ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Derecho Tributario 1 Y 2


Enviado por   •  22 de Octubre de 2014  •  2.367 Palabras (10 Páginas)  •  146 Visitas

Página 1 de 10

ACTIVIDAD DE APRENDIZAJE N° 01

1.- CONFECCIONAR UN ORDENADOR VISUAL DE LAS OCHO ETAPAS DEL FENÓMENO TRIBUTARIO.

2.- LEER EL TUO DE LA LEY DE TRIBUTACIÓN MUNICIPAL EN LA PARTE RELACIONADA CON EL IMPUESTO DE ALCABALA (ARTÍCULOS 21 AL 29) E IDENTIFICAR LAS OCHO ETAPAS DEL FENÓMENO TRIBUTARIO, INDICANDO CUÁLES SON Y CÓMO SE MANIFIESTAN EN EL MUNDO DE LA REALIDAD.

TUO DE LA LEY DE TRIBUTACIÓN MUNICIPAL

CAPITULO II

DEL IMPUESTO DE ALCABALA

Artículo 21.-

El Impuesto de Alcabala es de realización inmediata y grava las transferencias de propiedad de bienes inmuebles urbanos o rústicos a título oneroso o gratuito, cualquiera sea su forma o modalidad, inclusive las ventas con reserva de dominio; de acuerdoa lo que establezca el reglamento.

Artículo sustituido por el Artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 952, publicado el 3 de febrerode 2004.

Artículo 22.-

La primera venta de inmuebles que realizan las empresas constructoras no seencuentra afecta al impuesto, salvo en la parte correspondiente al valor del terreno.

Artículo 23.-

Es sujeto pasivo en calidad de contribuyente, el comprador o adquirente delinmueble.

Artículo 24.-

La base imponible del impuesto es el valor de transferencia, el cual no podrá ser menor al valor de autovalúo del predio correspondiente al ejercicio en que seproduce la transferencia ajustado por el Índice de Precios al por Mayor (IPM) para LimaMetropolitana que determina el Instituto Nacional de Estadística e Informática.

Párrafo sustituido por el Artículo 9 del Decreto Legislativo Nº 952, publicado el 3 de febrerode 2004.

El ajuste es aplicable a las transferencias que se realicen a partir del 1 de febrero de cadaaño y para su determinación, se tomará en cuenta el índice acumulado del ejercicio, hasta elmes precedente a la fecha que se produzca la transferencia.

Artículo 25.-

La tasa del impuesto es de 3%, siendo de cargo exclusivo del comprador,sin admitir pacto en contrario

No está afecto al Impuesto de Alcabala, el tramo comprendido por las primeras 10 UIT del valor del inmueble, calculado conforme a lo dispuesto en el artículo precedente.

Artículo modificado por el Artículo 1 de la Ley Nº 27963, publicada el 17 de mayo de 2003.

Artículo 26.-

El pago del impuesto debe realizarse hasta el último día hábil del mes calendario siguiente a la fecha de efectuada la transferencia.

Párrafo sustituido por el Artículo 10 del Decreto Legislativo Nº 952, publicado el 3 de febrero de 2004

El pago se efectuará al contado, sin que para ello sea relevante la forma de pago del precio de venta del bien materia del impuesto, acordada por las partes.

Artículo 27.-

Están inafectas del impuesto las siguientes transferencias:

a) Los anticipos de legítima.

b) Las que se produzcan por causa de muerte.

c) La resolución del contrato de transferencia que se produzca antes de la cancelación del precio.

d) Las transferencias de aeronaves y naves.

e) Las de derechos sobre inmuebles que no conlleven la transmisión de propiedad.

f) Las producidas por la división y partición de la masa hereditaria, de gananciales o de condóminos originarios.

g) Las de alícuotas entre herederos o de condóminos originarios.

Artículo 28.-

Se encuentran inafectos al pago del impuesto, la adquisición de propiedad inmobiliaria que efectúe las siguientes entidades:

a) El Gobierno Central, las Regiones y las Municipalidades.

b) Los Gobiernos extranjeros y organismos internacionales.

c) Entidades religiosas.

d) Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú.

e) Universidades y centros educativos, conforme a la Constitución.

Artículo 29.-

El impuesto constituye renta de la Municipalidad Distrital en cuya jurisdicción se encuentre ubicado el inmueble materia de la transferencia. En el caso de

Municipalidades Provinciales que tengan constituidos Fondos de Inversión Municipal, éstas serán las acreedoras del impuesto y transferirán, bajo responsabilidad del titular de la entidad y dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al último día del mes que se recibe el pago, el

50% del impuesto a la Municipalidad Distrital donde se ubique el inmueble materia de transferencia y el 50% restante al Fondo de Inversión que corresponda

Artículo sustituido por el Artículo 11 del Decreto Legislativo Nº 952, publicado el 3 de febrero de 2004.

Identificamos a las etapas como sigue:

La creación de la Norma Tributaria: se manifiesta en la descripción de la actividad de las personas frente a acontecimientos que son materia de gravamen, es este caso la Ley de Tributación en sus artículos 21, 21, 23, 24 y 25 hace resumen sobre que va a consistir el impuesto en qué casos se aplica a quienes, etc.

Inserción de la norma tributaria en el ordenamiento jurídico.- este se manifiesta al momento en que esta es contenida en un dispositivo de rango de ley como en este caso en un Decreto Supremo.

Entrada de Vigencia de la Norma Tributaria, esta se da cuando una vez ya contenida en un dispositivo se promulga a través de la publicación ya sea una Ley o Decreto Legislativo, como es en este caso el del Decreto Supremo Nº 156-2004-EF

Hecho social se manifiesta cuando

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (16.2 Kb)  
Leer 9 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com