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Derechos Humanos


Enviado por   •  24 de Febrero de 2012  •  3.641 Palabras (15 Páginas)  •  336 Visitas

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DERECHOS HUMANOS Y EL SISTEMA OMBUDSMAN

ÍNDICE

INTRODUCCIÓN

CAPÍTULOS

I. DERECHOS HUMANOS, GARANTÍAS INDIVIDUALES Y DERECHOS FUNDAMENTALES

II. CONCEPTO DE DERECHOS HUMANOS

III. EVOLUCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS

IV. PRIMERAS DECLARACIONES DE LOS DERECHOS HUMANOS

V. CARACTERÍSTICAS DE LOS DERECHOS HUMANOS

VI. SISTEMA OMBUDSMAN

A. Antecedentes Históricos

B. El ombudsman y la responsabilidad de los servidores públicos

C. Concepto genérico del Ombudsman

D. Los recursos del Sistema Ombudsman

CONCLUSIONES

BIBLIOGRAFÍA Página

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INTRODUCCION

Los derechos humanos son aquellos inherentes a la persona humana, sin los cuales no puede realizar sus potencialidades en forma plena; son los derechos que tiene toda persona por el simple hecho de serlo, y que deben ser reconocidos y protegidos por el Estado, y que cuenten con los medios suficientes para satisfacer sus necesidades.

En el Derecho Positivo Mexicano, los Derechos Humanos son los reconocidos por la Constitución y los Tratados Internacionales suscritos y ratificados por México.

El Estado no crea los Derechos Humanos, los reconoce, los precisa, fija su extensión y sus modalidades, y establece los mecanismos y procedimientos para su adecuada tutela y conservación.

Los valores y principios que dan contenido a los derechos humanos, como son: la vida, la libertad, la seguridad, contar con un mínimo de bienestar económico, son prerrequisitos de una existencia real y humana; de una vida digna.

El artículo 1° constitucional, contiene el principio de igualdad de todos los seres humanos, con respecto a las garantías que la misma constitución establece. La constitución otorga de forma universal los derechos contenidos en su texto, los cuales no podrán ser restringidos ni suspendidos, los casos expresamente previstos en las disposiciones constitucionales.

La prohibición de discriminación es una de las distintas manifestaciones que adopta el principio de igualdad.

El artículo 2.1 de la Declaración Universal de los Derechos del Hombre, de 1948 dispone que

“Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamadas en esta Declaración sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.”

El artículo 2.1 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, señala que

“Los Estados partes se comprometen a garantizar el ejercicio de los derechos que en él se enuncian, sin discriminación alguna por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión pública o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social”

Capítulo I

DERECHOS HUMANOS, GARANTIAS INDIVIDUALES Y DERECHOS FUNDAMENTALES

Los derechos del hombre se traducen en potestades inseparables e inherentes a su personalidad; son elementos propios de su naturaleza como ser racional. Los derechos del hombre constituyen, en términos generales, el contenido parcial de las garantías individuales

Las garantías individuales equivalen a la consagración jurídico-positiva de esos elementos, en el sentido de investirlo de obligatoriedad e imperatividad para atribuirles respetabilidad por parte de las autoridades estatales y del Estado mismo. En sentido moderno una garantía constitucional tiene por objeto reparar las violaciones que se hayan producido a los principios, valores o disposiciones fundamentales.

Fix Zamudio, dice que el concepto de garantía no equivale al de un derecho. La garantía es el medio a garantizar algo, hacerlo eficaz o devolverlo a su estado original en caso de que haya sido violado o no respetado.

Luigi Ferrajoli señala que “garantía es una expresión del léxico jurídico con la que se designa cualquier técnica normativa de tutela de un derecho sujetivo”. Parte de idea de que el concepto garantía no es lo mismo que un derecho fundamental.

Los derechos humanos no deben ser confundidos con los derechos fundamentales. En término “derechos fundamentales” aparece en Francia a finales del siglo XVIII, dentro del movimiento que culmina con la expedición de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789. En sentido moderno, los derechos fundamentales toman relieve en Alemania bajo la denominación de grundrechte adoptada por la Constitución de ese país en 1949.

Los derechos humanos son una categoría más amplia que, en la práctica, se suele utilizar con menos rigor jurídico que la de derechos fundamentales. Muchas veces se hace referencia a los derechos humanos como expectativas que no están previstas en forma clara en alguna norma jurídica, con el objeto de reclamar lo que a algunas personas les puede parecer una actuación indebida de las autoridades.

No obstante, derechos fundamentales y derechos humanos no se trata de categorías separadas e incomunicadas. De hecho, se puede afirmar que todos los derechos fundamentales son derechos humanos constitucionalizados.

Luigi Ferrajoli sostiene que los derechos fundamentales son “todos aquellos derechos subjetivos que corresponden universalmente a “todos” los seres humanos en cuanto dotados del status de personas, de ciudadanos

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