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EL ESTADO COMO SUJETO DE DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO


Enviado por   •  9 de Julio de 2014  •  1.302 Palabras (6 Páginas)  •  343 Visitas

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EL ESTADO COMO SUJETO DE DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO

El Estado tiene la personalidad jurídica internacional natural y originaria, no obstante algunas teorías han intentado negar su personería.

Tesis de Scelle: los únicos sujetos de derecho internacional son los individuos, puesto que una vez disuelto el Estado no quedan más que individuos, ya sea como gobernantes o como particulares. Esta teoría es inaceptable ya que sería imposible explicar la subsistencia y continuidad de las obligaciones de un Estado a pesar de toda modificación en la persona de sus gobernantes.

Las clases sociales de Korovine: al producirse la disolución del Estado, surge la clase dominante como sujeto real de los derechos y obligaciones internacionales. Según esta teoría la verdadera deudora era la clase de banqueros y adinerados, clase dominante la cual al desaparecer, hace desaparecer la obligación de pagar las deudas. Esta es una doctrina política, que fue repudiada más tarde debido a la forma de fortalecimiento llevada a cabo por la URSS.

Las nacionalidades de Manzini: también esta es una doctrina de base política, tendiente al proceso de unificación y reconstrucción de la nación italiana. Afirma que los verdaderos sujetos de derecho internacional serían las nacionalidades, es decir, las comunidades de población homogénea, en virtud de su origen, raza, idioma, tradición histórica. Como crítica puede decirse que la realidad internacional demuestra la existencia de Estados que no corresponden una unidad sino que son una pluralidad de nacionalidades; por ejemplo Yugoslavia. El sujeto propiamente dicho del orden jurídico internacional es el Estado, definido en la Convención Panamericana de Montevideo en 1933, por cuatro elementos:

1. Población;

2. Territorio determinado;

3. Gobierno, y

4. Capacidad de entrar en relación con otros Estados.

Teniendo dichos elementos se constituye un Estado aunque no sea reconocido por la comunidad internacional. Tratándose de Estados Federales, existe una sola persona de Derecho Internacional responsable por los actos y omisiones de todos los Estados miembros, que es el Estado Federal. La posibilidad de celebrar acuerdos internacionales la tiene el Estado Federal.

Los Estados

Concepción: Jurídico-Internacional:

Es una forma de asociación permanente de seres humanos de naturaleza institucional, con asiento en un territorio determinado, considerado como propio, dotado de un poder político organizado y centralizado, y titular de deberes y derechos jurídico-internacionales.

Significación política y real:

Se dice que el estado, es una asociación permanente de seres humanos de índole institucional que en el estado actual de la sociedad internacional tiene, sustantivamente, carácter clasista. Es decir, que constituye el poder exclusivo de ejercicio de la violencia opresora por parte de la clase social dominante, que es propietaria de los instrumentos de producción, mediante una elite política y sociocultural.

Características del Estado como Sujeto de Derecho.

Es territorial; en el sentido de que no puede existir sin un territorio que le sirva de asiento y de ámbito material donde ejerza con exclusividad, sus poderes jurídicos y políticos.

Es institucional; en el sentido de que no constituye un simple agregado inorgánico y circunstancial de seres humanos con fines u propósitos particulares y accidentales, sino una asociación histórica y permanente de seres humanos políticamente organizados que persiguen determinados fines o propósitos generales.

Es permanente; en el sentido de que constituye el producto de un conjunto de seres humanos organizados conscientemente, con perspectiva de duración indefinida.

Es real y efectiva; cuando actúa sin mediaciones como vocero legítimo de la voluntad popular.

Con capacidad jurídica o de goce; porque es el único sujeto de Derecho Internacional Público titular de todos los derechos y deberes jurídico-internacionales posibles.

Es activo; en el sentido de que no es solo destinatario de las normas jurídicas internacionales sino creador constante de normas de Derecho Internacional Público.

Tipología de los Estados:

Según los fines del Derecho Internacional Público, los Estados pueden ser clasificados con diversos

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