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EL RECURSO DE TERCERIA Y REVICION CIVIL


Enviado por   •  15 de Septiembre de 2014  •  1.133 Palabras (5 Páginas)  •  543 Visitas

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El recurso de Tercería y de Revisión Civil.

6.1. Qué es la tercería.

La doctrina lo define como un recurso extraordinario de la siguiente manera, es una vía a vierta a todos los terceros cuando son lesionados o están amenazados de un perjuicio por el efecto de uan sentencia en cual ellos no han sido parte.

Art. 474.Una parte perjudicada en sus derechos por una sentencia, en la que ni ella ni las personas que ella represente, hayan sido citadas, puede deducir tercería contra dicha sentencia.

La Tercería Judicial es el proceso instado por una persona que no es parte en otro proceso contra quienes actúan en este último, alegando que tiene el dominio de los bienes que se han embargado u ostenta un mejor derecho a cobrar con el importe de su venta.

6.2. Fundamento de este recurso.

Tiene como fundamento el principio jurídico según el cual ninguna persona puede ser condenada sin antes ser oída o que se le considera legalmente en retardo de establecer sus medios de defensa.

6.3. Quienes pueden intentar el recurso de tercería.

Una parte perjudicada en sus derechos por una sentencia, en la que ni ella, ni la persona que ella representa ha sido citada, para deducir tercería contra dicha sentencia.

Para poder deducir la sentencia según el lenguaje del código se necesita las condiciones siguientes:

• Experimentar un perjuicio o estar amenazado de uno

• No haber sido parte de la instancia, pues cuando ha sido parte la vía de tercería esta cerrada.

• No Haber sido representado en la instancia, salvo el caso de fraude, basta justificar el interés, para interponer la tercería, cuando no se ha sido parte ni tampoco se ha estado representado.

6.4. Decisiones contra las cuáles procede la tercería.

6.5. Plazo para interponer la tercería.

La ley no ha fijado ningún caso dentro del cual se debe de interponer la tercería, por lo tanto el recurso se puede interponer dentro del plazo de la más larga prescripción, que ha sido reducido a veinte años en nuestro país.

6.6. La tercería principal e incidental.

Desde el punto de vista de la forma la tercería puede ser principal o incidental.

Es principal cuando se lleva fuera de todo proceso y es incidental cuando es incoada en el curso de un proceso ya establecido entre las partes y en ocasión de una sentencia opuesta por una parte u otra.

Tercería Principal:

Cuando la tercería es principal ella es una vía de retractación por que de ella conocerá el mismo tribunal que el rendido la sentencia impugnada por la tercería.

Tercería Incidental:

Cuando la tercería es incidental esta puede ser tanto como vía de retractación como vía de deformación.

Es una vía de retractación por que el tribunal que esta apoderado del proceso aun en curso es inferior es inferior a la jurisdicción que ha rendido al decisión atacada. Al contrario es una vía de deformación cuando la jurisdicción que conoce del proceso aun en el curso es igual o superior a aquella que ha rendido la decisión atacada y siendo de igual grado, ninguna regla de competencia de orden público se opone a ella.

6.7. Los efectos de la tercería.

Sus efectos dependerán de si se acoge o no se acoge:

El recurso de Tercería puede desestimarse y la sentencia impugnada puede sufrir todos los efectos normales en relación a terceros impugnante.

Tercería Acogida: Limitaciones de sus efectos:

Cuando

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