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Delitos Tributarios


Enviado por   •  19 de Septiembre de 2012  •  3.504 Palabras (15 Páginas)  •  477 Visitas

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Introducción

En el presente trabajo estudiaremos los delitos tributarios, para los cuales es necesario analizar una serie de aspectos, no solo los inherentes a los delitos propiamente dicho, sino que también haremos un repaso de toda las figuras de ilícitos tributarios, para poder comprender mejor estos tipos penales es necesario hacer una revisión a su origen, de donde parten, y como se llega a estos, lo mismo que haremos al estudiar su origen en el tiempo, haciendo una pequeña pero necesaria evolución en el tiempo de diversas corrientes que han ido modificando nuestra concepción de estos hechos punibles, así como su adecuación actual a la realidad y como es considerada en la actualidad tomando en cuenta la Ley Penal Tributaria, normatividad de donde parte todo nuestro estudio y sin el cual no podría ser posible este análisis, así también compartiremos puntos de vista con nuestras fuentes, en especial hemos trabajado muy de cerca con "Derecho Tributario, e Ilícitos Tributarios" obra grandiosa que nos dio muchas luces a seguir así como una rica bibliografía con la cual cotejar nuestras conclusiones, por ultimo estudiaremos una a una las figuras penales constituidas en la ley madre de nuestra investigación, y para un mejor análisis hemos creído conveniente añadir la ley que da origen a nuestro tema, ya que existen diversas corrientes y planteamientos que veremos a lo largo de nuestra investigación.

Ilícitos tributarios

Los ilícitos tributarios contravienen el derecho en su conjunto, tomando generalmente como sinónimo lo Ilegal, sin embargo lo ilegal es contrario a la ley, mientras que la contrariedad en lo ilícito aunque con la etimología similar lo asumimos como un significado de antijurídico haciendo referencia al derecho en su conjunto, lo que abarca no solo sus leyes sino también sus principios fundamentales y normatividad en general.

La ilicitud en la conducta de la persona puede afectar a cualquier parte del conjunto de la normatividad en general, por tanto la afectación a la normatividad tributaria no es ajena a ello.

La expresión "ilícito tributario" hay que atenderla con un concepto omnicomprensivo de la infracción tributaria tanto en el plano administrativo como en el ámbito penal.

Entender el concepto de Ilícito Tributario es básico para poder hacer un análisis profundo de la figura de Los Delitos Tributarios, es decir, ya que es un concepto genérico en donde están comprendidos los Delitos Tributarios.

Evasión tributaria

Evadir proviene del latín "evadere" que significa "sustraerse", irse o marcharse de algo donde se está incluido, aplicando dicho racionamiento al campo tributario, evadir conlleva el significado de sustraerse al pago "dolosamente o no" de un tributo que se adeuda. En consecuencia, la evasión tributaria es un concepto genérico, que engloba tanto al:

• Ilícito tributario administrativo, como infracción tributaria, e

• Ilícito tributario penal, Delito Tributario

ESQUEMA SOBRE LA EVASION TRIBUTARIA

• ILICITOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS: INFRACCIONES TRIBUTARIAS

CONTRAVENCIONES TRIBUTARIAS:

• a. Contravenciones: Infracciones y Faltas: Etimológicamente contravención proviene del latín contravenire y significa obrar en contra de lo que está mandado. La acepción corriente, lo mismo que la jurídica es: cometer una infracción o una falta. Para "Adolf Schonke" las contravenciones son delitos pequeños de escasa trascendencia social respecto de los cuales el legislador es benévolo; en atención a los bienes jurídicos, por cuya protección deben velar; se considera suficiente una pena de arresto por pocos días o la imposición de una multa, como sanción variable en su monto, según los caso.

Para el doctor "Rubén Sanabria" lo expresado por Schonke no hace sino más que confirmar sus apreciaciones, ya que él piensa que la contravención es el termino que engloba tanto la infracción para el campo tributario, como la falta, para el ámbito penal.

Por ello el penalista Schonke, afirma correctamente que "En la ley penal, estos delitos minúsculos se denominan faltas mientras que la ley tributaria los llaman infracciones".

• b. Infracción tributaria: Se produce cuando los deberes jurídicos son incumplidos, es decir el deber de obediencia y de colaboración con la administración publica que obligan a los sujetos a hacer o no hacer determinados actos son incumplidos.

Para el Código Tributario "Toda acción u omisión que importe violación de normas tributarias, constituye infracción sancionable de acuerdo con lo establecido en ese título" (Articulo 164). Más adelante en el artículo 162, precisa cuales son las llamadas infracciones tributarias.

• ILICITOS PENALES TRIBUTARIOS

DELITOS TRIBUTARIOS

• 1. La Ley Penal Tributaria: La Ley Penal tributaria constituye la fuente fundamental por excelencia del Derecho Penal tributario, por ende, es de donde partimos para estudiar los delitos tributarios.

Para Rubén Sanabria la ley penal o la norma específica penal tributaria refiere una configuración abstracta del hecho ilícito que para que coincida con un hecho real, es preciso previamente establecer si está o no justificada por el orden jurídico extra penal. El hecho que figura como sancionable o punible, antes fue un deber jurídico omitido o incumplido, exigido en una norma tributaria. Por ello si la fuente inmediata penal es la norma que establece la infracción, la fuente mediata será la legislación tributaria.

• Características: La Ley en general y la penal tributaria en particular, reúne las siguientes características.

• a. Obligatoria: Porque es obligatoria para todos los particulares como para los órganos del Estado, no hay distinción.

• b. Exclusiva: Ya que es la única capaz de calificar y establecer penas. Esto está vinculado al principio jurídico de "Nullum Crimen Nullum Poena Sine Lege", no hay delito, no hay pena, si su regulación no está previamente establecida por ley.

• c. Ineludible: Se tiene que cumplir mientras que la norma este vigente, según la Constitución de 1993, es su Artículo 109°: entra en vigencia al día siguiente al día siguiente de su publicación en diario oficial, salvo disposición contraria de la misma, en la cual se postergue en parte

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