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Derecho De La Informática Y Tecnología De Punta


Enviado por   •  1 de Octubre de 2011  •  493 Palabras (2 Páginas)  •  783 Visitas

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OBJETIVO

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Conocer los Principios y Reglas Básicas de la formación de los Contratos Civiles en su aplicación a la contratación por la red electrónica

INTRODUCCION

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Las tecnologías de la información han logrado facilitar las comunicaciones y las transacciones comerciales, además de que se han convertido en útiles y necesarias herramientas para facilitar la interrelación entre los distintos actores, lo cual ha dado lugar a lo que hoy en día se denomina comercio electrónico.

DESARROLLO

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Principios generales del derecho de la contratación electrónica:

1. Equivalencia funcional de los actos empresariales electrónicos

2. Neutralidad Tecnológica

3. Inalteración del derecho preexistente de obligaciones y contratos privados

4. Buena fe

5. Libertad contractual mantenida en el nuevo contexto electrónico, equivalencia funcional de los actos empresariales electrónicos

Los actos jurídicos patrimoniales que contengan una declaración de voluntad común, celebrados por medios informáticos (en sentido amplio) están comprendidos en el artículo 1137 del Código Civil, y les son aplicables los principios generales del derecho común en materia de obligaciones y contratos.

El principio de libertad de formas es particularmente aplicable a los contratos celebrados por medios informáticos.

Oferta y aceptación.

. Se considera que hay manifestación de voluntad por medios informáticos, tanto en la oferta como en la aceptación, cuando el mensaje ha salido de la esfera de control del emisor.

- Deben distinguirse los contratos que se realizan en tiempo real ("on line"), de aquellos en los que no existe una conexión en tiempo real ("off line"), ya sea por la utilización de correo electrónico, u otros procedimientos.

-Los contratos celebrados en tiempo real ("on line") se rigen por las normas relativas a los contratos entre presentes. Los realizados sin una conexión en tiempo real, se rigen por las normas relativas a los contratos entre ausentes.

- En los contratos celebrados por medios informáticos, que se rigen por las normas relativas a los contratos entre ausentes, el consentimiento se perfecciona desde el momento de la expedición

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