su titular, quien hace uso de mecanismos tales como la mediación y la persuasión entre partes en conflicto y el uso de recomendaciones.

El Ombudsman es elegido y revocado por el propio Parlamento y tiene la obligación de presentar informes anuales y especiales, sin que el mismo pueda condicionar su labor protectora. Los procedimientos para la presentación de quejas son gratuitos, rápidos y libres de formalidades.

La Defensoría del Pueblo de la República Bolivariana de Venezuela

En Venezuela, en el contexto de los cambios políticos que se iniciaron a partir del proceso electoral de 1998, sucede un hecho histórico inédito. El Presidente electo, Hugo Rafael Chávez Frías, convoca al pueblo para que a través de un referendo consultivo manifestara su aprobación o no a un proceso constituyente, a los fines de adecuar el marco constitucional e institucional para transformar el Estado con base en la primacía del pueblo.

Con la opinión afirmativa del pueblo venezolano se convocó a una Asamblea Nacional Constituyente hacia la transformación profunda del Estado. A esta Asamblea correspondió redactar el nuevo texto constitucional en el cual se consagró la preeminencia de los derechos humanos y se concibe una estructura de cinco Poderes Públicos, entre ellos el Poder Ciudadano integrado por la Defensoría del Pueblo, el Ministerio Público y la Contraloría General de la República.

La Defensoría del Pueblo tiene a su cargo la promoción, defensa y vigilancia de los derechos y garantías establecidos en nuestra Carta Magna y en los tratados internacionales sobre derechos humanos, además de los intereses legítimos, colectivos o difusos de los ciudadanos y ciudadanas.

Esta institución se propone construir confianza a partir de la vigencia del Estado Social de Derecho y de Justicia y contribuir a la estabilidad institucional del país, promoviendo prácticas de buen gobierno que brinden eficiencia, respeto a los derechos fundamentales y el cumplimiento correcto de los principios que inspiran la ética y la convivencia social.

En la región andina el nombre de Defensoría del Pueblo es común a todos los países que la conforman. No se trata de una simple coincidencia en la denominación, este hecho obedece a una razón conceptual que se asienta en la necesidad de contar con una institución fuerte y capaz de defender a los ciudadanos y ciudadanas ante el Estado, y a su vez, constituye una instancia de protección a los derechos humanos, característica común en el resto de los países andinos en donde esta figura existe.

Competencias de la Defensoría del Pueblo

La Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 37.995 del 05/08/2004, en su artículo 15, establece sus competencias, las cuales describimos a continuación:

1. Iniciar y proseguir de oficio o a petición del interesado o la interesada, cualquier investigación conducente al esclarecimiento de asuntos de su competencia, de conformidad con los artículos 2 y 4 de la presente Ley.

2. Interponer, adherirse o de cualquier modo intervenir en las acciones de inconstitucionalidad, interpretación, amparo, hábeas corpus, hábeas data, medidas cautelares y demás acciones o recursos judiciales, y cuando lo estime justificado y procedente, las acciones subsidiarias de resarcimiento, para la indemnización y reparación por daños y perjuicios, así como para hacer efectiva las indemnizaciones por daño material a las víctimas por violación de derechos humanos.

3. Actuar frente a cualquier jurisdicción, bien sea de oficio, a instancia de parte o por solicitud del órgano jurisdiccional correspondiente.

4. Mediar, conciliar y servir de facilitador en la resolución de conflictos materia de su competencia, cuando las circunstancias permitan obtener un mayor y más rápido beneficio a los fines tutelados.

5. Velar por los derechos y garantías de las personas que por cualquier causa hubieren sido privadas de libertad, recluidas, internadas, detenidas o que de alguna manera tengan limitada su libertad.

6. Visitar e inspeccionar libremente las dependencias y establecimientos de los órganos del Estado, así como cualquiera otra institución o empresa en la que se realicen actividades relacionadas con el ámbito de su competencia, a fin de garantizar la protección de los derechos humanos.

7. Velar por los derechos de los pueblos indígenas y ejercer las acciones

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